MINISTERIO DE SEGURIDADResolución 236/2016Bs. As., 07/06/2016
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-SEG: 0001413/2016 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, y
CONSIDERANDO:
Quela violencia con armas de fuego es una de las principales causas de
homicidios y lesiones graves en el país. De acuerdo a las estadísticas
disponibles, provenientes de fuentes académicas, al menos el CINCUENTA
Y UNO POR CIENTO (51%) de los homicidios en el país son cometidos con
armas de fuego.
Que de acuerdo a datos del año 2013 del Informe
“Seguridad Ciudadana con rostro humano: diagnóstico y propuestas para
América Latina”, del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, el
SESENTA POR CIENTO (60%) de los internos en la REPÚBLICA ARGENTINA
afirmaron haber llevado armas a la hora de cometer su delito, y de
ellos el TREINTA Y SIETE POR CIENTO (37%) dijo haberla usado. Asimismo,
el TREINTA Y SIETE COMA NUEVE POR CIENTO (37,9%) afirmó que el arma “se
la dio un amigo o un policía”.
Que la REPÚBLICA ARGENTINA posee
un mercado relativamente importante de armas de fuego y municiones,
siendo el tercer exportador de AMÉRICA LATINA, según fuentes
académicas, y que prácticamente la totalidad de las armas del mercado
ilegal pertenecieron alguna vez al mercado lícito.
Que el desvío
de armas del mercado legal hacia el ilegal constituye una seria amenaza
a la seguridad ciudadana, e intensifica la capacidad de actuar
violentamente de los grupos vinculados a la criminalidad organizada.
Que
una fuente importante de desvío de armas de fuego y municiones hacia el
mercado ilegal lo conforman los diferentes arsenales y depósitos de
armas de los organismos públicos, tales como las Fuerzas Policiales y
de Seguridad Federales, las Policías Provinciales, las Fuerzas Armadas
y los depósitos de armas judiciales.
Que por ende, resulta
necesario proveer las medidas necesarias a los fines de desincentivar
el desvío de armas y municiones en posesión de los organismos públicos
hacia el mercado ilegal, así como instrumentar herramientas para la
rápida detección de casos en los que las armas y/o municiones sean
desviadas.
Que el desarrollo de este tipo de mecanismos y
herramientas implica la actuación sobre dos etapas fundamentales del
ciclo de vida de las armas y municiones pertenecientes a las Fuerzas
Policiales y de Seguridad: su depósito —en salas de armas, arsenales y
cualquier otro tipo de edificación destinada al almacenaje de armas y
municiones— y su empleo por parte de funcionarios de las Fuerzas, tanto
durante los momentos en los que se encuentran en servicio como cuando
no.
Que en consecuencia, resulta fundamental la creación de un
Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y
Municiones, con el objetivo de diagnosticar el estado de situación de
los arsenales de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, así como de sus
sistemas de rastreo de armas y municiones, para desarrollar, en
consonancia con ello, medidas de control de armas, gestión de riesgo y
alerta temprana para minimizar el robo, desvío, pérdida y proliferación
de armas, partes de armas, explosivos y municiones de las Fuerzas
Policiales y de Seguridad, por medio de la elaboración de medidas de
tecnología, equipamiento, formación, capacitación, doctrina y
disciplina.
Que el Programa mencionado debe atacar a la
problemática del desvío de armas de manera integral, abarcando los
aspectos materiales e institucionales que afectan a la misma.
Que
en tal sentido, resulta fundamental en la lucha contra el desvío y
goteo de armas y municiones y en el marco del mentado programa,
elaborar un componente vinculado a la formación y la capacitación de
las Fuerzas Policiales y de Seguridad en materia de control de armas,
con el objetivo de crear un nivel de consciencia institucional sobre
las consecuencias del desvío de armas, e incentivar el control sobre
las mismas desde el sistema de seguridad.
Que un programa de
tales características propenderá también a incentivar a los miembros de
las Fuerzas Policiales y de Seguridad a efectuar un uso de la fuerza, y
en particular de las armas de fuego, de manera conforme a los
principios internacionales, en particular a los establecidos en el
“Código de Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la
ley”, establecido por la ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS
NACIONES UNIDAS (ONU) y contemplado en el artículo 22 de la Ley de
Seguridad Interior N° 24.059; y los “Principios Básicos sobre el Empleo
de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de
hacer cumplir la Ley”, adoptados por la ONU.
