ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Decreto 844/2016
Prorróganse designaciones de Interventor y Subinterventor.
Bs. As., 12/07/2016
VISTO la Ley N° 24.076 y los Decretos Nros. 571 de fecha 21 de mayo de
2007, 1646 de fecha 14 de noviembre de 2007, 953 de fecha 17 de junio
de 2008, 2138 de fecha 11 de diciembre de 2008, 616 de fecha 26 de mayo
de 2009, 1874 de fecha 26 de noviembre de 2009, 1038 de fecha 20 de
julio de 2010, 1688 de fecha 18 de noviembre de 2010, 692 de fecha 6 de
junio de 2011, 262 de fecha 22 de febrero de 2012, 946 de fecha 21 de
junio de 2012, 2686 de fecha 27 de diciembre de 2012, 1524 de fecha 3
de octubre de 2013, 222 de fecha 26 de febrero de 2014, 2704 de fecha
30 de diciembre de 2014, 1392 de fecha 20 de julio de 2015, 164 de
fecha 13 de enero de 2016 y 287 de fecha 1° de febrero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.076 creó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS),
Organismo Autárquico que tiene como objeto la regulación y
fiscalización de los servicios públicos de transporte y distribución de
gas por redes, velando por la seguridad, calidad y eficiencia de dicha
prestación.
Que mediante el Decreto N° 571 de fecha 21 de mayo de 2007 se dispuso
la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) por el
plazo, prorrogable, de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.
Que el artículo 4° del mencionado decreto estableció diversas tareas sobre las que el Interventor debía informar.
Que mediante el dictado de los Decretos Nros. 1646/07, 953/08, 2138/08,
616/09, 1874/09, 1038/10, 1688/10, 692/11, 262/12, 946/12, 2686/12,
1524/13, 222/14, 2704/14, 1392/15, 164/16 y 287/16, se ha prorrogado
por sucesivos plazos de CIENTO OCHENTA (180) días corridos la
intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS).
Que por el Decreto N° 164 de fecha 13 de enero de 2016 se designó como
Interventor por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días al señor David
José TEZANOS GONZALEZ (M.I. N° 13.566.050) y por el Decreto N° 287 de
fecha 1° de febrero de 2016, se designó como Subinterventor al
Ingeniero Metalúrgico D. Daniel Alberto PERRONE (M.I. N° 6.082.065).
Que corresponde regularizar el funcionamiento del Ente designando a los
miembros del Directorio conforme lo establece el artículo 54 de la Ley
N° 24.076 y su Decreto Reglamentario N° 1738/92 y sus modificatorios.
Que a tal fin, se debe instruir al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA a
llevar a cabo los actos necesarios para que se desarrolle el proceso de
selección de los integrantes del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR
DEL GAS (ENARGAS).
Que resulta necesario prorrogar la intervención hasta que se complete
el proceso de selección y designación del Directorio del ENTE NACIONAL
REGULADOR DEL GAS (ENARGAS).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — Prorrógase la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR
DEL GAS (ENARGAS), organismo autárquico del MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA que fuera dispuesta por el Decreto N° 571 de fecha 21 de mayo
de 2007, hasta que se designe a los miembros del Directorio que
resulten elegidos como resultado de la aplicación del artículo 54 de la
Ley N° 24.076 y su reglamentación aprobada por el Decreto N° 1.738 de
fecha 18 de septiembre de 1992 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 2° — Prorrógase la designación del actual Interventor del ENTE
NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo autárquico del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, señor David José TEZANOS GONZALEZ
(M.I. N° 13.566.050).
ARTÍCULO 3° — Prorrógase la designación del actual Subinterventor del
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo autárquico del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, Ingeniero Metalúrgico D. Daniel
Alberto PERRONE (M.I. N° 6.082.065).
ARTÍCULO 4° — Instrúyese al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA a realizar
los actos necesarios para llevar adelante el proceso de selección de
los integrantes del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
(ENARGAS), en los términos del artículo 54 de la Ley N° 24.076 y su
reglamentación aprobada por el Decreto N° 1.738 de fecha 18 de
septiembre de 1992 y sus modificatorios y a elevar dentro del plazo de
CIENTO VEINTE (120) días corridos, las propuestas de designación para
la totalidad de los cargos.
ARTÍCULO 5° — Establécese que el escalonamiento de los mandatos de los
directores a designarse se regirá por las disposiciones del Decreto N°
2400 de fecha 15 de diciembre de 1992.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Juan J. Aranguren.