MINISTERIO
DE SEGURIDAD
Resolución 224/2016
Bs. As., 31/05/2016
VISTO
la Ley de Gendarmería Nacional N° 19.349 y sus modificaciones, la Ley
General de la Prefectura Naval Argentina N° 18.398 y sus
modificaciones, la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina
N° 21.965 y sus modificaciones y sus respectivas reglamentaciones, la
Ley de Seguridad Aeroportuaria N° 26.102 y los Decretos Nros. 836 de
fecha 19 de mayo de 2008, 1190 de fecha 4 de septiembre de 2009, 1307
del 31 de julio de 2012 y sus modificatorios, 853 y 854 del 28 de junio
de 2013, 2140 del 16 de diciembre de 2013, 813 del 30 de mayo de 2014 y
968 del 29 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que con el
propósito del Gobierno Nacional de reconocer y mantener una adecuada
jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y
dedicación que la correcta ejecución de la actividad de los integrantes
de las Fuerzas de Seguridad y Cuerpos Policiales requiere, resulta
necesario actualizar las escalas salariales vigentes.
Que, además, corresponde disponer otras medidas consecuentes con la
señalada precedentemente.
Que resulta necesario dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo
79 de la Ley N° 11.672 y sus modificatorias.
Que
la Dirección General de Presupuesto dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
LOGÍSTICA de este Ministerio, ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO
ha tomado la intervención que le corresponde.
Que
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la
intervención que le corresponde.
Que la presente medida se dicta
en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto
ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus
modificatorias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO
1° — Incrementase, a partir del 1° de junio de 2016, en un DOCE CON
SETENTA Y CINCO CENTÉSIMOS POR CIENTO (12,75 %), el Haber Mensual del
personal con estado militar de gendarme en actividad de la GENDARMERÍA
NACIONAL, el Haber Mensual del personal con estado policial en
actividad de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el Haber Mensual del
personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, y el Sueldo Básico del
personal policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
ARTÍCULO
2° — Incrementase, a partir del 1° de julio de 2016, en un OCHO CON
CINCUENTA CENTÉSIMOS POR CIENTO (8,50%), el Haber Mensual vigente al 30
de junio de 2016, del personal con estado militar de gendarme en
actividad de la GENDARMERÍA NACIONAL, el Haber Mensual vigente al 30 de
junio de 2016, del personal con estado policial en actividad de la
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el Haber Mensual vigente al 30 de junio de
2016, del personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, y el Sueldo Básico
vigente al 30 de junio de 2016, del personal policial de la POLICÍA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
ARTÍCULO 3° — Incrementase, a partir
del 1° de agosto de 2016, en un CATORCE CON CINCUENTA CENTÉSIMOS POR
CIENTO (14,50 %), el Haber Mensual vigente al 31 de julio de 2016, del
personal con estado militar de gendarme en actividad de la GENDARMERÍA
NACIONAL, el Haber Mensual vigente al 31 de julio de 2016, del personal
con estado policial en actividad de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el
Haber Mensual vigente al 31 de julio de 2016, del personal de la
POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, y el Sueldo Básico vigente al 31 de julio de
2016, del personal policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
ARTÍCULO
4° — Fíjase, a partir del 1° de junio de 2016, del 1° de julio de 2016,
y del 1° de agosto de 2016, respectivamente, para el Personal Civil de
la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, los importes correspondientes a
los Anexos 5, 6 y 7 del Anexo I del Decreto N° 1190/09, los que forman
parte del presente Decreto como Anexos I, II y III.
ARTÍCULO 5°
— Fíjase, a partir del 1° de junio de 2016, del 1° de julio de 2016 y
del 1° de agosto de 2016, los importes correspondientes al “complemento
por responsabilidad jerárquica” que perciben el Director Nacional y el
Subdirector Nacional de la GENDARMERÍA NACIONAL, el Prefecto Nacional
Naval y el Subprefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
y el Jefe y el Subjefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, según se
detalla en los Anexos IV, V y VI, respectivamente, que forman parte del
presente Decreto.