Que un objetivo
primordial del programa a ser desarrollado es el de proteger a los
miembros de las Fuerzas Policiales y de Seguridad que desarrollan su
labor de acuerdo a la normativa pertinente y a los estándares
adecuados, con la certidumbre de que deben crearse las condiciones
necesarias para que los agentes de las diferentes Fuerzas cuenten con
las garantías necesarias para actuar y desempeñarse profesionalmente.
Que
la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN de este Ministerio debe
ser el área encargada de gestionar el Programa en cuestión, dado que
cuenta con la experiencia necesaria en lo relativo al control del uso
de la fuerza con armas de fuego, en virtud de su actual coordinación
del Programa de Uso de la Fuerza y Empleo de Armas de Fuego y de sus
labores de planeamiento, y dada también la importancia de las
cuestiones de formación en el mencionado Programa.
Que el
Programa tendrá TRES (3) componentes principales: el vinculado a la
gestión de arsenales; el relacionado al desarrollo de mecanismos para
la identificación balística y el asociado a la exploración de
mecanismos tecnológicos para la trazabilidad.
Que la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que
la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 22 bis, apartado 5, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992), y
sus modificatorias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO
1° — Créase el “Programa Integral de Gestión de Arsenales y
Trazabilidad de Armas y Municiones” en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE
PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN de este Ministerio, que tendrá como objetivos
y acciones los que se detallan en el ANEXO I de la presente.
ARTÍCULO
2° — Créase la Coordinación del “Programa Integral de Gestión de
Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones”, cuyas misiones y
funciones se detallan en el ANEXO I de la presente, y asígnese la misma
en carácter ad honorem al Subsecretario de Planeamiento y Formación de
este Ministerio.
ARTÍCULO 3° — Créase la Subcoordinación Técnica
del “Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas
y Municiones”, cuyas misiones y funciones se detallan en el ANEXO I de
la presente, y asígnese la misma en carácter ad honórem al Director
Nacional de Planeamiento de este Ministerio.
ARTÍCULO 4° —
Créase el “Comité de Asesoramiento Técnico del Programa Integral de
Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones”, con la
composición y misiones que detallan en el ANEXO II de la presente.
ARTÍCULO
5° — Créase el “Comité de Asesoramiento en Identificación Balística del
Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y
Municiones”, con la composición y misiones que se detallan en el ANEXO
III de la presente.
ARTÍCULO 6° — Créase el “Comité de
Asesoramiento Científico-Tecnológico del Programa Integral de Gestión
de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones”, cuya la composición
y misiones será establecido mediante Disposición del Señor
Subsecretario de Planeamiento y Formación.
ARTÍCULO 7° —
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — Dra. PATRICIA BULLRICH, Ministra de Seguridad de
la Nación.
ANEXO I
PROGRAMA INTEGRAL DE GESTIÓN DE ARSENALES Y TRAZABILIDAD DE ARMAS Y MUNICIONES
1.- OBJETIVO:
Desarrollar
e implementar medidas de control de armas, gestión de riesgo y alerta
temprana para minimizar el robo, desvío, pérdida y proliferación de
armas, partes de armas, explosivos y municiones de las Fuerzas
Policiales y de Seguridad, por medio de la elaboración de medidas de
tecnología, equipamiento, formación, capacitación, doctrina y
disciplina.
2.- ACCIONES:
1) Coordinar el desarrollo de
un diagnóstico de la situación de los arsenales de las Fuerzas
Policiales y de Seguridad Federales, en especial en lo atinente a las
medidas de seguridad con las que los mismos cuentan para evitar el
desvío de armas y/o municiones.
2) Desarrollar e implementar
medidas para incrementar la seguridad de los arsenales de las Fuerzas
Policiales y de Seguridad Federales, incluyendo medidas de seguridad
física, procedimientos operativos y definiciones doctrinarias y
sistemas de gestión de inventarios.
3) Desarrollar e implementar
medidas para incrementar la trazabilidad de las armas y municiones de
las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
4) Desarrollar
e implementar medidas para el desarrollo de muestras balísticas de las
armas de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
5)
Desarrollar e implementar medidas de formación y capacitación para
evitar el desvío de armas y municiones de las Fuerzas Policiales y de
Seguridad Federales.
6) Articular y promover alianzas
estratégicas con otros organismos del Estado vinculados al control y/o
uso de armas y municiones, a los fines de reducir el desvío de armas
hacia el mercado ilegal.
7) Proponer reformas normativas que
tengan como fin la disminución del desvío de armas y municiones hacia
el mercado ilegal, incluyendo normas vinculadas a la gestión de
arsenales, la trazabilidad de armas y municiones y la política de
portación de armas.
