MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 431/2016

Bs. As., 21/06/2016

VISTO el Expediente N° S04:0029116/2016 del registro de este Ministerio, el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, en especial el Decreto N° 12 del 5 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 12/16 se modificó el organigrama de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL correspondiente a este Ministerio, elevando al rango de Secretaría a la entonces SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA.

Que una de las finalidades del Gobierno Nacional, en concordancia con el propósito de “afianzar la justicia” enunciado en el Preámbulo de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, es consolidar un sistema institucional que brinde respuestas eficaces a las crecientes demandas de la población respecto a la salvaguarda del valor justicia y la construcción de confianza en el otro.

Que en este sentido el Estado debe asegurar mecanismos institucionales de resolución de conflictos mediante el ejercicio de su función jurisdiccional, fortaleciendo el sistema judicial con eje en el Poder Judicial.

Que, resulta necesario efectuar reformas que permitan tener una justicia más cercana a la comunidad, independiente, con un funcionamiento transparente, que rinda cuenta de su desempeño, y que resuelva los conflictos que le lleguen con eficacia y rapidez.

Que para el logro de los objetivos descriptos, este Ministerio ha creado el Programa “JUSTICIA 2020” como un espacio de diálogo institucional y ciudadano que busca construir una justicia cercana, moderna, transparente e independiente; que tiene por objetivo la elaboración, implementación y evaluación de políticas para construir, junto a la sociedad, una justicia que genere resultados socialmente relevantes y permita la solución de los conflictos en forma rápida y confiable.

Que, otra manera de cumplir con el mandato constitucional es proponer a los ciudadanos que tomen conciencia del protagonismo y responsabilidad que les cabe en la protección del valor justicia, favoreciendo el desarrollo de una sociedad más justa, equitativa y menos conflictiva. Esta misma concepción amplia de la justicia permite al gobierno ofrecer una serie de iniciativas de carácter social a ser implementadas por funcionarios de diversas áreas y otros poderes del Estado, incluso en conjunto con personas e instituciones del sector privado, y decir que todas ellas apuntan al objetivo de afianzar la justicia.

Que ello requiere de un compromiso basado en el diálogo, el respeto, la tolerancia, la búsqueda de consensos y, en especial, en el valor que implica el cumplimiento de la ley.

Que, a tales efectos, se estima pertinente la creación del Programa JUSTO VOS - que actuará en el ámbito de la SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA de este Ministerio y en coordinación con el Programa “JUSTICIA 2020” - que insta a la sociedad a la toma de conciencia sobre su responsabilidad en cuanto a ejercer actos de justicia y en la observancia de la ley en su vida cotidiana, a la vez que gestiona una serie de acciones de justicia de carácter no judicial.

Que JUSTO VOS se constituye como una propuesta de enlace y coordinación de diversas iniciativas del Ministerio y de integración con otras áreas del Estado —nacional y local—, de la sociedad civil y de la ciudadanía, que funcione de manera transversal a diferentes organismos, y tenga como objetivo articular diversas medidas y acciones que tiendan a consolidar el valor Justicia como un activo social que implica, convoca y compromete a todos los ciudadanos.

Que, este Ministerio ha creado a su vez el PROGRAMA DE JUSTICIA ABIERTA y el PROGRAMA DE CALIDAD —en la órbita de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA— que brindan apoyo y asistencia técnica en el marco del Programa “JUSTICIA 2020”.

Que esta propuesta también se configura como una iniciativa comprendida en el Programa “JUSTICIA 2020”, que incorporará proyectos y actividades, y promoverá la participación de otras áreas de gobierno, de la sociedad civil y de la propia ciudadanía.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto por los artículos 4°, inciso b), apartado 9 y 22, incisos 2 y 4 de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase el Programa “JUSTO VOS”, que funcionará en la órbita de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA de este Ministerio.

