MINISTERIO
DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
Resolución 579/2016
Bs. As., 06/06/2016
VISTO
el Expediente N° 5745/16 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
DEPORTES, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal, del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP); la Decisión Administrativa N° 495 del 18 de mayo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que
por la Decisión Administrativa N° 495 de fecha 18 de mayo de 2016, se
aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.
Que, asimismo, por el
artículo 3° de la citada norma, se facultó al titular del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y DEPORTES, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de
nivel inferior a la establecida por la precitada Decisión
Administrativa.
Que por tal motivo, resulta menester aprobar la
Coordinación de Hospitales Universitarios dependiente de la Unidad
Ministro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, emprendiéndose un
proceso de reingeniería tendiente a la búsqueda de la optimización de
la gestión en función de las competencias establecidas para la
Jurisdicción.
Que, por otra parte, deviene menester incorporar
la unidad de Coordinación de Hospitales Universitarios perteneciente al
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, al Nomenclador de Funciones
Ejecutivas de dicha Jurisdicción.
Que, la SUBSECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
DEPORTES ha tomado la intervención de su competencia.
Que la
presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 17 del Decreto N° 1545/94 y el artículo 3° de la Decisión
Administrativa N° 495 del 18 de mayo de 2016.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
RESUELVE:
ARTÍCULO
1° — Apruébase, en el ámbito de la Unidad Ministro del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y DEPORTES, la Coordinación de Hospitales Universitarios,
cuyas Acciones se detallan en Planilla Anexa al presente artículo, que
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° —
Incorpórase al Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo
pertenecientes al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, según el detalle
obrante en Planilla Anexa al presente artículo, que forman parte
integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3° — El gasto que
demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las
partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente
ejercicio de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.
ARTÍCULO
4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — ESTEBAN BULLRICH, Ministro de Educación y
Deportes.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
UNIDAD MINISTRO
COORDINACIÓN DE HOSPITALES UNIVERSITARIOS
ACCIONES:
1.
Producir informes concernientes a la administración de los Hospitales
Universitarios, Hospital de Clínicas José de San Martín, Instituto de
Oncología Ángel H. Roffo, Instituto de Investigaciones Médicas Alfredo
Lanari, Hospital Odontológico Universitario e Instituto de
Tisioneumonología Profesor Doctor Raúl F. Vacarezza, dependientes de la
Universidad de Buenos Aires, Hospital Nacional de Clínicas y Hospital
Universitario de Maternidad y Neonatología, dependientes de la
Universidad Nacional de Córdoba, Hospital Universitario dependiente de
la Universidad Nacional de Cuyo, y Hospital Escuela y de Clínicas
Virgen María de Fátima, dependiente de la Universidad Nacional de La
Rioja, en lo referente a los recursos humanos, operativos, contables,
presupuestarios, legales y financieros.
2. Proponer al Ministro la celebración de Convenios bilaterales y
multilaterales de Cooperación.
3. Realizar el monitoreo y seguimiento del programa asistencial, de
docencia y de investigación.
4.
Coordinar tareas de evaluación docente, con el fin de detectar
necesidades y/o sugerencias que puedan contribuir a la mejora de la
calidad educativa.
5. Efectuar el relevamiento y el seguimiento
de las medidas de seguridad e higiene, realizando informes tendientes a
prevenir o minimizar los riesgos derivados de las actividades propias
de dichas instituciones.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°
(Nota Infoleg:
las modificaciones en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas que se
hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el
enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
INCORPORACIÓN
UNIDAD ORGANIZATIVA |
NIVEL |
UNIDAD MINISTRO |
|
COORDINACIÓN DE HOSPITALES UNIVERSITARIOS |
IV |
e. 13/06/2016 N° 39917/16 v. 13/06/2016