FERIADOS
NACIONALES
Ley 27258
Decreto N° 1.584/2010. Modificación.
Sancionada: Junio 08 de 2016
Promulgada: Junio 09 de 2016
El Senado y Cámara de Diputados de la
Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1° — Modifícase el
decreto 1.584/2010 e incorpórase como feriado nacional y día no
laborable en todo el territorio de la Nación el 17 de junio de cada
año, en conmemoración al paso a la inmortalidad del General Don Martín
Miguel de Güemes.
ARTÍCULO 2° — El Poder
Ejecutivo de la Nación, a través de los organismos pertinentes,
desarrollará acciones de difusión tendientes a promover la reflexión
sobre la personalidad del prócer nacional Don Martín Miguel de Güemes y
su gesta en defensa de la libertad e independencia de la patria, por
medios adecuados y con la antelación y periodicidad suficientes.
ARTÍCULO 3° — La presente ley
entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese al
Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27258 —
MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. — Juan P.
Tunessi.