MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 268/2016

Bs. As., 16/06/2016

VISTO el Expediente N° 2290/99 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.587, N° 24.557, N° 26.773 las Resoluciones S.R.T. N° 70 de fecha 01 de octubre de 1997, N° 62 de fecha 28 de febrero de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.557 establece como objetivos del Sistema de Riesgos del Trabajo la reducción de la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos y la reparación de los daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Que el cumplimiento de los objetivos mencionados en el considerando anterior impone, entre otros aspectos, la necesidad de informar a los actores involucrados, cuáles son sus derechos y cuáles sus obligaciones en el marco del Sistema de Riesgos del Trabajo.

Que mediante la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 70 de fecha 01 de octubre de 1997, se estableció como obligación de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.), la provisión, en forma gratuita, de afiches informativos a todos sus empleadores afiliados, cuyo prototipo, como Anexo, integra dicha resolución.

Que la experiencia adquirida y la continua evolución normativa del Sistema, ha determinado a la Gerencia de Comunicación y Relaciones Institucionales a impulsar la modificación del Anexo de la Resolución S.R.T. N° 70/97, a los fines de innovar el contenido informativo de los afiches aludidos en los considerandos precedentes.

Que en consecuencia, corresponde abrogar la Resolución S.R.T. N° 62 de fecha 28 de febrero de 2002, mediante la cual se realizó la última modificación al Anexo de la Resolución S.R.T. N° 70/97.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha intervenido en el área de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 36 y 38 de la Ley N° 24.557.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Aprobar el texto prototipo del afiche informativo —Resolución SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 70 de fecha 01 de octubre de 1997—, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — Establécese que el nuevo texto prototipo del afiche informativo Resolución S.R.T. N° 70/97, deberá implementarse una vez agotadas las existencias del modelo actualmente en uso.

ARTÍCULO 3° — Abróguese la Resolución S.R.T. N° 62 de fecha 28 de febrero de 2002.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cdor. GUSTAVO D. MORÓN, Superintendente de Riesgos del Trabajo.

ANEXO

CONOCÉ TUS DERECHOS Y OBLIGACIONES

Si sufrís un accidente, debés:

Hablar con tu empleador, con tu A.R.T. o dirigirte a un Centro Médico Habilitado para solicitar atención médica.

Tenés que recibir de la A.R.T. todas las prestaciones que correspondan: asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación, recalificación profesional y prestaciones dinerarias.

TRABAJADOR

Recordá tus derechos y obligaciones

Recibir, hasta tu curación completa o mientras no te sientas bien: Asistencia Médica y Farmacéutica, Prótesis, Ortopedia y Rehabilitación.
Participar en actividades de capacitación y formación sobre salud y seguridad en el trabajo. Denunciar ante tu empleador o A.R.T. los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran en tu lugar de trabajo.

Comunicar a tu empleador o a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) cualquier hecho de riesgo relacionado con tu puesto de trabajo o establecimiento. Cumplir con la realización de los exámenes médicos en salud.

Utilizar correctamente los elementos de protección personal provistos por tu empleador. Suspender las tareas en caso de riesgo grave e inminente.

EMPLEADOR

Recordá tus derechos y obligaciones

Realizar los exámenes médicos preocupacionales y por cambio de actividad e informar los resultados de los mismos al trabajador y a la A.R.T.

Solicitar la atención médica inmediata en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Informar a tus trabajadores la A.R.T. a la que están afiliados.

Proveer a tus empleados de los elementos de protección personal e informarlos y capacitarlos en prevención de riesgos del trabajo.

Denunciar ante la A.R.T. los accidentes o enfermedades vinculados al trabajo que ocurren en tu establecimiento.

Notificar a la A.R.T. la incorporación de nuevo personal.

Cumplir con las normas de salud y seguridad en el trabajo.

Su A.R.T. es: (logo A.R.T.)

Emergencias: (0800-A.R.T.)

consultas e informes 0800-666-6778

Superintendencia de Riesgos del Trabajo

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Presidencia de la Nación

e. 24/06/2016 N° 43199/16 v. 24/06/2016