MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL
TRABAJO
Disposición 317/2016
Bs. As., 26/05/2016
VISTO
el Expediente N° 1.675.726/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 215 del 7 de abril de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que
a fojas 3 del Expediente N° 1.675.726/15, obra la escala salarial
pactada entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA Y LA
ENERGÍA, por la parte sindical, y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE
COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS LIMITADA, por
la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N°
699/14, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N°
14.250 (t.o. 2004).
Que la escala precitada forma parte del
acuerdo homologado por la Resolución Ss.R.L. N° 215/16 y registrado
bajo el N° 232/16, conforme surge de fojas 24/26 y 29, respectivamente.
Que
el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y
sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las
remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que
de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las
remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos
considerados.
Que a fojas 35/38, obra el informe técnico
elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican
las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo
del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope
indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta
instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la
presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el
segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las Decisiones
Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de
marzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES A CARGO DE LA DIRECCIÓN
NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO
1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el
tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de
Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 215 del 7 de abril de 2016, y
registrado bajo el N° 232/16 suscripto entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL
JERÁRQUICO DEL AGUA Y LA ENERGÍA, por la parte sindical, y la
FEDERACIÓN ARGENTINA DE COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOS
PÚBLICOS LIMITADA, por la parte empleadora, conforme al detalle que,
como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2° —
Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de
Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de
la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre
el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del
tope indemnizatorio resultante.
ARTÍCULO 3° — Gírese a la
Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes
signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO
4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional
de Regulaciones del Trabajo, M.T.E. y S.S.
ANEXO
Expediente N° 1.675.726/15