ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 117/2016
Bs. As., 29/06/2016
VISTO el Convenio suscripto entre la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES y la Provincia del Chaco el día 27 de junio de 2016, cuyas
actuaciones han recaído en el Expediente N° 11420/2011, y
CONSIDERANDO:
Que dicho Convenio tiene por objeto acordar los términos para la
entrega y recepción de la posesión de las tierras que integran el
Parque Nacional “El Impenetrable” que le fuera otorgada a la Provincia
del Chaco mediante sentencia de fecha 18 de noviembre de 2015 en la
causa caratulada “PROVINCIA DEL CHACO C/LUIS Y MANUEL ROSEO
(FALLECIDOS) Y/O SUS HEREDEROS S/EXPROPIACIÓN” (Expte. N° 515/13).
Que respecto al dominio de los inmuebles que conforman el área
protegida en cuestión, de acuerdo a las previsiones de la Ley N°
26.996, el mismo quedará perfeccionado una vez finalizado el juicio por
expropiación en trámite dispuesto por la Ley Provincial N° 6.928.
Que con la suscripción del Convenio la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES se compromete a efectuar la mensura y amojonamiento del
territorio expropiado por la provincia, ejecutando la construcción de
alambrados perimetrales necesarios en función de los límites del Parque
Nacional.
Que asimismo, en el Convenio suscripto, las partes expresan la
intención de coordinar acciones conjuntas de control y vigilancia del
territorio circundante al Parque Nacional, las que serán definidas a
través de Actas Acuerdo complementarias.
Que resulta pertinente el dictado del correspondiente acto
administrativo ratificando la firma del Convenio efectuada por el señor
Vicepresidente del Directorio, en representación de esta Administración.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia mediante Dictamen N° 59.483.
Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso f) y k) de la Ley N° 22.351.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Ratifícase el Convenio entre la Provincia del Chaco y
esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, que fuera suscripto por el
Vicepresidente del Organismo el día 27 de junio del corriente año, el
cual forma parte de la presente como Anexo I.
ARTÍCULO 2° — Tomen conocimiento la Unidad de Auditoría Interna, las
Direcciones Nacionales de Interior, de Asuntos Jurídicos, y de
Conservación de Áreas Protegidas.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese. — EUGENIO I. BREARD, Presidente del Directorio. — EMILIANO
EZCURRA, Vicepresidente del Directorio. — ROBERTO M. BREA, Vocal del
Directorio. — MARIANO F. GRONDONA, Vocal del Directorio. — PABLO F.
GALLI VILLAFAÑE, Vocal del Directorio.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 11/07/2016 N° 47364/16 v. 11/07/2016
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)