Resolución 307/2016
Bs. As., 30/06/2016
VISTO el Decreto N° 357/2002, modificado por su similar N° 35/2016, la
Decisión Administrativa N° 213/16, y el expediente N° 3595/16 del
registro del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N° 35/2016, se modificó el organigrama de la
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, aprobado por Decreto N° 357/02,
creándose la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, y la SUBSECRETARIA DE
ECONOMÍA CREATIVA, en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA.
Que, entre las competencias asignadas a la SECRETARIA DE CULTURA Y
CREATIVIDAD, se encuentra la de “...entender en la planificación de
políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el
sector privado y organizaciones de la sociedad civil...”.
Que la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA tiene entre sus objetivos,
“...entender, diseñar, coordinar y gestionar políticas que promuevan la
producción e intercambio de conocimiento científico en temas
relacionados a la cultura, generando innovación en este campo...”,
entre otros.
Que, a través de la Decisión Administrativa N° 213/16, se creó la
DIRECCION NACIONAL DE EMPRENDEDORISMO CULTURAL, en el ámbito de la
SUBSECRETARIA antes mencionada.
Que la citada DIRECCION NACIONAL, tiene como responsabilidad primaria
“desplegar acciones directas e indirectas que faciliten herramientas de
gestión cultural, promoviendo el desarrollo de proyectos culturales
sustentables”.
Que, con el objeto de potenciar el sector de las industrias culturales
en el ámbito regional, construir corredores comerciales, promover el
asociativismo de las cadenas de valor, y generar complementariedad en
la participación en ferias, festivales y mercados internacionales,
entre otros aspectos; se creó el MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL
SUR —MICSUR—; que propone un espacio amplio para el intercambio de
productos de las industrias culturales de América del Sur. El encuentro
regional tiene por objetivo conocer la oferta y las características del
consumo, y también motorizar acuerdos de venta y comercialización de
bienes y servicios culturales.
Que en 2014 se realizó la primera edición del MICSUR, en la Ciudad de
Mar del Plata, propiciando un espacio de integración regional,
promoviendo el intercambio real de acciones que potenciaron la
circulación de bienes y servicios culturales al interior de los países,
entre la región y con otros territorios del mundo.
Que el Mercado de Industrias Culturales del Sur —MICSUR— tiene por
objetivo crear y consolidar una plataforma para el conocimiento,
difusión, promoción, circulación y comercialización de bienes y
servicios generados por las industrias culturales y creativas de la
región.
Que el MICSUR es un encuentro bienal, que reúne a productores
culturales de diez países del cono sur; Argentina, Brasil, Chile,
Uruguay, Perú, Paraguay, Bolivia, Venezuela, Ecuador y Colombia,
reuniendo seis sectores de las industrias culturales -audiovisual,
editorial, música, artes escénicas, videojuegos y diseño.
Que en el mes de febrero de este año, se realizó la IV Reunión
Ejecutiva del MICSUR 2016, donde se establecieron las pautas para la
participación en la próxima reunión del MICSUR, a realizarse en la
Ciudad de Bogotá, en el mes de octubre.
Que, en ese ámbito, se acordó la inscripción para participar en el
encuentro, a través de un formulario online, al que se podía acceder
mediante la registración en la plataforma web, desde el 1 de abril,
quedando la fecha de cierre a criterio de cada país.
Que, a los efectos de lograr una equitativa presencia de los estados
participantes, se resolvió que las delegaciones de cada uno de ellos,
estarían integradas por sesenta (60) productores en total, divididos en
diez (10) por sector —siete oferentes y tres demandantes—.
Que, dada la repercusión suscitada por la convocatoria, el interés
demostrado por participar del evento, la dimensión de las propuestas
recibidas, y habiéndose superado ampliamente las expectativas
relacionadas con la cantidad de inscriptos, se considera oportuno un
procedimiento transparente de selección para integrar la delegación
Argentina, que tenga en cuenta la calidad y el carácter innovador, y al
mismo tiempo, refleje el talento y la vocación de cada uno de los
postulantes.
Que, con ese objetivo, resulta oportuno conformar un Comité de
Selección para cada una de las especialidades involucradas, que
evaluará las propuestas presentadas, emitiendo dictamen fundado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta con fundamento en las facultades
delegadas por el Decreto N° 392/86, en lo establecido mediante Decreto
N° 357/02 y sus modificatorios; la Decisión Administrativa 213/16 y en
el marco de los objetivos asignados a esta cartera ministerial por la
ley N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la integración del Comité de Selección, para la
conformación de la delegación argentina a la Segunda Edición del
MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR —MICSUR— a realizarse en la
Ciudad de Bogotá, Colombia entre el 14 y 17 de octubre del corriente
año; y los criterios de ponderación, conforme el anexo I que forma
parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2° — La SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA, de la SECRETARIA
DE CULTURA Y CREATIVIDAD, será la autoridad de aplicación e
interpretación de las pautas establecidas en el Anexo I, que integra la
presente medida.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, DESE A LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL PARA SU PUBLICACIÓN, y, cumplido, archívese. — Lic.
ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro de Cultura.
ANEXO I
MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR 2016
BOGOTA - COLOMBIA
CONFORMACION DEL COMITÉ DE SELECCIÓN.