ARTÍCULO 2° — El Programa “JUSTO VOS” tendrá como objetivos:

a) Coordinar acciones e iniciativas tendientes a proponer a la sociedad y consolidar —mediante la articulación efectiva de actividades—, una noción amplia y abarcativa del concepto de Justicia, entendiéndolo como un valor compartido, fundamental en la construcción de una sociedad enfocada al bien común, basada en la confianza y que involucra e interpela a cada habitante como partícipe indispensable.

b) Apoyar y asistir al Programa “JUSTICIA 2020”.

c) Articular las distintas iniciativas con los funcionarios responsables para lograr dichos objetivos.

d) Diseñar y proponer a las áreas competentes planes de trabajo e iniciativas.

ARTÍCULO 3° — El Programa “JUSTO VOS” tendrá como acciones:

a) Proponer y coordinar la ejecución de un plan de trabajo que se presentará al Programa “JUSTICIA 2020”.

b) Proponer la celebración de convenios con organismos públicos y/o privados así como con organizaciones de la sociedad civil para contribuir al desarrollo de los objetivos del Programa, pudiendo suscribirlos en representación del Ministerio.

c) Proponer y desarrollar actividades académicas, seminarios y otros encuentros en los temas de su competencia, con visión federal, procurando su difusión en el interior del país.

d) Promover estudios, investigaciones y diagnósticos.

e) Coordinar las relaciones del Ministerio con organizaciones nacionales, gubernamentales y no gubernamentales, así como instituciones privadas, universidades y otros ámbitos académicos y de la sociedad civil en los temas de su competencia y articular con ellos sus acciones.

ARTÍCULO 4° — El Secretario de Planificación Estratégica designará al o a los coordinadores del Programa JUSTO VOS, quien/es se desempeñará/n en ese rol de manera “ad honorem”.

ARTÍCULO 5° — El Secretario de Planificación Estratégica elevará al suscripto, previa coordinación con el Secretario de Justicia, un plan de trabajo en el que se detallen las actividades e iniciativas a ser incorporadas dentro del Programa, distinguiéndose entre ellas:

a) Las que correspondan a actividades de la propia Secretaría de Planificación Estratégica.

b) Las que correspondan o dependan de otras áreas del Ministerio. En ese caso, el rol del programa consistirá exclusivamente en articular dichas iniciativas de manera transversal dentro del Ministerio con el objeto de potenciarlas en su interacción con otros organismos estatales y la sociedad civil, colaborando con su difusión y orientación hacia los objetivos señalados en el artículo 2°. Dichas acciones continuarán siendo responsabilidad de las áreas que las desarrollan y sus titulares deberán coordinar y trabajar de modo proactivo con el Programa JUSTO VOS, atendiendo a los objetivos trazados en el artículo 2°.

c) Las que correspondan a otros organismos del Estado Nacional, que puedan ser referenciadas a efectos de coordinar su desarrollo con el programa en el cumplimiento de sus objetivos.

d) Los que pertenezcan a la sociedad civil y puedan ser sumados a la iniciativa.

ARTÍCULO 6° — El Programa JUSTO VOS contará con un CONSEJO CONSULTIVO que se integrará con representantes de la academia, de la sociedad civil y de la ciudadanía, que serán nombrados por el Secretario de Planificación Estratégica.

El Coordinador del Programa, tendrá como función también la de coordinar, supervisar y apoyar las actividades del CONSEJO CONSULTIVO.

ARTÍCULO 7° — Son funciones del CONSEJO CONSULTIVO del Programa JUSTO VOS:

a) Sugerir tareas, iniciativas y actividades a ser incorporadas al Programa.

b) Sugerir y proponer contenidos teóricos para consolidar la iniciativa.

c) Asesorar al Secretario de Planificación Estratégica en la estrategia a desarrollar para la consolidación y difusión de los objetivos del Programa.

d) Identificar iniciativas de la ciudadanía, la academia y las organizaciones no gubernamentales que puedan ser partícipes de Programa.

ARTÍCULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — GERMÁN C. GARAVANO, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

e. 24/06/2016 N° 43999/16 v. 24/06/2016