INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 1219/2016

Bs. As., 16/06/2016

VISTO el Expediente N° 3821/2016/INCAA, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225 del 31 de agosto de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es el organismo encargado de fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.

Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) se halla la facultad del presidente del INCAA de auspiciar concursos y premios.

Que el Decreto N° 1225/2010 estableció la obligación del INCAA de promover y fomentar la producción de contenidos para televisión estableciéndose sus modalidades y alcances por medio de la actividad reglamentaria propia de este Organismo.

Que dentro del marco normativo, el organismo fijó como política de fomento la promoción de películas en capítulos destinadas a su televisación en los términos del artículo 73, inciso a), primera parte de la Ley N° 17.741 (t.o 2001) denominadas SERIES, priorizando el incremento del empleo argentino y la llegada a mayores audiencias.

Que a los fines mencionados, se considera conducente llamar a un Concurso el cual recibirá la denominación - CONCURSO PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES EN EL MARCO DEL REGIMEN DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL”.

Que resulta necesario el establecimiento de los requisitos y el procedimiento correspondientes a fin de hacer efectivo el trámite concursal.

Que por el presente acto resolutivo el INCAA llama a Concurso para la producción de OCHO (8) películas de ficción, animación, y docu/ficcion en capítulos destinadas a su televisación para Productoras con antecedentes de todo el país, en adelante LA SERIE.

Que con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de identidad nacional, provincial y regional se entiende oportuno afectar un presupuesto total como tope máximo de hasta PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 7.500.000.-) por premio correspondiente hasta el TREINTA POR CIENTO (30%) del costo total de la producción en relación al presupuesto total aprobado en concepto de reintegro del CIEN POR CIENTO (100%) de las cargas sociales y sindicales de técnicos y actores y hasta el CIEN POR CIENTO (100%) de los sueldos de personal técnico, que participen efectivamente de la producción de LA SERIE.

Que como parte integrante del premio, y con el fin de incrementar la difusión a mayores audiencias el INCAA cede los derechos para su explotación a los presentantes que resulten ganadores, reservándose los derechos no exclusivos de exhibición, para el canal de televisión del INCAA, su plataforma de video a demanda y en todos sus soportes o dispositivos y otros medios públicos a partir de los CUATRO (4) años de la aprobación técnica de la obra o el plazo menor que se determine en el contrato respectivo.

Que asimismo, el INCAA se reserva el derecho de exhibición no exclusivo en muestras, festivales o cualquier otra actividad de difusión, dentro del país.

Que los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del Concurso firmarán un Contrato de Instrumentación de Premio con el INCAA obligándose al cumplimiento de todos los requerimientos que se explicitan en dicho contrato.

Que la Gerencia de Producción de Contenidos y la Gerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES han tomado la intervención que les compete.

Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo con las facultades otorgadas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225/10 y el Decreto N° 302/16.

Que el Vicepresidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en ausencia del Presidente del mismo, se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Llámese a Productoras, con los antecedentes establecidos en las bases del CONCURSO PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES EN EL MARCO DEL REGIMEN DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL en el período comprendido entre los días 23 de Junio de 2016 y 4 de agosto de 2016 el cual consta de OCHO (8) películas de ficción, animación o docu-ficción en capítulos, destinadas a su televisación, en adelante “LA SERIE”, en el marco del Régimen de Promoción Industrial del INCAA (Resolución N° 1330/2012/INCAA) a realizarse íntegramente con fondos privados, recibiendo la Productora hasta un 30% del presupuesto total aprobado con un tope de hasta PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 7.500.000.-) en concepto de el CIEN POR CIENTO (100%) de las cargas sociales y sindicales de técnicos y actores y hasta el CIEN POR CIENTO (100%) de los sueldos de personal técnico; que participen efectivamente de la producción de LA SERIE.

ARTÍCULO 2° — Apruébense las BASES que como Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX forman parte integrante de la presente Resolución. Dichas bases serán publicadas junto al formulario electrónico de pre-inscripción en el sitio web del INCAA - http://www.incaa.gob.ar/.

ARTÍCULO 3° — La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de lo establecido en las Bases y Condiciones del mismo.

ARTÍCULO 4° — Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de DOS (2) días en la Primera Sección.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — RALPH HAIEK, Vicepresidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 23/06/2016 N° 43487/16 v. 24/06/2016