ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
Decreto 768/2016
Acta Acuerdo. Homologación.
Bs. As., 09/06/2016
VISTO el Expediente N° 1.721.164/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 11.672, Complementaria
Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N° 18.753, la Ley de
Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública
Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público
Nacional N° 25.164, la Ley N° 27.198, el Decreto N° 447 del 17 de marzo
de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27
de febrero de 2006, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por
el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, el Acta Acuerdo del 18
de mayo de 2016 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada Ley N° 24.185 se estableció el régimen aplicable
a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional
y sus empleados.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la referida ley, se
ha constituido la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de
2008.
Que, las partes, en el marco previsto por el artículo 6° de la Ley N°
24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447 del 17 de
marzo de 1993 y normas complementarias, arribaron a un acuerdo relativo
a la aprobación de la escala de unidades retributivas de las
Asignaciones Básicas de los Niveles Escalafonarios, en el ámbito de
aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal
del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el
Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, concretado a través del
Acta Acuerdo de fecha 18 de mayo de 2016.
Que en tal contexto se acordó sustituir la mencionada escala a partir
del 1° de junio de 2016, instituida en el artículo 80 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Nacional de
Empleo Público homologado por Decreto N° 2098/08, normas
complementarias y modificatorias, que se incorpora como Anexo a la
mencionada acta.
Que en consecuencia, se dispone que la Asignación Básica de Nivel se
compondrá en un TREINTA Y NUEVE POR CIENTO (39%) de la cantidad
establecida en concepto de sueldo y el SESENTA Y UNO POR CIENTO (61%)
restante por dedicación funcional.
Que se establece hasta el 31 de diciembre de 2018 la prórroga del
TÍTULO XIV - DE LAS NUEVAS CONVOCATORIAS A PROCESOS DE SELECCIÓN
AUTORIZADOS EN EL PERÍODO 2011-2014 y prorrogado al PERÍODO 2015-2016 y
2017-2018, sustituyéndose el artículo 134 del citado cuerpo legal.
Que el mencionado Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de
la Ley N° 24.185.
Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los
artículos 79, segundo párrafo y 80 inciso b) del Convenio Colectivo de
Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por
el Decreto N° 214/06.
Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público
ha emitido el correspondiente dictamen.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la
intervención prevista en los artículos 7°, 10 y concordantes de la Ley
N° 24.185.
Que en atención a las prescripciones del artículo 86 de la Ley N°
11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014),
tratándose de incrementos generados en acuerdo colectivo en el marco de
la Ley N° 24.185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos
que surgen de dicha norma y de la Ley N° 18.753, deben tenerse por
cumplidas las disposiciones del artículo 79 de la Ley N° 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) con la suscripción
del Acta Acuerdo de fecha 18 de mayo de 2016 que dispone su vigencia a
partir del 1° de junio de 2016.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de
los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley
N° 24.185.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Homológase el
Acta Acuerdo y Anexo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial para el personal del Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP) de fecha 18 de mayo de 2016.
Art. 2° — La vigencia de la
nueva escala de las Asignaciones Básicas de los Niveles Escalafonarios,
acordada en el Acta Acuerdo homologada por el presente, será a partir
del 1° de junio de 2016.
Art. 3° — La Asignación Básica
de Nivel se compondrá en un TREINTA Y NUEVE POR CIENTO (39%) de la
cantidad establecida en concepto de sueldo y el SESENTA Y UNO POR
CIENTO (61%) restante por dedicación funcional.
Art. 4° — Sustitúyese el
artículo 134 del Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 por el
siguiente: “ARTÍCULO 134: Las cláusulas previstas en el presente Título
sólo procederán para la cobertura de cargos vacantes cuya autorización
hubiese sido aprobada durante los ejercicios presupuestarios 2011 al
2014, prorrogada a los ejercicios presupuestarios 2015-2016 y
2017-2018, inclusive, que se convoquen en los términos del presente”.
Art. 5° — Facúltase a la
COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para
dictar las normas aclaratorias y complementarias que diera lugar la
aplicación del presente decreto.
Art. 6° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alberto J. Triaca.
ANEXO
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DEL EMPLEO PÚBLICO (SINEP)
ASIGNACIÓN BÁSICA DEL NIVEL ESCALAFONARIO
(Unidades Retributivas)
NIVEL ESCALAFONARIO |
SUELDO |
DEDICACION FUNCIONAL |
TOTAL |
A |
452 |
706 |
1.158 |
B |
316 |
492 |
808 |
C |
216 |
338 |
554 |
D |
188 |
293 |
481 |
E |
152 |
236 |
388 |
F |
146 |
228 |
374 |
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 18 días de mayo de 2016,
siendo las 10:30 horas en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, ante mí, Dra. Silvia SQUIRE Subsecretaria de Relaciones
Laborales, el Dr. Mauricio J. RIAFRECHA VILLAFAÑE en su calidad de
Presidente de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo
del Sectorial para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP) - Decreto N° 2098/08 y modificatorios, y el Lic. Eduardo
BERMUDEZ en su calidad de Presidente Alterno, asistidos por la Lic.
