MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 306/2016

Bs. As., 29/06/2016

VISTO el Expediente CUDAP N° 3888/2016 del registro del MINISTERIO DE CULTURA y la Resolución M.C. N° 201 de fecha 24 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución mencionada en el Visto, se creó en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COOPERACIÓN CULTURAL de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, el PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA (BECAR CULTURA), y se aprobó el REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES del Programa en cuestión.

Que en el marco del referido programa, se auspicia la implementación de los MEMORANDOS DE ENTENDIMIENTO PARA EL INTERCAMBIO DE RESIDENCIAS ARTÍSTICAS suscriptos entre este Ministerio y diversos organismos gubernamentales extranjeros.

Que las instituciones y organismos gubernamentales, han renovado el interés de continuar con los intercambios en el marco de los Memorandos referidos, cuyos alcances y condiciones de participación se encuentran consignados en cada uno de ellos.

Que para el ejercicio presupuestario en curso, la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, ha previsto implementar un conjunto de acciones vinculadas con los Convenios suscriptos por parte del MINISTERIO DE CULTURA, destinados a la producción de obra de los artistas y profesionales de nuestro país y de los becarios provenientes del extranjero, instrumentando, además, la línea de ayudas orientada a estancias cortas y prolongadas, vinculadas con actividades en foros especializados y/o actividades de formación, perfeccionamiento e investigación en instituciones del exterior.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Nros. 101/85 y 392/86, y la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/02 y sus modificatorios).

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase la Convocatoria 2016 correspondiente al PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA (BECAR CULTURA), creado por Resolución MC N° 201 de fecha 24 de mayo de 2016.

ARTÍCULO 2° — Apruébanse las Bases y Condiciones de Participación de la Convocatoria, el Formulario de Inscripción, la Planilla de Evaluación y el modelo de la Nota de Aceptación, que como Anexo I forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Desígnase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COOPERACIÓN CULTURAL de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, como Autoridad de Aplicación e Implementación del PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA (BECAR CULTURA).

ARTÍCULO 4° — Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL la implementación de los MEMORANDOS DE ENTENDIMIENTO PARA EL INTERCAMBIO DE RESIDENCIAS ARTÍSTICAS, oportunamente suscriptos entre este Ministerio y los diversos organismos gubernamentales extranjeros.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Lic. ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro de Cultura.

ANEXO I

MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA

BECAR CULTURA

CONVOCATORIA 2016

Con la finalidad de contribuir al desarrollo profesional, individual y colectivo, y al fortalecimiento de las instituciones vinculadas a la producción artística y cultural, el Ministerio de Cultura de la República Argentina, a través de la Secretaría de Integración Federal y Cooperación Internacional, ofrece a los Artistas, Investigadores, Especialistas y Profesionales de la Cultura las posibilidades y condiciones adecuadas para realizar proyectos específicos en otro país, propiciando el enriquecimiento de la obra y la trayectoria artística, el diálogo entre pares, el conocimiento de otros lenguajes y oportunidades que aporten a la formación, la investigación y al desarrollo artístico y cultural de nuestro país.

En este sentido, el BECAR CULTURA aparece con el propósito de brindar estancias de intercambio, que se consignan en el presente llamado, cuyos costos de viaje, alojamiento y manutención serán cubiertos por el Ministerio de Cultura de la República Argentina y su contraparte.

Como así también, se contempla el otorgamiento de pasajes aéreos, en concepto de ayudas, a quienes hayan sido admitidos, invitados o becados por instituciones o foros especializados del exterior para realizar actividades de formación y/o perfeccionamiento o de exposición y socialización de conocimientos y experiencias.

Así, el Programa ofrece dos (2) grandes líneas de apoyo:

1) Ayudas, que a su vez comprende,

a) Estancias cortas: Foros internacionales relevantes para su especialidad
Requisito: Aceptación de ponencia y/o trabajo
b) Estancias prolongadas: Instituciones especializadas. Actividades de Formación
Requisito: Admisión, Invitación o Beca.

