COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

Resolución 7/2016

Norma estableciendo la captura total permisible del grupo de especies denominadas pez ángel/angelito (Squatina spp), para el año 2016, en la Zona Común de Pesca.

Montevideo, 23/06/2016

Visto:

La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de las especies pez ángel/angelito (Squatina spp).

Considerando:

1) Que la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo encomendó al Grupo de Trabajo Condrictios la tarea de sugerir la captura biológicamente aceptable para el año en curso, en la Zona Común de Pesca, para las especies arriba indicadas.

2) Que dicho Grupo de Trabajo ha sugerido medidas de conservación y manejo, con el objetivo de mantener la sustentabilidad de dicho recurso.

3) Que ante eventos que pudieran impactar sobre el desarrollo de la pesquería, es menester prever una reserva administrativa.

Atento:

A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA
DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fijar para el año 2016, en la Zona Común de Pesca, la captura total permisible de las especies pez ángel/angelito (Squatina spp) en 2.600 toneladas.

ARTÍCULO 2° — La Comisión, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 1°, fija una reserva adicional de hasta el 10% de la CTP, de la que podrá disponerse mediante Resolución fundada.

ARTÍCULO 3° — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

ARTÍCULO 4° — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Capitán de Navío (R) JULIO SUÁREZ, Presidente. — Embajador ROBERTO GARCÍA MORITÁN, Vicepresidente.

e. 01/07/2016 N° 45376/16 v. 01/07/2016