MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Resolución 579/2016

Bs. As., 06/06/2016

VISTO el Expediente N° 5745/16 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); la Decisión Administrativa N° 495 del 18 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 495 de fecha 18 de mayo de 2016, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

Que, asimismo, por el artículo 3° de la citada norma, se facultó al titular del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a la establecida por la precitada Decisión Administrativa.

Que por tal motivo, resulta menester aprobar la Coordinación de Hospitales Universitarios dependiente de la Unidad Ministro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, emprendiéndose un proceso de reingeniería tendiente a la búsqueda de la optimización de la gestión en función de las competencias establecidas para la Jurisdicción.

Que, por otra parte, deviene menester incorporar la unidad de Coordinación de Hospitales Universitarios perteneciente al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, al Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.

Que, la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1545/94 y el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 495 del 18 de mayo de 2016.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase, en el ámbito de la Unidad Ministro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, la Coordinación de Hospitales Universitarios, cuyas Acciones se detallan en Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Incorpórase al Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo pertenecientes al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, según el detalle obrante en Planilla Anexa al presente artículo, que forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — ESTEBAN BULLRICH, Ministro de Educación y Deportes.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

UNIDAD MINISTRO

COORDINACIÓN DE HOSPITALES UNIVERSITARIOS

ACCIONES:

1. Producir informes concernientes a la administración de los Hospitales Universitarios, Hospital de Clínicas José de San Martín, Instituto de Oncología Ángel H. Roffo, Instituto de Investigaciones Médicas Alfredo Lanari, Hospital Odontológico Universitario e Instituto de Tisioneumonología Profesor Doctor Raúl F. Vacarezza, dependientes de la Universidad de Buenos Aires, Hospital Nacional de Clínicas y Hospital Universitario de Maternidad y Neonatología, dependientes de la Universidad Nacional de Córdoba, Hospital Universitario dependiente de la Universidad Nacional de Cuyo, y Hospital Escuela y de Clínicas Virgen María de Fátima, dependiente de la Universidad Nacional de La Rioja, en lo referente a los recursos humanos, operativos, contables, presupuestarios, legales y financieros.

2. Proponer al Ministro la celebración de Convenios bilaterales y multilaterales de Cooperación.

3. Realizar el monitoreo y seguimiento del programa asistencial, de docencia y de investigación.

4. Coordinar tareas de evaluación docente, con el fin de detectar necesidades y/o sugerencias que puedan contribuir a la mejora de la calidad educativa.

5. Efectuar el relevamiento y el seguimiento de las medidas de seguridad e higiene, realizando informes tendientes a prevenir o minimizar los riesgos derivados de las actividades propias de dichas instituciones.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°

(Nota Infoleg: las modificaciones en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

INCORPORACIÓN

UNIDAD ORGANIZATIVA NIVEL
UNIDAD MINISTRO
COORDINACIÓN DE HOSPITALES UNIVERSITARIOS IV

e. 13/06/2016 N° 39917/16 v. 13/06/2016