Resolución 306/2016
Bs. As., 29/06/2016
VISTO el Expediente CUDAP N° 3888/2016 del registro del MINISTERIO DE
CULTURA y la Resolución M.C. N° 201 de fecha 24 de mayo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución mencionada en el Visto, se creó en el ámbito de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COOPERACIÓN CULTURAL de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN
FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, el PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA
FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA (BECAR CULTURA), y se
aprobó el REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES del Programa en cuestión.
Que en el marco del referido programa, se auspicia la implementación de
los MEMORANDOS DE ENTENDIMIENTO PARA EL INTERCAMBIO DE RESIDENCIAS
ARTÍSTICAS suscriptos entre este Ministerio y diversos organismos
gubernamentales extranjeros.
Que las instituciones y organismos gubernamentales, han renovado el
interés de continuar con los intercambios en el marco de los Memorandos
referidos, cuyos alcances y condiciones de participación se encuentran
consignados en cada uno de ellos.
Que para el ejercicio presupuestario en curso, la SECRETARÍA DE
INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, ha previsto
implementar un conjunto de acciones vinculadas con los Convenios
suscriptos por parte del MINISTERIO DE CULTURA, destinados a la
producción de obra de los artistas y profesionales de nuestro país y de
los becarios provenientes del extranjero, instrumentando, además, la
línea de ayudas orientada a estancias cortas y prolongadas, vinculadas
con actividades en foros especializados y/o actividades de formación,
perfeccionamiento e investigación en instituciones del exterior.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo dispuesto por los
Decretos Nros. 101/85 y 392/86, y la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O.
Decreto N° 438/02 y sus modificatorios).
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase la Convocatoria 2016 correspondiente al
PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN
ARTÍSTICA (BECAR CULTURA), creado por Resolución MC N° 201 de fecha 24
de mayo de 2016.
ARTÍCULO 2° — Apruébanse las Bases y Condiciones de Participación de la
Convocatoria, el Formulario de Inscripción, la Planilla de Evaluación y
el modelo de la Nota de Aceptación, que como Anexo I forman parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3° — Desígnase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COOPERACIÓN CULTURAL
de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL,
como Autoridad de Aplicación e Implementación del PROGRAMA DE
COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA
(BECAR CULTURA).
ARTÍCULO 4° — Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL la implementación de los MEMORANDOS DE ENTENDIMIENTO PARA
EL INTERCAMBIO DE RESIDENCIAS ARTÍSTICAS, oportunamente suscriptos
entre este Ministerio y los diversos organismos gubernamentales
extranjeros.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Lic. ALEJANDRO PABLO
AVELLUTO, Ministro de Cultura.
ANEXO I
MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA
BECAR CULTURA
CONVOCATORIA 2016
Con la finalidad de contribuir al desarrollo profesional, individual y
colectivo, y al fortalecimiento de las instituciones vinculadas a la
producción artística y cultural, el Ministerio de Cultura de la
República Argentina, a través de la Secretaría de Integración Federal y
Cooperación Internacional, ofrece a los Artistas, Investigadores,
Especialistas y Profesionales de la Cultura las posibilidades y
condiciones adecuadas para realizar proyectos específicos en otro país,
propiciando el enriquecimiento de la obra y la trayectoria artística,
el diálogo entre pares, el conocimiento de otros lenguajes y
oportunidades que aporten a la formación, la investigación y al
desarrollo artístico y cultural de nuestro país.
En este sentido, el BECAR CULTURA aparece con el propósito de brindar
estancias de intercambio, que se consignan en el presente llamado,
cuyos costos de viaje, alojamiento y manutención serán cubiertos por el
Ministerio de Cultura de la República Argentina y su contraparte.
Como así también, se contempla el otorgamiento de pasajes aéreos, en
concepto de ayudas, a quienes hayan sido admitidos, invitados o becados
por instituciones o foros especializados del exterior para realizar
actividades de formación y/o perfeccionamiento o de exposición y
socialización de conocimientos y experiencias.