ARTÍCULO 6° — Fíjase, a partir del 1° de junio
de 2016, del 1° de julio de 2016 y del 1° de agosto de 2016,
respectivamente, para el Personal Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA, los importes correspondientes al Anexo 6 del Anexo A del
Decreto N° 836/08, los que forman parte del presente Decreto como
Anexos VII, VIII y IX.
ARTÍCULO 7° — El gasto que demande el
cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto será atendido con
los créditos correspondientes a las jurisdicciones respectivas del
Presupuesto General de la Administración Pública Nacional.
ARTÍCULO 8° — Elévese al PODER EJECUTIVO NACIONAL a sus efectos.
ARTÍCULO
9° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Dra. PATRICIA BULLRICH, Ministra de Seguridad.
ANEXO I
ANEXOS 5, 6 Y 7 DEL ANEXO I DEL DECRETO N° 1190/09 A PARTIR DEL 1° DE
JUNIO DE 2016
Anexo 5
Sueldo Básico y Suplemento por Grado del Personal Civil de la POLICÍA
DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (Montos en Pesos)
CUADRO |
0 |
1 |
2 |
3 |
4 |
A |
16.989,0 |
18.348,3 |
19.816,1 |
21.401,4 |
23.541,5 |
B |
12.092,9 |
13.181,3 |
14.367,6 |
15.660,6 |
17.383,3 |
C |
6.658,7 |
7.391,2 |
8.204,2 |
9.106,8 |
10.108,5 |
5 |
6 |
7 |
8 |
9 |
10 |
25.895,6 |
28.485,2 |
31.333,7 |
35.093,8 |
39.305,0 |
44.021,6 |
19.295,5 |
21.418,1 |
23.774,0 |
26.864,7 |
30.357,1 |
34.303,5 |
11.422,6 |
12.907,5 |
14.843,7 |
17.070,2 |
19.630,8 |
22.575,3 |
Anexo 6
Suplemento por Tarea Jerárquica del Personal Civil de la POLICÍA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA
TAREA JERÁRQUICA |
PESOS |
DIRECCIÓN GENERAL |
32.247,8 |
DIRECCIONES |
25.562,3 |
SUBDIRECCIONES |
20.449,8 |
Anexo 7
Viáticos del Personal Civil de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
ZONA |
PESOS |
NOROESTE ARGENTINO (Provincias
de JUJUY, SALTA, TUCUMÁN, CATAMARCA y LA RIOJA) |
1.068 |
NORESTE ARGENTINO (Provincias de
MISIONES, CORRIENTES, ENTRE RÍOS, FORMOSA Y CHACO) |
747 |
CUYO (Provincias de SAN JUAN,
MENDOZA y SAN LUIS) |
1.068 |
CENTRO (Provincias de CÓRDOBA,
SANTIAGO DEL ESTERO, SANTA FE y LA PAMPA) |
891 |
SUR (Provincias de NEUQUÉN, RÍO
NEGRO, CHUBUT, SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO) |
1.308 |
REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS
AIRES (Provincia de BUENOS AIRES, CIUDAD DE BUENOS AIRES) |
747 |
ANEXO II
ANEXOS 5, 6 Y 7 DEL ANEXO I DEL DECRETO N° 1190/09 A PARTIR DEL 1° DE
JULIO DE 2016
Anexo 5
Sueldo Básico y Suplemento por Grado del Personal Civil de la POLICÍA
DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (Montos en Pesos)
CUADRO |
0 |
1 |
2 |
3 |
4 |
A |
18.576,8 |
20.063,0 |
21.668,0 |
23.401,5 |
25.741,6 |
B |
13.223,1 |
14.413,2 |
15.710,4 |
17.124,2 |
19.007,9 |
C |
7.281,0 |
8.082,0 |
8.971,0 |
9.957,9 |
11.053,2 |
5 |
6 |
7 |
8 |
9 |
10 |
28.315,8 |
31.147,4 |
34.262,0 |
38.373,5 |
42.978,3 |
48.135,8 |
21.098,8 |
23.419,8 |
25.995,9 |
29.375,4 |
33.194,2 |
37.509,4 |
12.490,1 |
14.113,8 |
16.230,9 |
18.665,6 |
21.465,4 |
