MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 313/2016

Bs. As., 27/05/2016

VISTOel Expediente N° 1.704.399/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente N° 1.704.399/15 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la empresa GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado a fojas 59, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el Acuerdo de fojas 2 del Expediente N° 1.704.399/15, los agentes negociadores convienen un incremento del importe en concepto de BONIFICACIÓN GAS, bajo los términos y lineamientos allí expuestos.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se ha dado cumplimiento con los recaudos prescriptos por el artículo 17 de la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES por el sector sindical, y la empresa GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANÓNIMA, que luce a foja 2 del Expediente N° 1.704.399/15, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente N° 1.704.399/15.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.704.399/15

Buenos Aires, 01 de junio de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 313/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 341/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

SUMINISTRO DE GAS

En la ciudad de Buenos Aires a los 11 días del mes de noviembre de 2015, se reúnen por una parte los señores Omar Payero y Mariano Guaglianone, en representación de GAS NATURAL BAN, S.A., en adelante denominada “La Empresa” y por la otra los señores y por la otra los señores, Gabriel Yasky, Oscar Mangone y Pablo Blanco en representación del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Gas Natural, Capital y Gran Buenos Aires, en adelante denominado “STIGAS”, quienes acuerdan la firma del presente en los términos que se exponen seguidamente:

PRIMERO: De acuerdo a lo estipulado en los artículos 1° y 7° del acta suscripta entre las partes signatarias el día 22 de agosto de 2005, el valor correspondiente al consumo de 1.500 m3 de gas natural o su equivalente en gas licuado, sería ajustado en aquellos casos en que la Autoridad de Aplicación —ENARGAS— autorizara una revisión de tarifa para esta licenciataria en la misma proporción y respetando el tope de metros cúbicos indicados.

SEGUNDO: Que mediante Resolución N° I 3350 del 5 de junio del corriente, el ENARGAS aprobó cuadros tarifarios para el área de Gas Natural BAN, S.A. que reflejan los cambios verificados en la tarifa de transporte. Que en consecuencia, se estima conducente ajustar el importe en concepto de BONIFICACION GAS en función del Anexo I c de la citada Resolución, considerando también del cargo Decreto N° 2067/2008 con el Subsidio al Consumo previsto en la Resolución ENARGAS N° 1982/2011 y los demás conceptos que integran las facturas, excluidas las tasas municipales. La BONIFICACION GAS para los colaboradores será la siguiente: $232,55 mensuales, a partir de junio de 2015.

TERCERO: Las partes ratifican el acta suscripta el 22 de agosto de 2005 en todo aquello que no sea de modificación mediante el presente instrumento.

CUARTO: Las partes convienen en solicitar la homologación del presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

En prueba de conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.