Así, el Programa ofrece dos (2) grandes líneas de apoyo:
1) Ayudas, que a su vez comprende,
a) Estancias cortas: |
Foros internacionales relevantes para su especialidad
Requisito: Aceptación de ponencia y/o trabajo |
b) Estancias prolongadas: |
Instituciones especializadas. Actividades de Formación
Requisito: Admisión, Invitación o Beca. |
2) Becas de Intercambio,
Orientada a la realización de proyectos específicos en el marco de los
Convenios o Acuerdos de Intercambio y Cooperación Cultural, firmados
por el Ministerio de Cultura de la República Argentina.
Disciplinas: gestión cultural, literatura, conservación y preservación
de patrimonio material e inmaterial, artes audiovisuales y
multimediales, artes electrónicas, artes visuales, artes escénicas,
artes musicales y sonoras, artesanías, arquitectura, diseño, cultura
digital, entre otras.
El MINISTERIO DE CULTURA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA se hará cargo del
traslado desde la ciudad de origen a la ciudad de destino y ofrecerá,
en el marco de los Convenios, exclusivamente; alojamiento y un
estipendio para alimentación, transporte local y materiales. Un Jurado
especializado tendrá a su cargo la selección de los ganadores.
Por la sola postulación de proyectos, el postulante acepta el contenido
de las Bases Generales de Participación y del Reglamento del Programa
de Cooperación para la Formación, Investigación y Creación Artística,
BECAR CULTURA (en adelante, las “Bases”).
BASES GENERALES DE PARTICIPACIÓN
REQUISITOS PARA LA POSTULACIÓN
1. Ser ciudadano argentino nativo o naturalizado o extranjero con más de cinco (5) años de residencia permanente en el país.
2. Presentar un proyecto específico de trabajo o plan de actividades de
formación y/o perfeccionamiento o aceptación de ponencia que podrá
realizar durante su estancia en el exterior.
3. Acreditar experiencia en la disciplina artística o campo disciplinar en el que postule.
4. Presentar el formato de solicitud, la documentación y los anexos requeridos de acuerdo a las Bases.
RESTRICCIONES Y PARTICULARIDADES
5. La convocatoria está dirigida sólo a artistas, investigadores,
profesionales y especialistas individuales. No se aceptarán solicitudes
de grupos o colectivos artísticos.
6. No podrán participar quienes hayan sido beneficiarios en los últimos
dos (2) años en cualquiera de las convocatorias anteriores del
Programa, y/o del Programa antecesor, Programa de Becas y Ayudas,
oportunamente aprobado por Resolución SC N° 496/05.
7. Quedan excluidos de esta Convocatoria los funcionarios y el personal
de planta permanente y contratado que se desempeña en la Secretaría de
Integración Federal y Cooperación Internacional y/o sus áreas
dependientes.
8. No podrán postularse las personas que al momento de la Convocatoria
gocen de una beca o ayuda dentro de cualquier convocatoria y/o programa
de ayudas del MINISTERIO DE CULTURA.
9. No serán tomadas en cuenta las solicitudes de aquellos que hubieran
resultado beneficiarios de algún programa de beca, ayuda y/o asistencia
económica del MINISTERIO DE CULTURA, que no hubieran cumplido
cabalmente con los compromisos adquiridos en virtud de tal beneficio,
en los plazos estipulados y según la reglamentación aplicable a cada
caso.
10. El solicitante sólo podrá presentarse a una (1) convocatoria de las
organizadas anualmente por la Dirección Nacional de Cooperación
Internacional, a través del Programa BECAR CULTURA.
PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
11. La selección de los beneficiarios en el marco de las Becas de
Intercambio se realizará de común acuerdo entre el MINISTERIO DE
CULTURA DE LA NACIÓN a través de la Secretaría de Integración Federal y
Cooperación Internacional, la Dirección Nacional Cooperación
Internacional y la contraparte internacional que haya suscripto el
Acuerdo. Ambas instancias contemplarán la intervención de jurados
especializados en cada una de las disciplinas.
