ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 4636/2016

Bs. As., 28/06/2016

VISTO el Expediente N° 3.970/2010, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que en fecha 19 de diciembre de 2000 se publicó en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA la Ley N° 25.367 estableciendo el Sistema de Emergencias Coordinadas.

Que la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, en su calidad de Autoridad de Aplicación del Plan Fundamental de Numeración Nacional mediante la Resolución N° 1 de fecha 10 de enero de 2005, de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, asignó el código 911, para la prestación del denominado “Servicio de Emergencias 911”.

Que el Artículo 2° del citado acto administrativo, dispuso que el servicio instrumentado podría ser requerido por los gobiernos provinciales.

Que asimismo, el Artículo 4° de esa Resolución, dispone que dicha norma será aplicable en el ámbito de las provincias que hayan adherido a la Ley Nacional N° 25.367.

Que en ese contexto, el MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO - DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMUNICACIONES - de la PROVINCIA DE SANTA FE solicitó autorización para el uso del Código de Servicios Especiales 911, con el objeto de prestar el denominado “Servicio de Emergencias 911”.

Que la adhesión de la provincia de Santa Fe a la Ley Nacional N° 25.367, se concretó mediante el dictado de la Ley Provincial N° 12.268, promulgada el 20 de mayo de 2004 y publicada el 25 de junio de 2004.

Que es facultad de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, administrar los recursos del Plan Fundamental de Numeración Nacional, aprobado como Anexo I de la Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997, de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad de asignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase al GOBIERNO de la PROVINCIA DE SANTA FE a utilizar el Código de Servicios Especiales 911 para la prestación del denominado “Servicio de Emergencias 911”, en el marco de la Resolución N° 1 de fecha 10 de enero de 2005 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 11/07/2016 N° 47650/16 v. 11/07/2016