2) Becas de Intercambio,

Orientada a la realización de proyectos específicos en el marco de los Convenios o Acuerdos de Intercambio y Cooperación Cultural, firmados por el Ministerio de Cultura de la República Argentina.

Disciplinas: gestión cultural, literatura, conservación y preservación de patrimonio material e inmaterial, artes audiovisuales y multimediales, artes electrónicas, artes visuales, artes escénicas, artes musicales y sonoras, artesanías, arquitectura, diseño, cultura digital, entre otras.

El MINISTERIO DE CULTURA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA se hará cargo del traslado desde la ciudad de origen a la ciudad de destino y ofrecerá, en el marco de los Convenios, exclusivamente; alojamiento y un estipendio para alimentación, transporte local y materiales. Un Jurado especializado tendrá a su cargo la selección de los ganadores.

Por la sola postulación de proyectos, el postulante acepta el contenido de las Bases Generales de Participación y del Reglamento del Programa de Cooperación para la Formación, Investigación y Creación Artística, BECAR CULTURA (en adelante, las “Bases”).
BASES GENERALES DE PARTICIPACIÓN

REQUISITOS PARA LA POSTULACIÓN

1. Ser ciudadano argentino nativo o naturalizado o extranjero con más de cinco (5) años de residencia permanente en el país.

2. Presentar un proyecto específico de trabajo o plan de actividades de formación y/o perfeccionamiento o aceptación de ponencia que podrá realizar durante su estancia en el exterior.

3. Acreditar experiencia en la disciplina artística o campo disciplinar en el que postule.

4. Presentar el formato de solicitud, la documentación y los anexos requeridos de acuerdo a las Bases.

RESTRICCIONES Y PARTICULARIDADES

5. La convocatoria está dirigida sólo a artistas, investigadores, profesionales y especialistas individuales. No se aceptarán solicitudes de grupos o colectivos artísticos.

6. No podrán participar quienes hayan sido beneficiarios en los últimos dos (2) años en cualquiera de las convocatorias anteriores del Programa, y/o del Programa antecesor, Programa de Becas y Ayudas, oportunamente aprobado por Resolución SC N° 496/05.

7. Quedan excluidos de esta Convocatoria los funcionarios y el personal de planta permanente y contratado que se desempeña en la Secretaría de Integración Federal y Cooperación Internacional y/o sus áreas dependientes.

8. No podrán postularse las personas que al momento de la Convocatoria gocen de una beca o ayuda dentro de cualquier convocatoria y/o programa de ayudas del MINISTERIO DE CULTURA.

9. No serán tomadas en cuenta las solicitudes de aquellos que hubieran resultado beneficiarios de algún programa de beca, ayuda y/o asistencia económica del MINISTERIO DE CULTURA, que no hubieran cumplido cabalmente con los compromisos adquiridos en virtud de tal beneficio, en los plazos estipulados y según la reglamentación aplicable a cada caso.

10. El solicitante sólo podrá presentarse a una (1) convocatoria de las organizadas anualmente por la Dirección Nacional de Cooperación Internacional, a través del Programa BECAR CULTURA.
PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

11. La selección de los beneficiarios en el marco de las Becas de Intercambio se realizará de común acuerdo entre el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN a través de la Secretaría de Integración Federal y Cooperación Internacional, la Dirección Nacional Cooperación Internacional y la contraparte internacional que haya suscripto el Acuerdo. Ambas instancias contemplarán la intervención de jurados especializados en cada una de las disciplinas.

12. Los procedimientos de evaluación y selección, se llevarán a cabo en tres fases.

En la primera fase, el Programa BECAR CULTURA, dependiente de la Dirección Nacional de Cooperación Internacional, realizará una revisión técnico-administrativa, que consiste en verificar que las postulaciones inscritas durante los plazos estipulados cumplan con la documentación y los anexos establecidos en las presentes Bases Generales de Participación. Las solicitudes que no cuenten con dichos requisitos en esta fase serán descalificadas automáticamente.

