ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Decisión Administrativa 682/2016

Apruébase estructura.

Bs. As., 14/07/2016

VISTO el Expediente N° 2832/16 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el Decreto N° 267 del 29 de diciembre de 2015, el Decreto N° 223 del 19 de enero de 2016 y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 267/15 se creó como ente autárquico y descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, el que actúa, en dicha jurisdicción, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 26.522 y N° 27.078 y sus normas modificatorias y reglamentarias, con plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado.

Que la norma citada precedentemente, asimismo, disolvió de pleno derecho la AUTORIDAD FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (AFSCA) y el CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL creados por la Ley N° 26.522 y la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES (AFTIC) y el CONSEJO FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN, determinando, en su artículo 26, que el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES es continuador, a todos los efectos legales, de las instancias organizativas disueltas.

Que el artículo 5° del citado Decreto establece que la conducción y administración del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES será ejercida por un Directorio, integrado por UN (1) Presidente, TRES (3) Directores nombrados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y TRES (3) Directores propuestos por la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN, los que serán seleccionados por ésta a propuesta de los bloques parlamentarios, correspondiendo UNO (1) a la mayoría o primera minoría, UNO (1) a la segunda minoría y UNO (1) a la tercera minoría parlamentaria.

Que la conformación del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, como continuador de dos organismos reguladores que le antecedieron, implica planificar el funcionamiento del mismo desde una visión integral y unificada, para lo cual resulta procedente aprobar la estructura organizativa y funcional de primer nivel operativo.

Que el artículo 27 del Decreto 267/15 establece que constituido el organismo en los términos allí previstos, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES remitirá al PODER EJECUTIVO NACIONAL, para su aprobación, el proyecto de estructura organizativa y funcional.

Que por el Decreto N° 223, del 19 de enero de 2016, se sustituyó el inciso 29 del artículo 16 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorios, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a aprobar las estructuras organizativas correspondientes al primer nivel operativo.

Que en virtud de ello, corresponde en esta instancia, la aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo del organismo.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente de la Jurisdicción expidiéndose favorablemente.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARIA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 16, inciso 29, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, de acuerdo al Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos I (IF-2016-36052-APN-SSC#MCO) y II (IF-2016-00168271-APN-SSC#MCO), forman parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

ARTÍCULO 2º — Deróganse del Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, según el detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2016-36098-APN-SSC#MCO) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Facúltase al titular del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.

ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Entidad 207 - ENACOM.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Oscar R. Aguad.

ANEXO I



ANEXO II

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desarrollar y verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno que garantice el cumplimiento de la eficacia, eficiencia y economía de la gestión presupuestaria y administrativa del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

ACCIONES:

1. Establecer la planificación y elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

2. Evaluar y asesorar en el cumplimiento de planes y metas, recomendando la corrección de los mismos, cuando se produzcan desvíos.

3. Evaluar el desarrollo de los procesos y sistemas, recomendando la actualización y/o adecuación de los circuitos en uso.

4. Controlar el cumplimiento de los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente con relación a los ingresos y egresos.

5. Emitir opinión sobre los Estados Contables del Organismo.

6. Controlar la eficiencia, eficacia y legalidad de las acciones operativas llevadas a cabo por el Organismo.

7. Producir informes periódicos sobre las auditorías practicadas y comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN acerca de los desvíos que se detecten, con las recomendaciones y/o las observaciones que se formulen en cuanto a los cursos de acción a seguir.

8. Efectuar el seguimiento de los expedientes auditados a fin de recomendar las modificaciones pertinentes en la tramitación de las actuaciones administrativas.

9. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

10. Recomendar la implementación de los indicadores que permitan determinar la evolución económica, financiera y de gestión del organismo.

11. Asesorar en la implementación y actualización de los manuales de procedimientos del Organismo, tanto en cuanto a su eficacia y eficiencia, como en los aspectos relativos al control interno.

12. Controlar las medidas de resguardo adoptadas para la salvaguarda de los activos del Organismo.

DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS INFORMÁTICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en el análisis, formulación, implementación, actualización y rediseño de los sistemas, procesos y procedimientos internos, con el propósito de sistematizar informáticamente la gestión del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

ACCIONES:

1. Asistir a las autoridades del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, en el diseño e implementación de proyectos que incorporen sistemas informáticos en la gestión.

2. Elaborar un plan de sistemas identificando objetivos estratégicos del organismo y los medios para alcanzarlos.

3. Entender en el análisis, diseño y adecuación de los procesos del Organismo, aplicando criterios de eficacia y eficiencia mediante la sistematización informática de los mismos.

4. Entender en la implementación de sistemas informáticos de gestión del Organismo.

5. Gestionar el mantenimiento del equipamiento informático del Centro de Cómputos y del usuario final.

6. Asistir a las autoridades en la definición de políticas de desarrollo de sistemas de información.

7. Entender en los procesos de incorporación, implementación, modificación y mantenimiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Organismo.

8. Asistir a las autoridades en la definición y aplicación de metodologías y normas relativas a la seguridad y privacidad de la información de conformidad con la normativa vigente y estándares aplicables en la materia.

9. Intervenir en la estandarización de los procesos relacionados con la gobernabilidad de los proyectos del Organismo, facilitando el uso compartido de recursos, metodologías, herramientas y técnicas de la gestión de los proyectos.

10. Realizar las acciones tendientes a conformar una Unidad de servicios transversal para el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en la formulación, desarrollo y ejecución de las políticas de relaciones institucionales del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y en la difusión de todas las acciones de comunicación que se realicen.

ACCIONES:

1. Asistir en la formulación, desarrollo y ejecución de las políticas de relaciones institucionales del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

2. Promover el intercambio institucional y la generación de instrumentos en las materias de su competencia y de cooperación técnica o de asistencia con instituciones del ámbito nacional e internacional.

