MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 236/2016

Bs. As., 07/06/2016

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-SEG: 0001413/2016 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, y

CONSIDERANDO:

Quela violencia con armas de fuego es una de las principales causas de homicidios y lesiones graves en el país. De acuerdo a las estadísticas disponibles, provenientes de fuentes académicas, al menos el CINCUENTA Y UNO POR CIENTO (51%) de los homicidios en el país son cometidos con armas de fuego.

Que de acuerdo a datos del año 2013 del Informe “Seguridad Ciudadana con rostro humano: diagnóstico y propuestas para América Latina”, del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, el SESENTA POR CIENTO (60%) de los internos en la REPÚBLICA ARGENTINA afirmaron haber llevado armas a la hora de cometer su delito, y de ellos el TREINTA Y SIETE POR CIENTO (37%) dijo haberla usado. Asimismo, el TREINTA Y SIETE COMA NUEVE POR CIENTO (37,9%) afirmó que el arma “se la dio un amigo o un policía”.

Que la REPÚBLICA ARGENTINA posee un mercado relativamente importante de armas de fuego y municiones, siendo el tercer exportador de AMÉRICA LATINA, según fuentes académicas, y que prácticamente la totalidad de las armas del mercado ilegal pertenecieron alguna vez al mercado lícito.

Que el desvío de armas del mercado legal hacia el ilegal constituye una seria amenaza a la seguridad ciudadana, e intensifica la capacidad de actuar violentamente de los grupos vinculados a la criminalidad organizada.

Que una fuente importante de desvío de armas de fuego y municiones hacia el mercado ilegal lo conforman los diferentes arsenales y depósitos de armas de los organismos públicos, tales como las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, las Policías Provinciales, las Fuerzas Armadas y los depósitos de armas judiciales.

Que por ende, resulta necesario proveer las medidas necesarias a los fines de desincentivar el desvío de armas y municiones en posesión de los organismos públicos hacia el mercado ilegal, así como instrumentar herramientas para la rápida detección de casos en los que las armas y/o municiones sean desviadas.

Que el desarrollo de este tipo de mecanismos y herramientas implica la actuación sobre dos etapas fundamentales del ciclo de vida de las armas y municiones pertenecientes a las Fuerzas Policiales y de Seguridad: su depósito —en salas de armas, arsenales y cualquier otro tipo de edificación destinada al almacenaje de armas y municiones— y su empleo por parte de funcionarios de las Fuerzas, tanto durante los momentos en los que se encuentran en servicio como cuando no.

Que en consecuencia, resulta fundamental la creación de un Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones, con el objetivo de diagnosticar el estado de situación de los arsenales de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, así como de sus sistemas de rastreo de armas y municiones, para desarrollar, en consonancia con ello, medidas de control de armas, gestión de riesgo y alerta temprana para minimizar el robo, desvío, pérdida y proliferación de armas, partes de armas, explosivos y municiones de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, por medio de la elaboración de medidas de tecnología, equipamiento, formación, capacitación, doctrina y disciplina.

Que el Programa mencionado debe atacar a la problemática del desvío de armas de manera integral, abarcando los aspectos materiales e institucionales que afectan a la misma.

Que en tal sentido, resulta fundamental en la lucha contra el desvío y goteo de armas y municiones y en el marco del mentado programa, elaborar un componente vinculado a la formación y la capacitación de las Fuerzas Policiales y de Seguridad en materia de control de armas, con el objetivo de crear un nivel de consciencia institucional sobre las consecuencias del desvío de armas, e incentivar el control sobre las mismas desde el sistema de seguridad.

Que un programa de tales características propenderá también a incentivar a los miembros de las Fuerzas Policiales y de Seguridad a efectuar un uso de la fuerza, y en particular de las armas de fuego, de manera conforme a los principios internacionales, en particular a los establecidos en el “Código de Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la ley”, establecido por la ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) y contemplado en el artículo 22 de la Ley de Seguridad Interior N° 24.059; y los “Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de hacer cumplir la Ley”, adoptados por la ONU.

