Resolución 1103/2016Bs. As., 09/06/2016
VISTOla Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001) y sus modificatorias, el
Decreto N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y la Resolución INCAA N°
1027 de fecha 1° de junio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que
atento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto N° 1536/2002, es
facultad de la máxima autoridad del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES, determinar su propia estructura así como la designación
y asignación de funciones de su personal.
Que mediante la
Resolución INCAA N° 1027 de fecha 1° de junio de 2016, se aprobó la
nueva estructura organizacional del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES.
Que en función de las competencias asignadas al
organismo por la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001) vinculadas a
la promoción del fomento y la regulación de la actividad
cinematográfica y de las artes audiovisuales, resulta necesario
readecuar las unidades de segundo nivel operativo.
Que en esta
instancia, corresponde dotar a la Gerencia de Asuntos Jurídicos de una
mayor eficiencia en el cumplimiento de sus objetivos, los que resultan
inherentes al funcionamiento del organismo.
Que para el
cumplimiento de los objetivos referidos, resulta conveniente la
creación de la Subgerencia de Asuntos Jurídicos dependiente de la
Gerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES.
Que el Doctor D. Enrique CARRIZO reúne los
requisitos de idoneidad, capacidad y experiencia necesarias para el
cargo de Subgerente de Asuntos Jurídicos.
Que la Gerencia de
Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
ha tomado la intervención de su competencia.
Que la facultad
para la aprobación de la presente medida se encuentra prevista en el
artículo 3° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y los Decretos N° 1536/02 y
N° 175/16.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO
1° — Créase la Subgerencia de Asuntos Jurídicos dependiente de la
Gerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES, con las responsabilidades y acciones que se detallan en
el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO
2° — Desígnase transitoriamente a partir del día 6 de junio de 2016, y
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, al Doctor D. Enrique
CARRIZO (DNI N° 28.421.033) Nivel A Grado 4 con Función Ejecutiva Nivel
2 del Convenio Colectivo Sectorial homologado por el Decreto N° 1032 de
fecha 3 de agosto de 2009, en el cargo de Subgerente de Asuntos
Jurídicos de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
ARTÍCULO 3° — Regístrese,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial, y archívese. — ALEJANDRO CACETTA, Presidente, Instituto
Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO
GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS
SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir
a la Gerencia en el asesoramiento jurídico del INSTITUTO en todos los
actos, a fin de asegurar la defensa en las acciones y su encuadramiento
en las normativas vigentes.
ACCIONES
- Asistir al Gerente
de Asuntos Jurídicos en el asesoramiento y asistencia jurídica a las
autoridades del organismo, como servicio jurídico permanente.
-
Asistir al Gerente de Asuntos Jurídicos en el dictamen de los proyectos
de resolución que se encuentren a consideración de las autoridades del
INSTITUTO.
- Intervenir en el control de legalidad de los actos
y decisiones del organismo que sean sometidos a consulta de la GERENCIA
DE ASUNTOS JURÍDICOS.
- Asistir al Gerente de Asuntos Jurídicos
en la intervención del análisis técnico-jurídico de los proyectos de
resolución elaborados en el organismo, previamente a su dictado.
- Llevar el Registro de Dictámenes y Providencias de la Gerencia.
- Intervenir en la defensa del organismo ante los Tribunales Judiciales y ante las autoridades públicas que lo requieran.
-
Intervenir en la representación y patrocinio de los reclamos y trámites
contenciosos, así como en las acciones judiciales en las cuales el
organismo sea parte o tenga un interés legítimo para actuar.
-
Intervenir en las acciones tendientes a recuperar créditos concedidos
por el INSTITUTO cuando sus beneficiarios hubieran incurrido en mora.
-
Intervenir en la sustanciación de recursos, reclamaciones y denuncias
administrativas, así como en la contestación de oficios judiciales.
e. 15/06/2016 N° 41096/16 v. 15/06/2016