Mariela LIUNI. COMPARECEN: por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el
Señor SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DEL PRESUPUESTO NACIONAL. Lic.
Rodrigo PENA, D.N.I. N° 26.952.975 y el Lic. Marcelo ROMANO D.N.I. N°
24.492.710; por el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. el Señor SUBSECRETARIO
DE RELACIONES LABORALES Y FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL, Dr.
Carlos Alberto LELIO, D.N.I. N° 4.424.818, el Señor SECRETARIO DE
EMPLEO PÚBLICO, Ing. Pablo Martín LEGORBURU, D.N.I. N° 16.497.780, y la
Directora Nacional de Relaciones Laborales y Análisis Normativo, Dra.
Lucila María TABOADA, D.N.I. N° 23.469.762: por el MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Señor SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO de
la SECRETARIA DE HACIENDA Lic. Raúl RIGO, D.N.I. N° 18.448.841 y Dr.
Jorge CARUSO, D.N.I. N° 8.011.571, todos ellos por parte del Estado
Empleador, y por la Parte Gremial, los Sres. Omar AUTON D.N.I. N°
10.162.721, Karina TRIVISONNO D.N.I. N° 18.383.623 y Marta FARIAS,
D.N.I. N° 11.667.853, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL
DE LA NACION (UPCN), acompañados por el Sr. Hugo Julio SPAIRANI, DNI N°
11.040.902, en su calidad de asesor, y el Sr. Hugo GODOY, DNI N°
11.485.762, Flavio VERGARA D.N.I. N° 17.109.372 y Daniel CATALANO
D.N.I. N° 23.819.100 asistidos por la Dra. Mariana AMARTINO, DNI N°
27.242.269 en representación de la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO
(ATE).
Declarado abierto el acto por los funcionarios actuantes se cede la
palabra al Estado Empleador quien formula la siguiente propuesta:
PRIMERA:
Sustituir a partir del 1°/06/16, la escala de unidades retributivas de
Asignación Básica de nivel establecida en el artículo 80 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del Sistema Nacional de
Empleo Público homologado por Decreto N° 2.098/08, normativa
complementaria y modificatoria, por la que se incorpora como Anexo al
presenta Acta. En consecuencia se establece que la Asignación Básica de
nivel se compondrá en un TREINTA Y NUEVE PORCIENTO (39%) de la cantidad
establecida en concepto de sueldo y el SESENTA Y UNO PORCIENTO (61%)
restante por dedicación funcional.
SEGUNDA:
Establecer hasta el 31 de diciembre de 2018 la prórroga del TITULO XIV
- DE LAS NUEVAS CONVOCATORIOS A PROCESOS DE SELECCIÓN AUTORIZADOS EN EL
PERIODO 2011-2014 y prorrogado al PERIODO 2015-2016 y 2017-2018. El
referido TITULO comprende los artículos 128 a 134. En consecuencia se
sustituye el artículo 134 del SINEP por el siguiente:
“ARTICULO 134.- Las cláusulas previstas en el presente Titulo sólo
procederán para la cobertura de cargos vacantes cuya autorización
hubiese sido aprobada durante los ejercicios presupuestarios 2011 al
2014, prorrogada a los ejercicios presupuestarios 2015-2016 y
2017-2018, inclusive, que se convoquen en los términos del presente”.
Cedida la palabra a la representación sindical U.P.C.N., MANIFIESTA:
Que acepta de manera integral la propuesta del Estado Empleador.
Cedida la palabra a la representación sindical ATE, MANIFIESTA: Que no
aprueba la propuesta del Estado Empleador y solicita expresarse
mediante Acta Complementaria.
En este estado, la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que
conforme lo manifestado precedentemente por la representación sindical
y atento a que la mayoría se pronunció en favor de la aprobación de la
propuesta del Estado Empleador, conforme el artículo 4° de la Ley N°
24.185 y su Decreto reglamentario N° 447/93 así como la Resolución del
SsRL N° 42/98, se tiene por aprobada.
No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en
los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del
mismo ante los funcionarios actuantes que así lo CERTIFICAN.
ANEXO
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DEL EMPLEO PUBLICO (SINEP)
ASIGNACION BASICA DEL NIVEL ESCALAFONARIO
(Unidades Retributivas)
NIVEL ESCALAFONARIO |
SUELDO |
DEDICACIÓN FUNCIONAL |
TOTAL |
A |
452 |
706 |
1.158 |
B |
316 |
492 |
808 |
C |
216 |
338 |
554 |
D |
188 |
293 |
481 |
E |
152 |
236 |
388 |
F |
146 |
228 |
374 |