24.685,1 |
Anexo 6
Suplemento por Tarea Jerárquica del Personal Civil de la POLICÍA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA
TAREA JERÁRQUICA |
PESOS |
DIRECCIÓN GENERAL |
35.261,6 |
DIRECCIONES |
27.951,3 |
SUBDIRECCIONES |
22.361,0 |
Anexo 7
Viáticos del Personal Civil de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
ZONA |
PESOS |
NOROESTE ARGENTINO (Provincias de JUJUY, SALTA, TUCUMÁN,
CATAMARCA y LA RIOJA) |
1.168 |
NORESTE ARGENTINO (Provincias de MISIONES, CORRIENTES, ENTRE
RÍOS, FORMOSA Y CHACO) |
817 |
CUYO (Provincias de SAN JUAN, MENDOZA y SAN LUIS) |
1.168 |
CENTRO (Provincias de CÓRDOBA, SANTIAGO DEL ESTERO, SANTA FE
y LA PAMPA) |
975 |
SUR (Provincias de NEUQUÉN, RÍO NEGRO, CHUBUT, SANTA CRUZ y
TIERRA DEL FUEGO) |
1.430 |
REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES (Provincia de BUENOS
AIRES, CIUDAD DE BUENOS AIRES) |
817 |
ANEXO III
ANEXOS 5, 6 Y 7 DEL ANEXO I DEL DECRETO N° 1190/09 A PARTIR DEL 1 ° DE
AGOSTO DE 2016
Anexo 5
Sueldo Básico y Suplemento por Grado del Personal Civil de la POLICÍA
DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (Montos en Pesos)
CUADRO |
0 |
1 |
2 |
3 |
4 |
A |
20.799,7 |
22.463,7 |
24.260,8 |
26.201,7 |
28,821,8 |
B |
14.805,4 |
16.137,9 |
17.590,3 |
19.173,3 |
21.282,4 |
C |
8.152,3 |
9.049,1 |
10.044,4 |
11.149,4 |
12.375,8 |
5 |
6 |
7 |
8 |
9 |
10 |
31.704,0 |
34.874,4 |
38.361,8 |
42.965,2 |
48.121,0 |
53.895,6 |
23.623,5 |
26.222,1 |
29.106,5 |
32.890,4 |
37.166,1 |
41.997,7 |
13.984,6 |
15.802,7 |
18.173,1 |
20.899,1 |
24.033,9 |
27.638,9 |
Anexo 6
Suplemento por Tarea Jerárquica del Personal Civil de la POLICÍA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA
TAREA JERÁRQUICA |
PESOS |
DIRECCIÓN GENERAL |
39.480,9 |
DIRECCIONES |
31.295,9 |
SUBDIRECCIONES |
25.036,7 |
Anexo 7
Viáticos del Personal Civil de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
ZONA |
PESOS |
NOROESTE ARGENTINO (Provincias
de JUJUY, SALTA, TUCUMÁN, CATAMARCA y LA RIOJA) |
1.307 |
NORESTE ARGENTINO (Provincias de
MISIONES, CORRIENTES, ENTRE RÍOS, FORMOSA Y CHACO) |
914 |
CUYO (Provincias de SAN JUAN,
MENDOZA y SAN LUIS) |
1.307 |
CENTRO (Provincias de CÓRDOBA,
SANTIAGO DEL ESTERO, SANTA FE y LA PAMPA) |
1.091 |
SUR (Provincias de NEUQUÉN, RÍO
NEGRO, CHUBUT, SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO) |
1.601 |
REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS
AIRES (Provincia de BUENOS AIRES, CIUDAD DE BUENOS AIRES) |
914 |
ANEXO IV
COMPLEMENTOS POR RESPONSABILIDAD JERÁRQUICA A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE
2016
Cargo |
Pesos |
Director Nacional de la
GENDARMERÍA NACIONAL
Prefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA |
8.916,5 |
Subdirector Nacional de la
GENDARMERÍA NACIONAL
Subprefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Subjefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA |
8.042,8 |
ANEXO V
COMPLEMENTOS POR RESPONSABILIDAD JERÁRQUICA A PARTIR DEL 1° DE JULIO DE
2016
