MINISTERIO DE TRANSPORTE

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 86/2016

Bs. As., 04/04/2016

VISTO: El Expediente N° S02:0003299/2009 del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las leyes N° 24.449, 26.363, el Decreto 1716/08 y normativa reglamentaria, la Disposición ANSV N° 104/09 y la Disposición N° 26/11.

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, por Decreto 13/15 se encuentra bajo la órbita del actual MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que el artículo 4° de la Ley N° 26.363 establece las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, entre las cuales se encuentran la de coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de las políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro en todo el territorio nacional y crear un modelo único de acta de infracción, disponiendo los procedimientos de emisión, entrega, carga y digitalización así como el seguimiento de las mismas hasta el efectivo juzgamiento, condena, absolución o pago voluntario. (Conf. Artículo 4° incisos a) y m) Ley N° 26.363).

Que el Acta Única de Infracción a ser utilizada en todas las jurisdicciones del país, se conformará y operará en el marco de lo previsto en el Sistema Nacional de Administración de Infracciones (S.I.N.A.I.), según lo previsto en el Anexo I del Decreto 1716/08.

Que el Artículo 4° inc. M) del ANEXO I de la reglamentación de la Ley 26.363, establece como misión de esta AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, el diseño de un modelo único de Acta de Infracción, cuyas características se enuncian en el mismo.

Que mediante la Disposición ANSV N° 104/09 se aprobaron los modelos de Acta Única de Infracción como así también la BOLETA DE CITACIÓN DEL INCULPADO, siendo modificada mediante Disposición ANSV N° 26/11 a fin de mejorar la calidad de la información recopilada al momento de la constatación de las infracciones que se labren en forma manual, como así también por el uso de sistemas, equipos y/o dispositivos automáticos o semiautomáticos.

Que atento encontrarse desactualizadas las modificaciones efectuadas mediante la Disposición ANSV N° 26/11, en razón de nuevas necesidades detectadas, es menester proceder a su reforma.

Que la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO, la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE INFRACCIONES, la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS, de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, han tomado la intervención de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 7° inciso a), b) y j) de la Ley N° 26.363, Anexo I del Decreto N° 1716/08 y Normas Reglamentarias y complementarias.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébese las modificaciones al Modelo de Acta Única de Infracción Manual que como Anexo I, forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese. — CARLOS A. PEREZ, Director Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio de Transporte.

ANEXO I



e. 12/07/2016 N° 47979/16 v. 12/07/2016