12. Los procedimientos de evaluación y selección, se llevarán a cabo en tres fases.
En la primera fase, el Programa BECAR CULTURA, dependiente de la
Dirección Nacional de Cooperación Internacional, realizará una revisión
técnico-administrativa, que consiste en verificar que las postulaciones
inscritas durante los plazos estipulados cumplan con la documentación y
los anexos establecidos en las presentes Bases Generales de
Participación. Las solicitudes que no cuenten con dichos requisitos en
esta fase serán descalificadas automáticamente.
13. Las fases segunda y tercera las realizará un Jurado de selección
integrado por especialistas en cada una de las disciplinas comprendidas
en la convocatoria. Este Jurado evaluará todas las postulaciones y los
Informes Finales presentados por los seleccionados serán recibidos y
considerados por las autoridades de la Dirección Nacional y el equipo
técnico del Programa BECAR.
14. En la segunda fase el Jurado efectuará una revisión técnica de las
postulaciones enviadas por los participantes. Se verificará que cumplan
con las siguientes condiciones:
a) Proyecto específico. Aceptación de ponencia o trabajo. Plan de
actividades de formación y/o perfeccionamiento bien definido, cuya
aplicabilidad se encuentre garantizada.
b) Curriculum que respalde la postulación presentada.
c) Material de apoyo suficiente que sustente y refleje su trayectoria artística, académica y/o profesional del solicitante.
15. Las postulaciones que a juicio del Jurado no cumplan las condiciones anteriores quedarán fuera del proceso de selección.
16. La tercera fase, exclusivamente para las Becas de Intercambio, será
cuando el Jurado nacional realice la preselección de los proyectos a
ser presentados al país contraparte para la selección final, tomando en
cuenta los siguientes criterios:
a) La trayectoria del solicitante. Vínculos entre los estudios y/o
trabajos realizados por el postulante y el proyecto o plan de
actividades propuesto.
b) La calidad de la propuesta presentada. Calificación del valor
artístico y académico y de la pertinencia del proyecto a desarrollar.
Claridad y consistencia del objetivo del proyecto, su fundamentación y
descripción.
c) Lo viable, propositivo y significativo del proyecto. Relevancia y
trascendencia de la propuesta en el ámbito profesional del postulante,
público de la disciplina, de las artes en general y del quehacer
cultural y social a nivel nacional, regional o local.
17. Los miembros del Jurado tendrán la facultad de considerar aquellos
criterios que de manera adicional a los contemplados en la
convocatoria, enriquezcan la evaluación y permitan realizar una mejor
selección de las postulaciones presentadas, quedando asentados en el
acta de dictaminación respectiva.
18. Las decisiones tomadas en la tercera fase serán inapelables.
19. El Jurado nacional podrá declarar desierta toda o parte de la convocatoria, por motivos fundados.
20. Para las Becas de Intercambio, exclusivamente, un jurado designado
por la contraparte efectuará la selección final los proyectos. La
selección final que haga el Jurado será fundada y su decisión será
inapelable.
Este jurado podrá declarar asimismo desierto todo o parte de la
convocatoria por motivos fundados, no estando obligado el MINISTERIO DE
CULTURA a indemnizar a las personas que hayan concursado.
RESULTADOS Y CONDICIONES DE LOS APOYOS
21. Los resultados del concurso serán publicados en la página web www.cultura.gob.ar
22. Una vez publicados los resultados, la Dirección Nacional de
Cooperación Internacional notificará a los titulares cuyos proyectos
y/o postulaciones resultaren seleccionados.
23. Sin perjuicio de que por la sola postulación del proyecto, el
postulante haya aceptado el contenido de las Bases Generales de
Participación y del Reglamento del Programa de Cooperación para la
Formación, Investigación y Creación Artística, BECAR CULTURA, los
seleccionados deberán enviar a la Dirección Nacional de Cooperación
Internacional una nota ratificando la aceptación de las condiciones y
disposiciones de las Bases.
24. La SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
proporcionará los pasajes correspondientes al traslado desde la ciudad
de origen a la ciudad de destino o su equivalente en pesos argentinos y
un estipendio destinado a cubrir los gastos de alojamiento,
alimentación, movilidad y materiales, en caso de requerirlo. Asimismo
colaborará conjuntamente con el Ministerio de Cultura u organismo
equivalente contraparte, para que las condiciones de espacio de trabajo
y de residencia sean óptimas para el desarrollo de la estancia.