8) Explorar medidas y experiencias
tecnológicas que tiendan a disminuir el desvío de armas hacia el
mercado ilegal para su potencial aplicación.
9) Proponer medidas
de formación y capacitación en control de armas y municiones para los
miembros de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
3.- COORDINACIÓN DEL PROGRAMA INTEGRAL DE GESTIÓN DE ARSENALES Y TRAZABILIDAD DE ARMAS Y MUNICIONES
Función:
Coordinar
las acciones asignadas al Programa Integral de Gestión de Arsenales y
Trazabilidad de Armas y Municiones y determinar las orientaciones
estratégicas del mismo.
4.- SUBCOORDINACIÓN TÉCNICA DEL PROGRAMA INTEGRAL DE GESTIÓN DE ARSENALES Y TRAZABILIDAD DE ARMAS Y MUNICIONES
Función:
Coordinar
el trabajo técnico del Programa Integral de Gestión de Arsenales y
Trazabilidad de Armas y Municiones y representar al Coordinador del
Programa en su ausencia.
ANEXO II
COMITÉ DE ASESORAMIENTO TÉCNICO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE GESTIÓN DE ARSENALES Y TRAZABILIDAD DE ARMAS Y MUNICIONES
MISIÓN
Asesorar
al Coordinador del “Programa Integral de Gestión de Arsenales y
Trazabilidad de Armas y Municiones” en lo relativo a sus acciones y
emitir dictámenes técnicos no vinculantes a requerimiento de la
Coordinación y/o la Sub-coordinación técnica del Programa.
COMPOSICIÓN Y FUNCIONES
PRESIDENCIA
Autoridad:
Coordinador del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones
Función:
Presidir
las reuniones del “Comité de Asesoramiento Técnico del Programa
Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones”.
Convocar a especialistas ad-hoc en la materia cuando lo considere pertinente.
SECRETARÍA EJECUTIVA
Autoridad:
Subcoordinador técnico del Programa Integral de gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones.
Función:
Coordinar
las actividades del “Comité de Asesoramiento Técnico del Programa
Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y
Municiones”.
Reemplazar al Coordinador en ausencia y/o por su requerimiento.
MIEMBROS TITULARES
Representante titular de la Subsecretaría de Logística de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD
Jefe de la División de Armamento y Munición de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA
Jefe del Departamento de Armas y Explosivos de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Jefe del Departamento de Arsenales de la GENDARMERÍA NACIONAL
Jefe del Departamento de Logística de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
MIEMBROS AD HOC
Representante alterno de la Subsecretaría de Logística de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD.
Especialistas ad-hoc convocados por la Coordinación/Sub-coordinación.
ANEXO III
COMITÉ
DE ASESORAMIENTO EN IDENTIFICACIÓN BALÍSTICA DEL PROGRAMA INTEGRAL DE
GESTIÓN DE ARSENALES Y TRAZABILIDAD DE ARMAS Y MUNICIONES
MISIÓN
Asesorar
al Coordinador del “Programa Integral de Gestión de Arsenales y
Trazabilidad de Armas y Municiones” en lo relativo al componente
vinculado con la identificación balística del Programa.
COMPOSICIÓN Y FUNCIONES
PRESIDENCIA
Autoridad:
Coordinador del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones
Función:
Presidir
las reuniones del “Comité de Asesoramiento en Identificación Balística
del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y
Municiones”.
Convocar a especialistas ad-hoc en la materia cuando lo considere pertinente.
SECRETARÍA EJECUTIVA
Autoridad:
Subcoordinador técnico del Programa Integral de gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones.
Función:
Coordinar
las actividades del “Comité de Asesoramiento en Identificación
Balística del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad
de Armas y Municiones”.
Reemplazar al Coordinador en ausencia y/o por su requerimiento.
MIEMBROS TITULARES
Director Nacional de Policía Científica de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN DEL DELITO ORGANIZADO Y COMPLEJO
Director de Articulación con el Sistema Científico Tecnológico de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN
Director de Articulación Educativa de la Seguridad de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN
Director de Informática de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Superintendente de Policía Científica de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA
Director de Criminalística y Estudios Forenses de la GENDARMERÍA NACIONAL
Jefe de la División Criminalística de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Representante de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTURIA
MIEMBROS AD HOC
Especialistas ad-hoc convocados por la Coordinación/Sub-coordinación.
e. 14/06/2016 N° 40539/16 v. 14/06/2016