MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Decisión Administrativa 625/2016
Desígnase Director Nacional Técnico y Administrativo.
Bs. As., 27/06/2016
VISTO el Expediente N° S05:0021060/2016 del Registro del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, el Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley N° 27.198, los Decretos
Nros. 1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por sus similares
Nros. 237 del 26 de marzo de 2009, 825 del 10 de junio de 2010 y 354
del 4 de abril de 2013 y 227 del 20 de enero de 2016, el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS
del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el
Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, la Resolución Conjunta Nº 89 y
Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la
citada ex-Secretaría y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada
por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del citado Servicio
Nacional, organismo descentralizado en la órbita del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de la entonces
SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, respectivamente, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7º del Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley N° 27.198 se
estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a
la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a
dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Que el Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016 dispuso, entre otros
aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la
Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en
cargos de jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos
de la dotación de su planta permanente y transitoria será efectuada por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción
o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, se homologó el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
PRODUCCIÓN.
Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por
sus similares Nros. 237 del 26 de marzo de 2009, 825 del 10 de junio de
2010 y 354 del 4 de abril de 2013, se aprobó la estructura organizativa
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que en virtud de encontrarse vacante el cargo de Director Nacional
Técnico y Administrativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO
DE AGROINDUSTRIA, el referido Servicio Nacional considera
imprescindible su cobertura.
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de
selección previsto por la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de
febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la
ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente,
modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del
citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita del
entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de la entonces
SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los Artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la
Ley N° 27.198 y 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º — Desígnase
transitoriamente a partir del 14 de mayo de 2016 y por el plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la
presente medida, como Director Nacional Técnico y Administrativo del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, en UN (1)
cargo, Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Tramo
General, Grado 13, Función Directiva I, al Contador Público D. Marcelo
Fabián GÜETTA (M.I. N° 18.128.092), autorizándose el pago de la
referida Función Directiva prevista en el Título IV, Capítulo I,
Artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
Personal del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS
del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el
Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, con carácter de excepción a lo
dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27.198.
ARTÍCULO 2º — El cargo
involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección
previsto por la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de
2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su
similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del citado Servicio
Nacional, organismo descentralizado en la órbita del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de la entonces
SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3° — El gasto que
demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a
las partidas específicas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO
DE AGROINDUSTRIA, para el ejercicio vigente a la fecha de la presente
decisión administrativa.
ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Ricardo Buryaile.