Cargo |
Pesos |
Director Nacional de la
GENDARMERÍA NACIONAL
Prefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA |
9.749,8 |
Subdirector Nacional de la
GENDARMERÍA NACIONAL
Subprefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Subjefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA |
8.794,4 |
ANEXO VI
COMPLEMENTOS POR RESPONSABILIDAD JERÁRQUICA A PARTIR DEL 1° DE AGOSTO
DE 2016
Cargo |
Pesos |
Director Nacional de la
GENDARMERÍA NACIONAL
Prefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA |
10.916,5 |
Subdirector Nacional de la
GENDARMERÍA NACIONAL
Subprefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Subjefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA |
9.846,7 |
ANEXO VII
ANEXO 6 DEL ANEXO A DEL DECRETO N° 836/08 A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE
2016
Viáticos del Personal Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
ZONA |
PESOS |
NOROESTE ARGENTINO (Provincias
de JUJUY, SALTA, TUCUMÁN, CATAMARCA y LA RIOJA) |
1.068 |
NORESTE ARGENTINO (Provincias de
MISIONES, CORRIENTES, ENTRE RÍOS, FORMOSA Y CHACO) |
747 |
CUYO (Provincias de SAN JUAN,
MENDOZA y SAN LUIS) |
1.068 |
CENTRO (Provincias de CÓRDOBA,
SANTIAGO DEL ESTERO, SANTA FE y LA PAMPA) |
891 |
SUR (Provincias de NEUQUÉN, RÍO
NEGRO, CHUBUT, SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO) |
1.308 |
REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS
AIRES (Provincia de BUENOS AIRES, CIUDAD DE BUENOS AIRES) |
747 |
ANEXO VIII
ANEXO 6 DEL ANEXO A DEL DECRETO N° 836/08 A PARTIR DEL 1° DE JULIO DE
2016
Viáticos del Personal Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
ZONA |
PESOS |
NOROESTE ARGENTINO (Provincias
de JUJUY, SALTA, TUCUMÁN, CATAMARCA y LA RIOJA) |
1.168 |
NORESTE ARGENTINO (Provincias de
MISIONES, CORRIENTES, ENTRE RÍOS, FORMOSA Y CHACO) |
817 |
CUYO (Provincias de SAN JUAN,
MENDOZA y SAN LUIS) |
1.168 |
CENTRO (Provincias de CÓRDOBA,
SANTIAGO DEL ESTERO, SANTA FE y LA PAMPA) |
975 |
SUR (Provincias de NEUQUÉN, RÍO
NEGRO, CHUBUT, SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO) |
1.430 |
REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS
AIRES (Provincia de BUENOS AIRES, CIUDAD DE BUENOS AIRES) |
817 |
ANEXO IX
ANEXO 6 DEL ANEXO A DEL DECRETO N° 836/08 A PARTIR DEL 1° DE AGOSTO DE
2016
Viáticos del Personal Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
ZONA |
PESOS |
NOROESTE ARGENTINO (Provincias
de JUJUY, SALTA, TUCUMÁN, CATAMARCA y LA RIOJA) |
1.307 |
NORESTE ARGENTINO (Provincias de
MISIONES, CORRIENTES, ENTRE RÍOS, FORMOSA Y CHACO) |
914 |
CUYO (Provincias de SAN JUAN,
MENDOZA y SAN LUIS) |
1.307 |
CENTRO (Provincias de CÓRDOBA,
SANTIAGO DEL ESTERO, SANTA FE y LA PAMPA) |
1.091 |
SUR (Provincias de NEUQUÉN, RÍO
NEGRO, CHUBUT, SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO) |
1.601 |
REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS
AIRES (Provincia de BUENOS AIRES, CIUDAD DE BUENOS AIRES) |
914 |
e. 13/06/2016 N° 40011/16 v. 13/06/2016