INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
Resolución 122/2016
Bs. As., 16/06/2016
VISTO el artículo 38 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, los
artículos 22, 32, 33, 36, 38, 39, 42 inciso d), 43 incisos a), b) y c),
45 de la Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058, la Resolución
CFCyE N° 261/06, las Resoluciones CFE N° 13/07, Resolución CFE 204/13,
la Resolución SSGECP N° 379/15 de la CABA y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 establece que la Educación
Técnico Profesional se rige por las disposiciones de la Ley N° 26.058.
Que, la Ley de Educación Técnico Profesional establece que el
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES a través del INSTITUTO NACIONAL DE
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA y con participación jurisdiccional, garantizará
el proceso de homologación para los diferentes títulos y/o
certificaciones profesionales.
Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES en acuerdo con el CONSEJO
FEDERAL DE EDUCACIÓN, ha establecido las políticas, los criterios y
parámetros para la homologación de los títulos y certificados de
Educación Técnico Profesional.
Que el proceso de homologación, como instrumento para la mejora
continua de la Educación Técnico Profesional, tiene como propósitos:
dar unidad nacional y organicidad a la misma, respetando la diversidad
federal de las propuestas formativas; garantizar el derecho de los
alumnos y egresados a que sus estudios sean reconocidos en cualquier
jurisdicción; promover la calidad, pertinencia y actualización
permanente de las ofertas formativas de Educación Técnico Profesional;
y facilitar el reconocimiento de los estudios de los egresados por los
respectivos Colegios, Consejos Profesionales, y organismos de control
del ejercicio profesional.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA en virtud de las
atribuciones que le otorga la Ley de Educación Técnico Profesional
administra el Proceso de Homologación de Títulos y Certificados de
Educación Técnico Profesional.
Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN de la CABA ha solicitado la homologación
en el orden nacional del Certificado de “Auxiliar en instalaciones
sanitarias y gas domiciliario” para lo cual ha presentado la
documentación del diseño curricular de la jurisdicción.
Que, oportunamente, las instituciones de Formación Profesional de la
jurisdicción en donde se implementa el trayecto formativo mencionado
fueron incorporadas al Registro Federal de Instituciones de Educación
Técnico Profesional y las mismas se encuadraron en la mejora continua
de la calidad según los requisitos y condiciones establecidos por la
regulación de la Ley de Educación Técnico Profesional.
Que en consecuencia el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA a
través del área específica de Formación Profesional ha elaborado el
correspondiente dictamen técnico en el que consta la evaluación
favorable del contenido de la documentación presentada, dada la
concordancia del Certificado y su correspondiente trayecto formativo
con el Marco de referencia para el proceso de homologación, aprobado
por Resolución CFE 204/13.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Homologar el Certificado “Auxiliar en instalaciones
sanitarias y gas domiciliario” aprobado por Resolución SSGECP N° 379/15
de la CABA, al Certificado de referencia “Auxiliar en Instalaciones
Sanitarias y de Gas Domiciliarias”, del Marco de referencia de la
Resolución CFE 204/13, en el período comprendido entre el ciclo lectivo
de la efectiva implementación del diseño curricular hasta la
finalización del ciclo lectivo 2018.
ARTÍCULO 2° — Enviar las actuaciones realizadas a la Dirección de
Validez Nacional de Títulos y Estudios del Ministerio de Educación en
virtud del ARTÍCULO 1° de la presente que habilita el trámite de
validez nacional del certificado según Resolución CFE Nro. 261/06.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Lic. GABRIEL SÁNCHEZ ZINNY,
Director Ejecutivo, Instituto Nacional de Educación Tecnológica,
Ministerio de Educación y Deportes.
e. 29/06/2016 N° 44355/16 v. 29/06/2016