Resolución 225/2016
Bs. As., 01/06/2016
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-SEG 0002865/2016 del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008
y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público
(SI.N.E.P.), el Decreto N° 2068 del 22 de diciembre de 2010, el Decreto
N° 15 del 5 de enero de 2016, las Decisiones Administrativas N° 61 del
15 de febrero de 2016 y N° 421 del 5 de mayo de 2016; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 15/2016 se aprobó la conformación organizativa
del MINISTERIO DE SEGURIDAD y se transfirió la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO, ANÁLISIS TÉCNICO Y CONTROL DEL USO DE PRECURSORES QUÍMICOS y
sus unidades organizativas dependientes, y la COORDINACIÓN DE ASUNTOS
REGISTRALES desde la órbita de la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA
PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD,
comprendiendo sus acciones, créditos presupuestarios, bienes y
dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de
revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098/2008;
habiéndose incorporado en este organismo a la estructura organizativa
de la SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO, dependiente de la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD, mediante la Decisión Administrativa N° 61/2016.
Que por la Decisión Administrativa N° 421/2016 se aprobó la estructura
organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD y se
autorizó a su titular a aprobar las aperturas de nivel inferior, con un
máximo de CINCUENTA Y UN (51) Direcciones y CINCUENTA Y CINCO (55)
Coordinaciones del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.),
aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL
homologado por el Decreto N° 2098/2008, y modificatorios.
Que a fin de aumentar la capacidad de respuesta del Ministerio a las
demandas que la sociedad produce, resulta menester aprobar la
estructura inferior al primer nivel operativo de la UNIDAD MINISTRO y
de las Secretarías Ministeriales de esta Jurisdicción.
Que, asimismo, resulta necesario incorporar, homologar, ratificar y
derogar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE SEGURIDAD, en
el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1545/94 y el artículo 4°
de la Decisión Administrativa N° 421 del 5 de mayo de 2016.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel
operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD, de conformidad con el
Organigrama y las Acciones que, como Anexos I a, I b, I c, I d, I e, I
f y II, forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2° — Apruébanse, las Coordinaciones que se detallan, de
acuerdo al “Listado” y “Acciones” que como Anexos III y IV forman parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3° — Incorpóranse, homológanse, ratifícanse y deróganse en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al
MINISTERIO DE SEGURIDAD, según el detalle obrante en Planillas Anexas
al presente Artículo, que forman parte integrante de esta medida.
ARTÍCULO 4° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas
por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las
acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles,
grados de revista previstas en el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.
ARTÍCULO 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida, será imputado con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 41 -
MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 6° — Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. PATRICIA BULLRICH, Ministra de
Seguridad.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 07/06/2016 N° 38578/16 v. 07/06/2016
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos-I y
Anexo-IIParte1, Anexo-IIParte2,
Anexo-III y Anexo-IVParte1, Anexo-IVParte2)
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")