MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución 431/2016
Bs. As., 21/06/2016
VISTO el Expediente N° S04:0029116/2016 del registro de este
Ministerio, el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios, en especial el Decreto N° 12 del 5 de
enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 12/16 se modificó el organigrama de la
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL correspondiente a este Ministerio,
elevando al rango de Secretaría a la entonces SUBSECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA.
Que una de las finalidades del Gobierno Nacional, en concordancia con
el propósito de “afianzar la justicia” enunciado en el Preámbulo de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL, es consolidar un sistema institucional que
brinde respuestas eficaces a las crecientes demandas de la población
respecto a la salvaguarda del valor justicia y la construcción de
confianza en el otro.
Que en este sentido el Estado debe asegurar mecanismos institucionales
de resolución de conflictos mediante el ejercicio de su función
jurisdiccional, fortaleciendo el sistema judicial con eje en el Poder
Judicial.
Que, resulta necesario efectuar reformas que permitan tener una
justicia más cercana a la comunidad, independiente, con un
funcionamiento transparente, que rinda cuenta de su desempeño, y que
resuelva los conflictos que le lleguen con eficacia y rapidez.
Que para el logro de los objetivos descriptos, este Ministerio ha
creado el Programa “JUSTICIA 2020” como un espacio de diálogo
institucional y ciudadano que busca construir una justicia cercana,
moderna, transparente e independiente; que tiene por objetivo la
elaboración, implementación y evaluación de políticas para construir,
junto a la sociedad, una justicia que genere resultados socialmente
relevantes y permita la solución de los conflictos en forma rápida y
confiable.
Que, otra manera de cumplir con el mandato constitucional es proponer a
los ciudadanos que tomen conciencia del protagonismo y responsabilidad
que les cabe en la protección del valor justicia, favoreciendo el
desarrollo de una sociedad más justa, equitativa y menos conflictiva.
Esta misma concepción amplia de la justicia permite al gobierno ofrecer
una serie de iniciativas de carácter social a ser implementadas por
funcionarios de diversas áreas y otros poderes del Estado, incluso en
conjunto con personas e instituciones del sector privado, y decir que
todas ellas apuntan al objetivo de afianzar la justicia.
Que ello requiere de un compromiso basado en el diálogo, el respeto, la
tolerancia, la búsqueda de consensos y, en especial, en el valor que
implica el cumplimiento de la ley.
Que, a tales efectos, se estima pertinente la creación del Programa
JUSTO VOS - que actuará en el ámbito de la SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN
ESTRATÉGICA de este Ministerio y en coordinación con el Programa
“JUSTICIA 2020” - que insta a la sociedad a la toma de conciencia sobre
su responsabilidad en cuanto a ejercer actos de justicia y en la
observancia de la ley en su vida cotidiana, a la vez que gestiona una
serie de acciones de justicia de carácter no judicial.
Que JUSTO VOS se constituye como una propuesta de enlace y coordinación
de diversas iniciativas del Ministerio y de integración con otras áreas
del Estado —nacional y local—, de la sociedad civil y de la ciudadanía,
que funcione de manera transversal a diferentes organismos, y tenga
como objetivo articular diversas medidas y acciones que tiendan a
consolidar el valor Justicia como un activo social que implica, convoca
y compromete a todos los ciudadanos.
Que, este Ministerio ha creado a su vez el PROGRAMA DE JUSTICIA ABIERTA
y el PROGRAMA DE CALIDAD —en la órbita de la SECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA— que brindan apoyo y asistencia técnica en el
marco del Programa “JUSTICIA 2020”.
Que esta propuesta también se configura como una iniciativa comprendida
en el Programa “JUSTICIA 2020”, que incorporará proyectos y
actividades, y promoverá la participación de otras áreas de gobierno,
de la sociedad civil y de la propia ciudadanía.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas al
suscripto por los artículos 4°, inciso b), apartado 9 y 22, incisos 2 y
4 de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Créase el Programa “JUSTO VOS”, que funcionará en la
órbita de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA de este Ministerio.