13. Las fases segunda y tercera las realizará un Jurado de selección integrado por especialistas en cada una de las disciplinas comprendidas en la convocatoria. Este Jurado evaluará todas las postulaciones y los Informes Finales presentados por los seleccionados serán recibidos y considerados por las autoridades de la Dirección Nacional y el equipo técnico del Programa BECAR.

14. En la segunda fase el Jurado efectuará una revisión técnica de las postulaciones enviadas por los participantes. Se verificará que cumplan con las siguientes condiciones:

a) Proyecto específico. Aceptación de ponencia o trabajo. Plan de actividades de formación y/o perfeccionamiento bien definido, cuya aplicabilidad se encuentre garantizada.

b) Curriculum que respalde la postulación presentada.

c) Material de apoyo suficiente que sustente y refleje su trayectoria artística, académica y/o profesional del solicitante.

15. Las postulaciones que a juicio del Jurado no cumplan las condiciones anteriores quedarán fuera del proceso de selección.

16. La tercera fase, exclusivamente para las Becas de Intercambio, será cuando el Jurado nacional realice la preselección de los proyectos a ser presentados al país contraparte para la selección final, tomando en cuenta los siguientes criterios:

a) La trayectoria del solicitante. Vínculos entre los estudios y/o trabajos realizados por el postulante y el proyecto o plan de actividades propuesto.

b) La calidad de la propuesta presentada. Calificación del valor artístico y académico y de la pertinencia del proyecto a desarrollar. Claridad y consistencia del objetivo del proyecto, su fundamentación y descripción.

c) Lo viable, propositivo y significativo del proyecto. Relevancia y trascendencia de la propuesta en el ámbito profesional del postulante, público de la disciplina, de las artes en general y del quehacer cultural y social a nivel nacional, regional o local.

17. Los miembros del Jurado tendrán la facultad de considerar aquellos criterios que de manera adicional a los contemplados en la convocatoria, enriquezcan la evaluación y permitan realizar una mejor selección de las postulaciones presentadas, quedando asentados en el acta de dictaminación respectiva.

18. Las decisiones tomadas en la tercera fase serán inapelables.

19. El Jurado nacional podrá declarar desierta toda o parte de la convocatoria, por motivos fundados.

20. Para las Becas de Intercambio, exclusivamente, un jurado designado por la contraparte efectuará la selección final los proyectos. La selección final que haga el Jurado será fundada y su decisión será inapelable.

Este jurado podrá declarar asimismo desierto todo o parte de la convocatoria por motivos fundados, no estando obligado el MINISTERIO DE CULTURA a indemnizar a las personas que hayan concursado.

RESULTADOS Y CONDICIONES DE LOS APOYOS

21. Los resultados del concurso serán publicados en la página web www.cultura.gob.ar

22. Una vez publicados los resultados, la Dirección Nacional de Cooperación Internacional notificará a los titulares cuyos proyectos y/o postulaciones resultaren seleccionados.

23. Sin perjuicio de que por la sola postulación del proyecto, el postulante haya aceptado el contenido de las Bases Generales de Participación y del Reglamento del Programa de Cooperación para la Formación, Investigación y Creación Artística, BECAR CULTURA, los seleccionados deberán enviar a la Dirección Nacional de Cooperación Internacional una nota ratificando la aceptación de las condiciones y disposiciones de las Bases.

24. La SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL proporcionará los pasajes correspondientes al traslado desde la ciudad de origen a la ciudad de destino o su equivalente en pesos argentinos y un estipendio destinado a cubrir los gastos de alojamiento, alimentación, movilidad y materiales, en caso de requerirlo. Asimismo colaborará conjuntamente con el Ministerio de Cultura u organismo equivalente contraparte, para que las condiciones de espacio de trabajo y de residencia sean óptimas para el desarrollo de la estancia.

