MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA
Resolución 106/2016
Energía Eléctrica de Fuentes
Renovables. Convocatoria Abierta. Prórroga.
Bs. As., 13/06/2016
VISTO
el Expediente N° S01:0196327/2016 del Registro del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, las Leyes Nros. 26.190 y 27.191, los Decretos Nros.
134 de fecha 16 de diciembre de 2015 y 531 de fecha 30 de marzo de 2016
y la Resolución N° 71 de fecha 17 de mayo de 2016 del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución
N° 71 de fecha 17 de mayo de 2016 de este MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA, se dispuso el inicio del Proceso de Convocatoria Abierta para
la contratación en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de energía
eléctrica de fuentes renovables de generación, denominado “Programa
RenovAr (Ronda 1)”, en orden al cumplimiento de los objetivos de
contribución de fuentes de energía renovable fijados al 31 de diciembre
de 2017, a través de los Artículos 2° de la Ley N° 26.190 y 8° de la
Ley N° 27.191.
Que se resolvió someter a Consulta Pública la
versión preliminar del Pliego de Bases y Condiciones de la Convocatoria
Abierta Nacional e Internacional para la Provisión de Energía Eléctrica
a partir de Fuentes Renovables en el Mercado Eléctrico Mayorista,
denominado “PREPLIEGO RenovAr (Ronda 1)”, que fuera remitido a la
COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA) para su publicación.
Que se estableció que el
ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED), cuyas funciones han sido
asignadas a CAMMESA mediante el Decreto N° 1.193 de fecha 17 de julio
de 1992, publicara, sin perjuicio de otros medios, la aludida
documentación por el término de VEINTE (20) días corridos (“Período de
Consulta Pública”), durante el cual los interesados en el proceso que
cumplieran con los requisitos establecidos en el Artículo 3° de la
señalada Resolución N° 71/2016, realizaran las observaciones o
sugerencias que entendieran útiles al cumplimiento de los objetivos de
interés público involucrados.
Que ante el vencimiento del
aludido Período de Consulta Pública, se estima necesario y conveniente
determinar su prórroga, en atención al interés que ha generado la
convocatoria en amplios sectores tanto nacionales como del exterior.
Que
las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto
por los Artículos 9° y 12 de la Ley N° 27.191, Artículos 35 y 36 de la
Ley N° 24.065, el Artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios (texto
ordenado por el Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus
modificaciones, y los Artículos 5° y 8°, del Anexo I, y 9° y 12 del
Anexo II del Decreto N° 531 de fecha 30 de marzo de 2016.
Por ello,
EL MINISTRO DE ENERGIA Y MINERIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° —
Prorrógase hasta el 1° de julio de 2016 el Período de Consulta Pública
de la versión preliminar del Pliego de Bases y Condiciones de la
Convocatoria Abierta Nacional e Internacional para la Provisión de
Energía Eléctrica a partir de Fuentes Renovables en el Mercado
Eléctrico Mayorista denominado “PREPLIEGO RenovAr (Ronda 1)”, iniciado
por Resolución N° 71 de fecha 17 de mayo de 2016 de este Ministerio.
ARTÍCULO 2° — Notifíquese la
presente a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO
SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).
ARTÍCULO 3° — Comuníquese,
publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan J. Aranguren.