La selección de los postulantes para concurrir a MICSUR 2016, estará a
cargo de un Comité especial para cada una de las industrias creativas
representadas en el evento.
Cada Comité estará compuesto por cinco (5) miembros de acuerdo con el
siguiente detalle: un (1) funcionario del Ministerio de Cultura con
rango no inferior a Director Nacional y competencias vinculadas; un (1)
representante especialista de la industria creativa específica
proveniente del ámbito privado; un (1) miembro de la organización,
cámara o ente rector representativo de la industria creativa
específica; un (1) periodista especializado en la materia con
reconocida trayectoria y un (1) representante del área académica
respectiva con antecedentes comprobables en docencia e investigación.
La autoridad de aplicación designada en los términos del artículo 2° de
esta Resolución, se encuentra facultada para designar a los miembros de
cada Comité de Selección —respetando la integración establecida en el
párrafo precedente— y para aprobar la selección efectuada por los
Comité de Selección que actúen en cada categoría, ajustando su proceder
a los criterios que aquí se establecen.
CRITERIOS DE SELECCIÓN.
Se seleccionarán sesenta (60) productores en total, divididos en diez
(10) por sector —siete oferentes y tres demandantes—, de modo que no
quede ningún sector sin representación. Las presentaciones que se
encuentren completas, serán evaluadas ponderando los siguientes
parámetros:
• Calidad de la propuesta según el material provisto en el formulario,
portafolio, material gráfico y audiovisual que se desprende de los
links y la claridad conceptual.
• Trayectoria y experiencia previa en intercambios comerciales con el
exterior y participación en ferias y mercados internacionales.
• Capacidad de exportación.
• Representatividad de la propuesta, proyectos que impliquen
asociatividad de algún tipo, cámaras, asociaciones, clústers,
consorcios de exportación; alianzas temporales concretadas
especialmente para MICSUR, asegurando una amplia participación de
empresas, productores, emprendimientos.
• Representación federal, propiciando la participación de la mayor cantidad de provincias dentro de la delegación nacional.
• Disponibilidad efectiva para atender las solicitudes de apoyo de
pasajes y alojamiento en los casos en los que se haya dejado asentado
en los formularios de inscripción.
• Diversidad en representación de sub sectores, dentro de cada categoría y/o sector de las industrias culturales convocadas.
• Capacidad de asociación y producción de proyectos en conjunto.
• Aptitud e idoneidad para generar y fortalecer el intercambio
comercial de bienes y servicios dentro de la región, se tendrán en
cuenta aquellas presentaciones que cumplan doble rol
(comprador-vendedor).
PERIODO DE EVALUACIÓN. RESULTADOS. COMPROMISOS.
Los Comités de Selección evaluarán las presentaciones, de acuerdo con
los factores de ponderación expuestos, a partir del 20 de junio de
2016. Se labrará un acta por categoría, con la fundamentación de la
decisión que se adopte.
Esta decisión será inapelable, no existiendo instancias recursivas y/o revisoras de ninguna índole.
El Ministerio de Cultura de la Nación dará a conocer el resultado de la
selección, a partir del día 8 de Julio de 2016, mediante su publicación
en la página web micsur.cultura.gob.ar.
Dentro de los 10 días siguientes a la publicación los resultados, los
postulantes seleccionados para asistir a MICSUR 2016, deberán presentar
y/o enviar copia certificada de toda la documentación respaldatoria de
los datos ingresados en la etapa de inscripción.
En ese marco, deberán presentar:
Personas Jurídicas:
1. Resolución o acto de otorgamiento de la personería jurídica, acta de
constitución, estatuto actualizado de la entidad, y última designación
de autoridades extraída del libro de actas debidamente rubricado.
(Copias certificadas)
2. Copia del DNI del o los representante/s legal/es de la entidad de
acuerdo a su naturaleza jurídica, (bifaz en el caso de DNI tarjeta o
tres primeras hojas en el caso de DNI libreta) rubricado por su titular.
3. Constancia de inscripción ante la AFIP. Rubricada por el representante legal de la entidad.
Personas Físicas.
1. Copia del DNI (bifaz en el caso de DNI tarjeta o tres primeras hojas en el caso de DNI libreta) rubricado por su titular.
2. Constancia de CUIT rubricada por su titular.
3. Constancia de inscripción ante la AFIP rubricada por su titular.
Asimismo, en todos los casos, deberán presentar carta compromiso
asumiendo todos los gastos de traslado hasta la sede del evento y
alojamiento en la sede (en los casos en que no hayan solicitado o no
posean el otorgamiento de ese beneficio), así como traslados internos y
gastos de manutención durante la estadía en todos los casos. Deberán
presentar también todas las cartas de intención, informes y
autorizaciones establecidos en el apartado “compromiso de los
ganadores” del documento digital de convocatoria. La referida
obligación será cumplimentada en Av. Alvear N° 1690 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, sede del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION,
Dirección de Mesa de Entradas.
El adecuado cumplimiento de este requisito, así como la asistencia a
todas las instancias de capacitación dispuestas por la autoridad de
aplicación de la presente medida, serán condición necesaria para la
efectiva participación de los postulantes seleccionados en MICSUR 2016.
e. 04/07/2016 N° 46670/16 v. 04/07/2016