25. Los beneficiarios deberán asumir los gastos de las tasas de aeropuerto y de la contratación de un seguro médico con cobertura internacional para su estancia en el exterior, el cual será su exclusiva responsabilidad y deberán mantener vigente durante tal período.

26. Se deja expresa constancia que los montos asignados para la realización de las residencias no cubren honorarios de técnicos, asistentes, familiares o acompañantes ni otros gastos adicionales, por lo que no serán atendibles solicitudes de fondos adicionales a los ya establecidos entre las instituciones convocantes y organizadoras de este Programa.

27. Los artistas, investigadores, profesionales o técnicos seleccionados deberán contemplar actividades de transferencias en nuestro país, tales como conferencias, clínicas, seminarios, presentaciones, talleres u otras manifestaciones relativas a su obra, que además podrá ofrecer durante su estancia en el exterior.

28. Durante su estancia en el exterior, los beneficiarios no podrán percibir salarios, remuneración o contraprestación alguna por concepto de cursos impartidos, conferencias y ponencias, ni por ningún otro trabajo cultural o artístico, o por investigaciones de carácter similar; tampoco podrán desempeñar una actividad remunerada distinta a la establecida en su programa de trabajo, sin previa autorización de las autoridades competentes.

29. Los seleccionados deberán entregar un Informe Final a la Dirección Nacional de Cooperación Internacional de las actividades vinculadas al proyecto específico, anexando material fotográfico, grabaciones de audio, video, textos impresos, u otro, como resultado del trabajo realizado durante la estancia. Dicho informe deberá ser entregado a los quince (15) días de su regreso.

30. La Dirección Nacional de Cooperación Internacional, a través del Programa BECAR CULTURA, se reserva el derecho de publicar una breve reseña de los contenidos de los proyectos, prácticas y experiencias seleccionados a los fines de difundir a la comunidad esta convocatoria, sin que ello genere derecho a compensación alguna en favor del artista o investigador involucrado.

31. En caso de incumplimiento por parte del artista de los objetivos previstos en el proyecto, estancia o foro en base al cual se hubiera realizado la adjudicación del beneficio, se establecerán las sanciones administrativas y judiciales a que se sujetarán los responsables, según la normativa vigente.

DOCUMENTACIÓN

32. Todos los documentos y anexos de la postulación deberán respetar el formulario y los campos de aplicación disponibles en el sitio web del Ministerio.

33. Documentos obligatorios:

• Fotocopia del documento de identidad.

• Fotocopia del pasaporte (si fuera seleccionado).

• Currículum Vitae actualizado y con una extensión máxima de cuatro (4) carillas tamaño Carta o A4, que detalle los antecedentes académicos y profesionales del postulante, trayectoria artística, reconocimientos nacionales y/o internacionales en el área que participa.

• Proyecto a desarrollar, incluyendo objetivos, plan de trabajo y resultados previstos. Extensión máxima 6 carillas.

• Anexos documentales, visuales y/o audiovisuales que sean pertinentes para acreditar la competencia del postulante en la disciplina en la que presenta el proyecto.

• Constancia de seguro médico con cobertura internacional (si fuera seleccionado).

Los documentos que a continuación se detallan son opcionales, por lo que quedará a consideración del solicitante incluirlos; sin embargo, pueden ser útiles durante los procedimientos de evaluación y selección:

Copias de reseñas o notas críticas publicadas en torno a su obra. Información relativa a contactos establecidos con artistas, asociaciones o instituciones culturales del otro país. Especifique nombres y datos de localización.