Que un objetivo primordial del programa a ser desarrollado es el de proteger a los miembros de las Fuerzas Policiales y de Seguridad que desarrollan su labor de acuerdo a la normativa pertinente y a los estándares adecuados, con la certidumbre de que deben crearse las condiciones necesarias para que los agentes de las diferentes Fuerzas cuenten con las garantías necesarias para actuar y desempeñarse profesionalmente.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN de este Ministerio debe ser el área encargada de gestionar el Programa en cuestión, dado que cuenta con la experiencia necesaria en lo relativo al control del uso de la fuerza con armas de fuego, en virtud de su actual coordinación del Programa de Uso de la Fuerza y Empleo de Armas de Fuego y de sus labores de planeamiento, y dada también la importancia de las cuestiones de formación en el mencionado Programa.

Que el Programa tendrá TRES (3) componentes principales: el vinculado a la gestión de arsenales; el relacionado al desarrollo de mecanismos para la identificación balística y el asociado a la exploración de mecanismos tecnológicos para la trazabilidad.

Que la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 22 bis, apartado 5, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992), y sus modificatorias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase el “Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones” en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN de este Ministerio, que tendrá como objetivos y acciones los que se detallan en el ANEXO I de la presente.

ARTÍCULO 2° — Créase la Coordinación del “Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones”, cuyas misiones y funciones se detallan en el ANEXO I de la presente, y asígnese la misma en carácter ad honorem al Subsecretario de Planeamiento y Formación de este Ministerio.

ARTÍCULO 3° — Créase la Subcoordinación Técnica del “Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones”, cuyas misiones y funciones se detallan en el ANEXO I de la presente, y asígnese la misma en carácter ad honórem al Director Nacional de Planeamiento de este Ministerio.

ARTÍCULO 4° — Créase el “Comité de Asesoramiento Técnico del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones”, con la composición y misiones que detallan en el ANEXO II de la presente.

ARTÍCULO 5° — Créase el “Comité de Asesoramiento en Identificación Balística del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones”, con la composición y misiones que se detallan en el ANEXO III de la presente.

ARTÍCULO 6° — Créase el “Comité de Asesoramiento Científico-Tecnológico del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones”, cuya la composición y misiones será establecido mediante Disposición del Señor Subsecretario de Planeamiento y Formación.

ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. PATRICIA BULLRICH, Ministra de Seguridad de la Nación.

ANEXO I

PROGRAMA INTEGRAL DE GESTIÓN DE ARSENALES Y TRAZABILIDAD DE ARMAS Y MUNICIONES

1.- OBJETIVO:

Desarrollar e implementar medidas de control de armas, gestión de riesgo y alerta temprana para minimizar el robo, desvío, pérdida y proliferación de armas, partes de armas, explosivos y municiones de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, por medio de la elaboración de medidas de tecnología, equipamiento, formación, capacitación, doctrina y disciplina.

2.- ACCIONES:

1) Coordinar el desarrollo de un diagnóstico de la situación de los arsenales de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, en especial en lo atinente a las medidas de seguridad con las que los mismos cuentan para evitar el desvío de armas y/o municiones.

2) Desarrollar e implementar medidas para incrementar la seguridad de los arsenales de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, incluyendo medidas de seguridad física, procedimientos operativos y definiciones doctrinarias y sistemas de gestión de inventarios.

3) Desarrollar e implementar medidas para incrementar la trazabilidad de las armas y municiones de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

4) Desarrollar e implementar medidas para el desarrollo de muestras balísticas de las armas de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

5) Desarrollar e implementar medidas de formación y capacitación para evitar el desvío de armas y municiones de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

6) Articular y promover alianzas estratégicas con otros organismos del Estado vinculados al control y/o uso de armas y municiones, a los fines de reducir el desvío de armas hacia el mercado ilegal.

7) Proponer reformas normativas que tengan como fin la disminución del desvío de armas y municiones hacia el mercado ilegal, incluyendo normas vinculadas a la gestión de arsenales, la trazabilidad de armas y municiones y la política de portación de armas.

