MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Resolución 155/2016
Bs. As., 14/06/2016
VISTO el Expediente N° S01:0060404/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 134 de fecha 16 de diciembre de 2015 se declaró
la Emergencia del Sector Eléctrico Nacional hasta el 31 de diciembre de
2017 y se instruyó al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA para que elabore
un programa de acciones necesarias en relación a los segmentos de
generación, transporte y distribución de energía eléctrica de
jurisdicción nacional, lo ponga en vigencia y lo implemente, con el fin
de adecuar la calidad y seguridad del suministro eléctrico,
garantizando la prestación de los servicios públicos de electricidad en
condiciones técnicas y económicamente adecuadas.
Que en dicho contexto, el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA dictó la
Resolución N° 6 de fecha 25 de enero de 2016, delegando en la
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA las
facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA por los Artículos
35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065.
Que en virtud de lo informado por el ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO
(OED), mediante Nota B-105207-1 de fecha 10 de febrero de 2016 de la
COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA), respecto de la generación adicional a incorporar
para satisfacer requerimientos de la demanda en los Períodos
Estacionales (i) Verano 2016/2017, (ii) Invierno 2017, o (iii) Verano
2017/2018, esta SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dictó la Resolución N°
21 de fecha 22 de marzo de 2016, convocando a interesados en ofertar
nueva capacidad de generación térmica y de producción de energía
eléctrica asociada, con compromiso de estar disponible en el MERCADO
ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en los referidos Períodos Estacionales.
Que en dicho proceso y con sujeción a los Términos de Referencia
aprobados por esta Secretaría mediante Nota SEE N° 161/2016 y
publicados por el OED, se recibieron ofertas por un total de SEIS MIL
SEISCIENTOS ONCE (6.611) MW de capacidad adicional de generación con un
precio promedio de 25.000 U$S/MW-mes.
Que de entre tales ofertas se consideraron admisibles por esta
Secretaría aquellas que cumplieron con las condiciones establecidas en
la señalada Resolución SEE N° 21/2016 y los aludidos Términos de
Referencia.
Que el OED, conforme la metodología aprobada por Notas SEE N° 187 de
fecha 19 de abril de 2016 y N° 201 de fecha 25 de abril de 2016 que
fueran oportunamente publicadas por dicho Organismo, con los modelos de
despacho vigentes en el MEM, que fueron dados a conocer a todos los
oferentes, efectuó las simulaciones de las que resultó un orden de
mérito de las ofertas admitidas, ponderando adecuadamente la reducción
de riesgos en el sistema con el incremento de la eficiencia operativa
según lo indicado mediante Nota SEE N° 311, de fecha 10 de junio de
2016, también publicada por el OED.
Que mediante Nota CAMMESA B- Nota B-108285-1 de fecha 13 de junio de
2016, el Organismo Encargado del Despacho (OED) elevó a esta Secretaría
el aludido orden de mérito diferenciando los volúmenes a contratar
entre 2000 MW, 2500 MW y 3000 MW.
Que conforme los resultados obtenidos en el análisis efectuado y la
identificación de las ofertas de mejor relación beneficio/costo para
los tres niveles de potencia requeridos por Nota SEE 311/2016, se
considera oportuno y conveniente autorizar a la Compañía Administradora
del Mercado Eléctrico Mayorista Sociedad Anónima (CAMMESA) a iniciar
las tratativas tendientes a concretar la suscripción del Contrato de
Demanda Mayorista (CdD), con cada una las empresas cuya oferta haya
resultado incluida en el listado correspondiente al CASO 1, contenido
en el Anexo de su nota B-108825-1 (1915 MW en total).
Que analizados los tres casos se entendió el aludido CASO 1 como el
adecuado para avanzar en la contratación de potencia adicional
disponible, con eficiencia adecuada a los requerimientos de urgencia.
Que la Dirección Nacional de Prospectiva de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA
TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha
tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA
Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo
dispuesto por los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, el Artículo 84
de su Decreto Reglamentario N° 1.398 de fecha 11 de agosto de 1992, el
Artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto
N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones y el Artículo
11 de la Resolución N° 6 de fecha 25 de enero de 2016 del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorizase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
ELÉCTRICO MAYORISTA SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) a iniciar las tratativas
tendientes a concretar la suscripción del Contrato de Demanda Mayorista
(CdD), con cada una las empresas cuya oferta haya resultado incluida en
el listado que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2° — Notifíquese la presente a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. ALEJANDRO SRUOGA, Secretario de
Energía Eléctrica.
ANEXO
e. 15/06/2016 N° 42254/16 v. 15/06/2016