INFORMACIÓN GENERAL

34. La fecha de inscripción se extiende hasta las 24 hs del día 31 de julio de 2016.

Los beneficiarios deberán, en caso de resultar necesario, presentarse en la oficina del Programa BECAR, sita en calle Alsina 465, 2° piso, (C1087AAE), Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

35. Las aceptaciones a las becas y ayudas deben entregarse personalmente o enviarse por correo postal a:

Ministerio de Cultura de la Nación

Secretaría de Integración Federal y Cooperación Internacional

Dirección Nacional de Cooperación Internacional

BECAR CULTURA

Alsina 465, 2° piso, (C1087AAE) Ciudad Autónoma de Buenos Aires

36. No se aceptará ningún trámite enviado por fax o correo electrónico.

37. El formato de solicitud y las Bases y Condiciones de esta convocatoria se podrán obtener a través de la página web del Ministerio de Cultura de la Nación; www.cultura.gob.ar.

38. Para obtener mayor información, el interesado podrá comunicarse por correo electrónico a becasyayudas@cultura.gob.ar

39. Los casos no previstos en la presente Convocatoria serán resueltos de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN.

MINISTERIO DE CULTURA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Becar Cultura

• Línea de Ayudas_________________

• Becas de Intercambio_____________

• Foros / Congresos_______________

Nombre y Apellido:______________________________________________________________________________________

Disciplina /Foro:________________________________________________________________________

Artes Visuales, Artes Electrónicas, Medios Audiovisuales, Cultura Digital, Música, Danza, Teatro, Literatura, Artesanías, Gestión Cultural, Conservación del Patrimonio, Investigación en Arquitectura, Diseño, otras.

Cierre de la inscripción: 31 de julio de 2016

Objetivos y condiciones:

La presente Convocatoria contempla la realización de actividades formativas y de perfeccionamiento en instituciones especializadas del exterior y el desarrollo de proyectos específicos en el marco de los Acuerdos de Intercambio y Cooperación Cultural firmados por el Ministerio de Cultura de la Nación.

A estos efectos se presentan dos líneas de apoyo:

1) Ayudas: se contemplan estancias cortas de tres (3) días mínimo y estancias prolongadas de hasta un (1) año máximo para la realización de actividades de disertación, formación, perfeccionamiento e investigación.

a) Estancias cortas: Orientada a los investigadores en artes y especialistas en desarrollo e innovación cultural que hayan obtenido aceptación de ponencia y/o trabajo en foros relevantes para su especialidad.

b) Estancias prolongadas: Dirigida a quienes hayan recibido admisión, beca o invitación de institución especializada del exterior para la realización de actividades de formación, perfeccionamiento e investigación.

Otorgamiento: pasajes aéreos

2) Becas de Intercambio: Se apoyará la realización de un proyecto artístico específico que dé cuenta de una investigación previa en el medio local al que se postula. Las estancias o períodos de permanencia en el país de destino se encuentran sujetos a los alcances de cada Acuerdo de Intercambio que forman parte de la presente Convocatoria. En este sentido los postulantes deberán consignar las instancias institucionales o individuales que puedan contribuir al desarrollo de su proyecto.

El Ministerio de Cultura de la Nación entregará los pasajes aéreos y/o terrestres para los tramos comprendidos desde la Argentina hacia el país de donde se desarrollará el proyecto, y viceversa. Los beneficiarios deberán conservar los comprobantes del pasaje (aéreo y/o terrestre) y presentarlos junto al informe personal de actividades realizadas en un plazo no mayor a los quince (15) días de la fecha de su regreso. En el marco de los Acuerdos de Cooperación, el Ministerio cubrirá las erogaciones vinculadas a la alimentación, movilidad, materiales y hospedaje de los beneficiarios argentinos en el exterior.

Los seleccionados deberán contar con un seguro médico de cobertura internacional, el cual deberán mantener vigente hasta finalizar su estadía en el exterior, y se harán cargo de las tasas de aeropuerto que pudieran corresponder. Una vez finalizado el intercambio o actividad, el Ministerio de Cultura de la Nación podrá convocar a los beneficiarios para realizar actividades de transferencia de las experiencias y conocimientos adquiridos en el exterior.







MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

PROGRAMA BECAR CULTURA - CONVOCATORIA 2016





e. 01/07/2016 N° 46154/16 v. 01/07/2016