8) Explorar medidas y experiencias tecnológicas que tiendan a disminuir el desvío de armas hacia el mercado ilegal para su potencial aplicación.

9) Proponer medidas de formación y capacitación en control de armas y municiones para los miembros de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

3.- COORDINACIÓN DEL PROGRAMA INTEGRAL DE GESTIÓN DE ARSENALES Y TRAZABILIDAD DE ARMAS Y MUNICIONES

Función:

Coordinar las acciones asignadas al Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones y determinar las orientaciones estratégicas del mismo.

4.- SUBCOORDINACIÓN TÉCNICA DEL PROGRAMA INTEGRAL DE GESTIÓN DE ARSENALES Y TRAZABILIDAD DE ARMAS Y MUNICIONES
Función:

Coordinar el trabajo técnico del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones y representar al Coordinador del Programa en su ausencia.

ANEXO II

COMITÉ DE ASESORAMIENTO TÉCNICO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE GESTIÓN DE ARSENALES Y TRAZABILIDAD DE ARMAS Y MUNICIONES

MISIÓN

Asesorar al Coordinador del “Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones” en lo relativo a sus acciones y emitir dictámenes técnicos no vinculantes a requerimiento de la Coordinación y/o la Sub-coordinación técnica del Programa.

COMPOSICIÓN Y FUNCIONES

PRESIDENCIA

Autoridad:

Coordinador del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones

Función:

Presidir las reuniones del “Comité de Asesoramiento Técnico del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones”.

Convocar a especialistas ad-hoc en la materia cuando lo considere pertinente.

SECRETARÍA EJECUTIVA

Autoridad:

Subcoordinador técnico del Programa Integral de gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones.

Función:

Coordinar las actividades del “Comité de Asesoramiento Técnico del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y

Municiones”.

Reemplazar al Coordinador en ausencia y/o por su requerimiento.

MIEMBROS TITULARES

Representante titular de la Subsecretaría de Logística de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD

Jefe de la División de Armamento y Munición de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA

Jefe del Departamento de Armas y Explosivos de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Jefe del Departamento de Arsenales de la GENDARMERÍA NACIONAL

Jefe del Departamento de Logística de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

MIEMBROS AD HOC

Representante alterno de la Subsecretaría de Logística de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD.

Especialistas ad-hoc convocados por la Coordinación/Sub-coordinación.

ANEXO III

COMITÉ DE ASESORAMIENTO EN IDENTIFICACIÓN BALÍSTICA DEL PROGRAMA INTEGRAL DE GESTIÓN DE ARSENALES Y TRAZABILIDAD DE ARMAS Y MUNICIONES

MISIÓN

Asesorar al Coordinador del “Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones” en lo relativo al componente vinculado con la identificación balística del Programa.

COMPOSICIÓN Y FUNCIONES

PRESIDENCIA

Autoridad:

Coordinador del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones

Función:

Presidir las reuniones del “Comité de Asesoramiento en Identificación Balística del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones”.

Convocar a especialistas ad-hoc en la materia cuando lo considere pertinente.

SECRETARÍA EJECUTIVA

Autoridad:

Subcoordinador técnico del Programa Integral de gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones.

Función:

Coordinar las actividades del “Comité de Asesoramiento en Identificación Balística del Programa Integral de Gestión de Arsenales y Trazabilidad de Armas y Municiones”.

Reemplazar al Coordinador en ausencia y/o por su requerimiento.

MIEMBROS TITULARES

Director Nacional de Policía Científica de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN DEL DELITO ORGANIZADO Y COMPLEJO

Director de Articulación con el Sistema Científico Tecnológico de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN

Director de Articulación Educativa de la Seguridad de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN

Director de Informática de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Superintendente de Policía Científica de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA

Director de Criminalística y Estudios Forenses de la GENDARMERÍA NACIONAL

Jefe de la División Criminalística de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Representante de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTURIA

MIEMBROS AD HOC

Especialistas ad-hoc convocados por la Coordinación/Sub-coordinación.

e. 14/06/2016 N° 40539/16 v. 14/06/2016