25. Los beneficiarios deberán asumir los gastos de las tasas de
aeropuerto y de la contratación de un seguro médico con cobertura
internacional para su estancia en el exterior, el cual será su
exclusiva responsabilidad y deberán mantener vigente durante tal
período.
26. Se deja expresa constancia que los montos asignados para la
realización de las residencias no cubren honorarios de técnicos,
asistentes, familiares o acompañantes ni otros gastos adicionales, por
lo que no serán atendibles solicitudes de fondos adicionales a los ya
establecidos entre las instituciones convocantes y organizadoras de
este Programa.
27. Los artistas, investigadores, profesionales o técnicos
seleccionados deberán contemplar actividades de transferencias en
nuestro país, tales como conferencias, clínicas, seminarios,
presentaciones, talleres u otras manifestaciones relativas a su obra,
que además podrá ofrecer durante su estancia en el exterior.
28. Durante su estancia en el exterior, los beneficiarios no podrán
percibir salarios, remuneración o contraprestación alguna por concepto
de cursos impartidos, conferencias y ponencias, ni por ningún otro
trabajo cultural o artístico, o por investigaciones de carácter
similar; tampoco podrán desempeñar una actividad remunerada distinta a
la establecida en su programa de trabajo, sin previa autorización de
las autoridades competentes.
29. Los seleccionados deberán entregar un Informe Final a la Dirección
Nacional de Cooperación Internacional de las actividades vinculadas al
proyecto específico, anexando material fotográfico, grabaciones de
audio, video, textos impresos, u otro, como resultado del trabajo
realizado durante la estancia. Dicho informe deberá ser entregado a los
quince (15) días de su regreso.
30. La Dirección Nacional de Cooperación Internacional, a través del
Programa BECAR CULTURA, se reserva el derecho de publicar una breve
reseña de los contenidos de los proyectos, prácticas y experiencias
seleccionados a los fines de difundir a la comunidad esta convocatoria,
sin que ello genere derecho a compensación alguna en favor del artista
o investigador involucrado.
31. En caso de incumplimiento por parte del artista de los objetivos
previstos en el proyecto, estancia o foro en base al cual se hubiera
realizado la adjudicación del beneficio, se establecerán las sanciones
administrativas y judiciales a que se sujetarán los responsables, según
la normativa vigente.
DOCUMENTACIÓN
32. Todos los documentos y anexos de la postulación deberán respetar el
formulario y los campos de aplicación disponibles en el sitio web del
Ministerio.
33. Documentos obligatorios:
• Fotocopia del documento de identidad.
• Fotocopia del pasaporte (si fuera seleccionado).
• Currículum Vitae actualizado y con una extensión máxima de cuatro (4)
carillas tamaño Carta o A4, que detalle los antecedentes académicos y
profesionales del postulante, trayectoria artística, reconocimientos
nacionales y/o internacionales en el área que participa.
• Proyecto a desarrollar, incluyendo objetivos, plan de trabajo y resultados previstos. Extensión máxima 6 carillas.
• Anexos documentales, visuales y/o audiovisuales que sean pertinentes
para acreditar la competencia del postulante en la disciplina en la que
presenta el proyecto.
• Constancia de seguro médico con cobertura internacional (si fuera seleccionado).
Los documentos que a continuación se detallan son opcionales, por lo
que quedará a consideración del solicitante incluirlos; sin embargo,
pueden ser útiles durante los procedimientos de evaluación y selección:
Copias de reseñas o notas críticas publicadas en torno a su obra.
Información relativa a contactos establecidos con artistas,
asociaciones o instituciones culturales del otro país. Especifique
nombres y datos de localización.