ARTÍCULO 2° — El Programa “JUSTO VOS” tendrá como objetivos:
a) Coordinar acciones e iniciativas tendientes a proponer a la sociedad
y consolidar —mediante la articulación efectiva de actividades—, una
noción amplia y abarcativa del concepto de Justicia, entendiéndolo como
un valor compartido, fundamental en la construcción de una sociedad
enfocada al bien común, basada en la confianza y que involucra e
interpela a cada habitante como partícipe indispensable.
b) Apoyar y asistir al Programa “JUSTICIA 2020”.
c) Articular las distintas iniciativas con los funcionarios responsables para lograr dichos objetivos.
d) Diseñar y proponer a las áreas competentes planes de trabajo e iniciativas.
ARTÍCULO 3° — El Programa “JUSTO VOS” tendrá como acciones:
a) Proponer y coordinar la ejecución de un plan de trabajo que se presentará al Programa “JUSTICIA 2020”.
b) Proponer la celebración de convenios con organismos públicos y/o
privados así como con organizaciones de la sociedad civil para
contribuir al desarrollo de los objetivos del Programa, pudiendo
suscribirlos en representación del Ministerio.
c) Proponer y desarrollar actividades académicas, seminarios y otros
encuentros en los temas de su competencia, con visión federal,
procurando su difusión en el interior del país.
d) Promover estudios, investigaciones y diagnósticos.
e) Coordinar las relaciones del Ministerio con organizaciones
nacionales, gubernamentales y no gubernamentales, así como
instituciones privadas, universidades y otros ámbitos académicos y de
la sociedad civil en los temas de su competencia y articular con ellos
sus acciones.
ARTÍCULO 4° — El Secretario de Planificación Estratégica designará al o
a los coordinadores del Programa JUSTO VOS, quien/es se desempeñará/n
en ese rol de manera “ad honorem”.
ARTÍCULO 5° — El Secretario de Planificación Estratégica elevará al
suscripto, previa coordinación con el Secretario de Justicia, un plan
de trabajo en el que se detallen las actividades e iniciativas a ser
incorporadas dentro del Programa, distinguiéndose entre ellas:
a) Las que correspondan a actividades de la propia Secretaría de Planificación Estratégica.
b) Las que correspondan o dependan de otras áreas del Ministerio. En
ese caso, el rol del programa consistirá exclusivamente en articular
dichas iniciativas de manera transversal dentro del Ministerio con el
objeto de potenciarlas en su interacción con otros organismos estatales
y la sociedad civil, colaborando con su difusión y orientación hacia
los objetivos señalados en el artículo 2°. Dichas acciones continuarán
siendo responsabilidad de las áreas que las desarrollan y sus titulares
deberán coordinar y trabajar de modo proactivo con el Programa JUSTO
VOS, atendiendo a los objetivos trazados en el artículo 2°.
c) Las que correspondan a otros organismos del Estado Nacional, que
puedan ser referenciadas a efectos de coordinar su desarrollo con el
programa en el cumplimiento de sus objetivos.
d) Los que pertenezcan a la sociedad civil y puedan ser sumados a la iniciativa.
ARTÍCULO 6° — El Programa JUSTO VOS contará con un CONSEJO CONSULTIVO
que se integrará con representantes de la academia, de la sociedad
civil y de la ciudadanía, que serán nombrados por el Secretario de
Planificación Estratégica.
El Coordinador del Programa, tendrá como función también la de
coordinar, supervisar y apoyar las actividades del CONSEJO CONSULTIVO.
ARTÍCULO 7° — Son funciones del CONSEJO CONSULTIVO del Programa JUSTO VOS:
a) Sugerir tareas, iniciativas y actividades a ser incorporadas al Programa.
b) Sugerir y proponer contenidos teóricos para consolidar la iniciativa.
c) Asesorar al Secretario de Planificación Estratégica en la estrategia
a desarrollar para la consolidación y difusión de los objetivos del
Programa.
d) Identificar iniciativas de la ciudadanía, la academia y las
organizaciones no gubernamentales que puedan ser partícipes de Programa.
ARTÍCULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — GERMÁN C. GARAVANO, Ministro de
Justicia y Derechos Humanos.
e. 24/06/2016 N° 43999/16 v. 24/06/2016