MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 24/2016

Mendoza, 29/06/2016

VISTO el Expediente N° S93:0004882/2016 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos N° 14.878, las Resoluciones Nros. C.71 de fecha 24 de enero de 1992 y C.12 de fecha 11 de abril de 2003, los datos estadísticos obtenidos durante el Control Cosecha y Elaboración 2016, referidos al tenor azucarino de las uvas elaboradas en las zonas de Origen de Buenos Aires, Entre Ríos y San Luis, siendo esta última zona a establecimiento con jurisdicción de Delegación San Martín, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la legislación vigente, compete al INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), el control técnico de la producción, la industria y el comercio vitivinícola, por lo cual se encuentra facultado para establecer los límites normales de la composición de los vinos.

Que el Punto 1°, Inciso 1.1, apartado a) de la Resolución N° C.71 de fecha 24 de enero de 1992, establece que el INV determinará el grado alcohólico mínimo para el expendio de los productos allí definidos, en cumplimiento de la obligación impuesta por la Ley General de Vinos N° 14.878.

Que la determinación del grado alcohólico real de las cosechas anuales para los vinos que se han de comercializar en el mercado interno, es una norma técnica que se utiliza como parámetro para ordenar y coadyuvar a las tareas de fiscalización.

Que los diversos microclimas existentes en las referidas zonas determinan apreciables diferencias en la graduación alcohólica de los productos elaborados en los diferentes establecimientos.

Que las características de comercialización de estas zonas, determinan un mercado de traslado prácticamente inexistente, envasando cada uno de ellos los productos de su elaboración.

Que lo expuesto precedentemente aconseja determinar el grado alcohólico 2016 por bodega, unificado con los volúmenes de vinos remanentes de la cosecha 2015 y anteriores.

Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Organismo ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto N° 155/16,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fíjanse los límites mínimos de tenor alcohólico real para los Vinos, elaboración 2016 unificados con remanentes de elaboración 2015 y anteriores, que se liberen al consumo por los establecimientos ubicados en las zonas de Origen Buenos Aires, Entre Ríos y San Luis, siendo esta última zona a un establecimiento con jurisdicción de Delegación San Martín de este Organismo, conforme los Anexo I y II, respectivamente que se adjunta como parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — Considérase grado alcohólico real, el contenido como tal en el vino, determinado mediante método oficial, sin tener en cuenta el alcohol potencial del probable contenido de azúcares reductores en el producto, remanentes de su fermentación.

ARTÍCULO 3° — Los análisis de Libre Circulación requeridos a partir de la fecha de la presente medida, deberán reunir los requisitos establecidos en los citados Anexos. Los análisis correspondientes a vinos 2015 y anteriores, caducarán automáticamente a los TREINTA (30) días corridos de la fecha de la presente, sin que ello de lugar al reintegro de los aranceles analíticos equivalentes a los volúmenes no despachados, excepto aquellos cuyo vino base posea el grado establecido en los Anexos de la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — Ing. Agr. CARLOS RAÚL TIZIO MAYER, Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.

ANEXO I A LA RESOLUCIÓN N° C.24/16

GRADO ALCOHÓLICO 2016 - ZONA DE ORIGEN: BUENOS AIRES



VINO
INSCRIPCIÓN RAZÓN SOCIAL GRADO ALCOHÓLICO
BLANCO TINTO ROSADO
R70000 GRUPO PEÑAFLOR S.A. 11,90 12,80 0,00
R70002 MARCENAC JORGE LUIS 0,00 13,50 0,00
R74002 VIÑEDOS MEDANOS S.A. 0,00 13,20 12,50
R74014 RESERVA NATURAL CERRO COLORADO S.A. 0,00 12,60 0,00
R74026 BODEGA SALDUNGARAY S.A. 12,00 12,80 12,30

ANEXO II A LA RESOLUCIÓN N° C.24/16

GRADO ALCOHÓLICO 2016 - ZONA DE ORIGEN: ENTRE RIOS



VINO
INSCRIPCIÓN RAZÓN SOCIAL GRADO ALCOHÓLICO
BLANCO TINTO ROSADO
T70000 BORDERIO S.A. 0,00 13,00 0,00
T70067 VULLIEZ JESUS CARLOS 12,80 12,50 12,60

GRADO ALCOHÓLICO 2016 - ZONA DE ORIGEN: SAN LUIS JURISDICCIÓN

DELEGACIÓN SAN MARTÍN



VINO
INSCRIPCIÓN RAZÓN SOCIAL GRADO ALCOHÓLICO
BLANCO TINTO ROSADO
D70019 PAYNE S.A. 12,10 13,10 13,40

e. 05/07/2016 N° 46310/16 v. 05/07/2016