INFORMACIÓN GENERAL
34. La fecha de inscripción se extiende hasta las 24 hs del día 31 de julio de 2016.
Los beneficiarios deberán, en caso de resultar necesario, presentarse
en la oficina del Programa BECAR, sita en calle Alsina 465, 2° piso,
(C1087AAE), Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
35. Las aceptaciones a las becas y ayudas deben entregarse personalmente o enviarse por correo postal a:
Ministerio de Cultura de la Nación
Secretaría de Integración Federal y Cooperación Internacional
Dirección Nacional de Cooperación Internacional
BECAR CULTURA
Alsina 465, 2° piso, (C1087AAE) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
36. No se aceptará ningún trámite enviado por fax o correo electrónico.
37. El formato de solicitud y las Bases y Condiciones de esta
convocatoria se podrán obtener a través de la página web del Ministerio
de Cultura de la Nación; www.cultura.gob.ar.
38. Para obtener mayor información, el interesado podrá comunicarse por correo electrónico a becasyayudas@cultura.gob.ar
39. Los casos no previstos en la presente Convocatoria serán resueltos
de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente del MINISTERIO DE
CULTURA DE LA NACIÓN.
MINISTERIO DE CULTURA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Becar Cultura
• Línea de Ayudas_________________
• Becas de Intercambio_____________
• Foros / Congresos_______________
Nombre y Apellido:______________________________________________________________________________________
Disciplina /Foro:________________________________________________________________________
Artes Visuales, Artes Electrónicas, Medios Audiovisuales, Cultura
Digital, Música, Danza, Teatro, Literatura, Artesanías, Gestión
Cultural, Conservación del Patrimonio, Investigación en Arquitectura,
Diseño, otras.
Cierre de la inscripción: 31 de julio de 2016 |
Objetivos y condiciones:
La presente Convocatoria contempla la realización de actividades
formativas y de perfeccionamiento en instituciones especializadas del
exterior y el desarrollo de proyectos específicos en el marco de los
Acuerdos de Intercambio y Cooperación Cultural firmados por el
Ministerio de Cultura de la Nación.
A estos efectos se presentan dos líneas de apoyo:
1) Ayudas: se contemplan estancias cortas de tres (3) días mínimo y
estancias prolongadas de hasta un (1) año máximo para la realización de
actividades de disertación, formación, perfeccionamiento e
investigación.
a) Estancias cortas: Orientada a los investigadores en artes y
especialistas en desarrollo e innovación cultural que hayan obtenido
aceptación de ponencia y/o trabajo en foros relevantes para su
especialidad.
b) Estancias prolongadas: Dirigida a quienes hayan recibido admisión,
beca o invitación de institución especializada del exterior para la
realización de actividades de formación, perfeccionamiento e
investigación.
Otorgamiento: pasajes aéreos
2) Becas de Intercambio: Se apoyará la realización de un proyecto
artístico específico que dé cuenta de una investigación previa en el
medio local al que se postula. Las estancias o períodos de permanencia
en el país de destino se encuentran sujetos a los alcances de cada
Acuerdo de Intercambio que forman parte de la presente Convocatoria. En
este sentido los postulantes deberán consignar las instancias
institucionales o individuales que puedan contribuir al desarrollo de
su proyecto.
El Ministerio de Cultura de la Nación entregará los pasajes aéreos y/o
terrestres para los tramos comprendidos desde la Argentina hacia el
país de donde se desarrollará el proyecto, y viceversa. Los
beneficiarios deberán conservar los comprobantes del pasaje (aéreo y/o
terrestre) y presentarlos junto al informe personal de actividades
realizadas en un plazo no mayor a los quince (15) días de la fecha de
su regreso. En el marco de los Acuerdos de Cooperación, el Ministerio
cubrirá las erogaciones vinculadas a la alimentación, movilidad,
materiales y hospedaje de los beneficiarios argentinos en el exterior.
Los seleccionados deberán contar con un seguro médico de cobertura
internacional, el cual deberán mantener vigente hasta finalizar su
estadía en el exterior, y se harán cargo de las tasas de aeropuerto que
pudieran corresponder. Una vez finalizado el intercambio o actividad,
el Ministerio de Cultura de la Nación podrá convocar a los
beneficiarios para realizar actividades de transferencia de las
experiencias y conocimientos adquiridos en el exterior.
MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
PROGRAMA BECAR CULTURA - CONVOCATORIA 2016
e. 01/07/2016 N° 46154/16 v. 01/07/2016