MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Resolución 780/2016

Bs. As., 13/06/2016

VISTO el Expediente N° S02;0061331/2016 del registro de este Ministerio, el Decreto N° 444 del 26 de marzo de 2012, la Resolución N° 763 del 1 de agosto de 2013 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Resolución N° 252 del 10 de marzo de 2015 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Resolución N° 1483 del 12 de agosto de 2015 del ex MINISTERIO DE INTERIOR Y TRANSPORTE, el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015 y el Decreto N° 212 del 22 de Diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 444/12 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo CAF a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES SEISCIENTOS MIL (U$S 13.600.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de Modernización Integral del Archivo General de la Nación”.

Que asimismo, por el artículo 4° del Decreto mencionado en el considerando anterior se designó a la Dirección General del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE INTERIOR del ex MINISTERIO DEL INTERIOR, como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Modernización Integral del Archivo General de la Nación”, quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mismo.

Que con fecha 23 de abril de 2012 se suscribió el Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), estableciéndose en la cláusula octava de dicho contrato que en forma previa a efectuarse el primer desembolso, debía constituirse la Unidad Coordinadora del Programa (UCP).

Que a los efectos de dar cumplimiento con lo previsto en la cláusula octava del Contrato de Préstamo aludido, mediante la Resolución N° 763/13 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se estableció en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN la UNIDAD COORDINADORA DEL “PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN” (UCPMIAGN).

Que asimismo, por el artículo 2° de la resolución citada en el considerando anterior se dispuso que la Unidad Ejecutora de Proyectos creada por la Resolución N° 744 del 29 de agosto de 2008 tenga a su cargo la gestión administrativa financiera del “Programa de Modernización Integral del Archivo General de la Nación”, bajo la supervisión de la UNIDAD COORDINADORA del mismo (UCPMIAGN).

Que por la Resolución N° 252/15 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se modificó la Resolución N° 763/13 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, disponiéndose que la UNIDAD COORDINADORA DEL “PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN” (UCPMIAGN) asumiera la gestión administrativa financiera del “Programa de Modernización integral del Archivo General de la Nación” a fin de centralizar la ejecución del mismo.

Que posteriormente, mediante la Resolución N° 1483/15 del ex MINISTERIO DE INTERIOR Y TRANSPORTE se modificó nuevamente la Resolución N° 763/13 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, estableciéndose que la Unidad Ejecutora Central (U.E.C.) de ese Ministerio tendría a su cargo la gestión administrativa financiera del “Programa de Modernización Integral del Archivo General de la Nación”, que comprende la atención de las cuestiones fiduciarias, esto es las relacionadas con los aspectos financieros y procedimientos de adquisición y contratación, ejecución de obras y monitoreo, de conformidad con los lineamientos establecidos por la DIRECCIÓN GENERAL del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE INTERIOR en su calidad de organismo ejecutor.

Que por otra parte, por el Decreto N° 13/15 en su artículo 5° se sustituyó el Título V de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, asignando las competencias en materia de obras públicas, hídricas y de vivienda a este Ministerio.

Que asimismo, por el artículo 6° del Decreto N° 212/15 se transfirió la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente entonces del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y las unidades organizativas existentes dentro su órbita a este Ministerio.

Que entre las competencias asignadas por el Decreto N° 212/15 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de este Ministerio, se encuentra la de entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en todas las materias relacionadas con obras públicas e hídricas y coordinar los planes, programas relativos a dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal que correspondan a la jurisdicción así como la de asistir en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en el marco de su competencia.

Que para el cumplimiento de las funciones descriptas en el considerando precedente, la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de este Ministerio cuenta con la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE), continuadora de la UNIDAD COORDINADORA DE PROYECTOS CON FINANCIACIÓN EXTERNA (U.C.P.F.E.), que fuera creada por la Resolución N° 165 del 21 de junio de 2000 del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) tiene entre sus objetivos los de intervenir en la formulación, gestión, supervisión, monitoreo y evaluación de los programas y proyectos con financiamiento de organismos multilaterales de crédito que se desarrollen en el ámbito de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de este Ministerio; así como realizar el control de la ejecución en aquellos programas y proyectos que se lleven a cabo en los organismos descentralizados dependientes de esa Secretaría.

Que el marco de lo expuesto, y a los fines de optimizar el cumplimiento de los objetivos del “Programa de Modernización Integral del Archivo General de la Nación”, garantizando un desarrollo más eficiente del mismo, resulta conveniente que la UNIDAD COORDINADORA DEL “PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN” (UCPMIAGN) tenga a su cargo la toma de decisiones respecto de los lineamientos a seguir para la modernización y desarrollo integral del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.

Que asimismo, y teniendo en cuenta que la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de este Ministerio posee los recursos necesarios para atender las responsabilidades asignadas al “Programa de Modernización Integral del Archivo General de la Nación”, se considera pertinente que la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) tenga a su cargo la gestión administrativa financiera del “Programa de Modernización Integral del Archivo General de la Nación”, por cuenta y orden de la UNIDAD COORDINADORA DEL “PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN” (UCPMIAGN) y de conformidad con los lineamientos establecidos por la DIRECCIÓN GENERAL del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por artículo 103 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el artículo 1° de la Resolución N° 763 del 1 de agosto de 2013 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1°.- Establécese que la UNIDAD COORDINADORA DEL “PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN” (UCPMIAGN) tendrá a su cargo la toma de decisiones respecto de los lineamientos a seguir para la modernización y desarrollo integral del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN del “Programa de Modernización Integral del Archivo General de la Nación”, en el marco de lo establecido en el Decreto N° 444 del 26 de marzo de 2012.”.

ARTÍCULO 2° — Sustitúyese el artículo 2° de la Resolución N° 763 del 1 de agosto de 2013 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 2°.- Establécese que la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIACIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, tendrá a su cargo la gestión administrativa financiera del “Programa de Modernización Integral del Archivo General de la Nación”, que comprende la atención de las cuestiones fiduciarias, esto es las relacionadas con los aspectos financieros y procedimientos de adquisición y contratación, ejecución de obras y monitoreo, por cuenta y orden de la UNIDAD COORDINADORA DEL “PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN” (UCPMIAGN) y de conformidad con los lineamientos establecidos por la DIRECCIÓN GENERAL del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA en su calidad de organismo ejecutor.”.

ARTÍCULO 3° — Transfiérase la partida presupuestaria del “Programa de Modernización Integral del Archivo General de la Nación”, a la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA,

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ROGELIO FRIGERIO, Ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda.

e. 21/06/2016 N° 41940/16 v. 21/06/2016