Resolución 1242/2016
Bs. As., 28/06/2016
VISTO el Expediente N° 3821/2016/INCAA, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y
sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225 del 31 de
agosto de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es el organismo
encargado de fomento y regulación de la actividad cinematográfica en
todo el territorio de la República y en el exterior en cuanto se
refiere a la cinematografía nacional de acuerdo a las disposiciones de
la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741
(t.o. 2001) y sus modificatorias encuentra la facultad del presidente
del INCAA de auspiciar concursos y premios.
Que el Decreto N° 1225/2010 estableció la obligación del INCAA de
promover y fomentar la producción de contenidos para televisión
estableciéndose sus modalidades y alcances por medio de la actividad
reglamentaria propia de este Organismo.
Que dentro del marco normativo que lo regula, el INCAA fijó como
política de fomento la promoción de películas en capítulos destinadas a
su televisación en los términos del artículo 73, inciso a), primera
parte de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) denominadas SERIES, priorizando
el incremento del empleo argentino y la llegada a mayores audiencias.
Que en el marco de las políticas referidas en el párrafo precedente
resulte pertinente establecer ayudas para el desarrollo de proyectos de
SERIES en capítulos, destinadas a su difusión en plataformas digitales
y/o a su televisación.
Que a los fines mencionados, se considera conducente llamar a un
Concurso el cual recibirá la denominación “Concurso de Desarrollo de
los Proyectos de Series Web de Ficción y Animación”.
Que resulta necesario el establecimiento de los requisitos y el
procedimiento correspondientes a fin de hacer efectivo el trámite
concursal.
Que por el presente acto resolutivo el INCAA llama a Concurso para el
Desarrollo de Proyectos de VEINTICUATRO (24) películas de Ficción y
Animación en capítulos destinadas su exhibición en plataformas
digitales para Productoras y Realizadores de todo el país, denominadas
“SERIES”.
Que con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de
identidad nacional, provincial y regional se entiende oportuno afectar
un presupuesto total como tope máximo de hasta PESOS CUARENTA Y CINCO
MIL ($ 45.000.-). Del mencionado presupuesto el INCAA aportará hasta un
100% del mismo. El desarrollo de los PROYECTOS deberá realizarse en un
plazo máximo de NOVENTA (90) días corridos, a partir de la acreditación
total de la primera cuota que será abonada luego de la firma del
contrato.
Que como parte integrante del premio, y con el fin de incrementar la
posibilidad de obtener partes asociadas a sus proyectos, se habilitará
a los ganadores el acceso a rondas de negocios para comercialización
internacional, que serán organizadas y comunicadas por el INCAA.
Que los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del
Concurso firmarán un Contrato de Instrumentación de Premio con el INCAA
obligándose al cumplimiento de todos los requerimientos que se
explicitan en dicho contrato y de acuerdo a lo establecido en las bases
y condiciones de la presente resolución.
Que la Gerencia de Producción de Contenidos y la Gerencia de Asuntos
Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES han
tomado la intervención que les compete.
Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo con las
facultades otorgadas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus
modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225/10 y el Decreto N°
175/16.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Llámese a Productoras y Realizadores, a participar del
“Concurso de Desarrollo de los Proyectos Series Web de Ficción y
Animación” en el período comprendido entre los días 29 de Junio de 2016
y 1 de Agosto de 2016 el cual consta de VEINTICUATRO (24) películas de
ficción y animación en capítulos, destinadas a su difusión en
plataformas digitales para Productoras y Realizadores de todo el país,
con un presupuesto total de hasta PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($
45.000.-), del cual el INCAA aportará un CIEN POR CIENTO (100%) del
costo total aprobado, no excediendo la suma de los PESOS CUARENTA Y
CINCO MIL ($ 45.000), estableciendo que la conclusión de la obra
audiovisual deberá realizarse en un plazo máximo de NOVENTA (90) días
corridos a partir de la acreditación total de la primera cuota que será
abonada luego de la firma del contrato.
ARTÍCULO 2° — Apruébense las BASES que como Anexos I, II, III, IV, V,
VI, VII, VIII y IX forman parte integrante de la presente Resolución.
Dichas bases serán publicadas junto al formulario electrónico de
pre-inscripción en el sitio web del INCAA - http://www.incaa.gob.ar/
ARTÍCULO 3° — La participación en el presente concurso implica el
conocimiento y aceptación de lo establecido en las Bases y Condiciones
del mismo.
ARTÍCULO 4° — Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de UN (1) día en la Primera Sección.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALEJANDRO CACETTA,
Presidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
e. 29/06/2016 N° 45247/16 v. 29/06/2016