3. Asistir a los representantes del Ente que concurran ante los organismos nacionales e internacionales que correspondan y coordinar la difusión de los tratados, acuerdos o convenios que resulten de ello.

4. Organizar y promover concursos, premios y encuentros relacionados con los medios de comunicación audiovisual y las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

5. Coordinar administrativa y funcionalmente el Museo de las Comunicaciones y el Centro de Información Técnica.

6. Entender en materia de protocolo y ceremonial, prensa y difusión, prestando asistencia a los funcionarios del Organismo, y en las relaciones con otras instituciones.

7. Coordinar las relaciones con los distintos Organismos y Organizaciones Internacionales y los procesos de integración en los cuales el país forme parte, en temas de su competencia.

8. Elaborar y coordinar los documentos, propuestas y negociaciones ante los Organismos Internacionales de su competencia, con las demás dependencias intervinientes.

9. Coordinar y mantener las relaciones con las cámaras representativas del sector, con las instituciones académicas y demás organizaciones de la sociedad civil que actúen en áreas de especial interés para el desarrollo de las comunicaciones.

10. Entender en la difusión de las acciones de comunicación que se realicen desde adentro y hacia afuera del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES procurando mantener una estrecha y eficaz relación con los medios de comunicación.

11. Asistir a las autoridades del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, en el ámbito de su competencia, en las relaciones con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN A USUARIOS Y DELEGACIONES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en todo lo relativo a la atención de los usuarios, en el asesoramiento acerca de los derechos y obligaciones que los asisten, resolución de reclamos y procesos sancionatorios que a su respecto se inicien, según la normativa vigente; como así también en la coordinación de políticas, programas y acciones en las delegaciones que el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES tiene a nivel nacional.

ACCIONES:

1. Receptar, analizar, impulsar, instruir y resolver las denuncias y reclamos de los usuarios de servicios, evaluando el incumplimiento a la normativa vigente y aplicando las sanciones que correspondieran.

2. Coordinar el funcionamiento de las Delegaciones del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

3. Intervenir en la elaboración y modificación de normas y procedimientos que impliquen la defensa de los derechos de los usuarios y efectuar la difusión de las mismas, en coordinación con las áreas competentes.

4. Impulsar la creación o modificación de mecanismos para una mejora en la atención al usuario.

5. Asistir a las Delegaciones en todas las consultas que puedan surgir en cuanto a la gestión de trámites, o a la implementación de las políticas ejecutadas por el Directorio del Organismo.

6. Propender al fortalecimiento de los vínculos institucionales con las organizaciones de la sociedad civil y con el sector empresarial.

7. Coordinar y planificar conjuntamente con las áreas competentes la capacitación del personal de todas las delegaciones del país, en las distintas funciones asignadas.

DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS AUDIOVISUALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Propender al desarrollo de los servicios de comunicación audiovisual, a través de la ponderación de la demanda y formulación de proyectos tendientes a su satisfacción y el seguimiento de sus condiciones de funcionamiento, alentando las medidas que promuevan la diversidad e incorporación de nuevos servicios y prestadores.

ACCIONES

1. Sustanciar los trámites tendientes al acceso a las licencias, por adjudicación o transferencia y de autorizaciones para la explotación de servicios de comunicación audiovisual por personas de derecho público, estatal y no estatal y de derecho privado, con o sin fines de lucro, evaluando las condiciones jurídico-personales, patrimoniales, de programación y técnicas, y el otorgamiento de permisos para transmisiones experimentales.

2. Intervenir en la continuación de los procesos de normalización de los servicios de radiodifusión y en la operatividad y regulación de los permisos precarios y provisorios y emisoras reconocidas.

3. Intervenir en la planificación de los concursos públicos y adjudicación directa de licencias de servicios de comunicación audiovisual, según corresponda, sustanciando las solicitudes de apertura de los procedimientos de selección y elaborando los pliegos de bases y condiciones al efecto.

4. Procurar el cumplimiento de las condiciones de instalación y funcionamiento derivadas del acto administrativo de autorización o licencia y de la normativa vigente, hasta la habilitación definitiva de los servicios, y sustanciar los trámites de modificación de aquéllas.

5. Sustanciar los trámites vinculados a los plazos de las licencias y sus prórrogas.

6. Gestionar la declaración de ilegalidad de los servicios de comunicación audiovisual que carecen de títulos que legitimen su operatividad.

7. Sustanciar las denuncias formuladas contra los servicios ilegales y las que refieran a cuestiones vinculadas a las condiciones de prestación de los servicios licenciatarios, autorizados y permisionarios.

8. Intervenir en la elaboración de las normas técnicas de los servicios de comunicación audiovisual y sus modificaciones, procurando su permanente actualización.

9. Entender en la confección, modificación y actualización de los planes nacionales de frecuencias de los servicios de comunicación audiovisual, satisfaciendo las reservas previstas en el artículo 89 de la Ley N° 26.522 e interviniendo en las asignaciones de parámetros técnicos; y en el Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digital.

10. Evaluar los servicios conexos y facilidades adicionales para impulsar el desarrollo de la sociedad de la Información y la inclusión de las personas con discapacidad.

11. Organizar y supervisar la fiscalización y el control de contenidos de las emisiones de los servicios de comunicación audiovisual de todo el país.

12. Intervenir en lo relativo al marco regulatorio aplicable a los procesos de adecuación de los licenciatarios a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, supervisando los procedimientos y acciones relativas a dichos procesos de adecuación y transferencias.

13. Intervenir en los sumarios administrativos iniciados por infracciones al régimen de los servicios de comunicación audiovisual.

14. Intervenir en la planificación estratégica de los servicios de televisión satelital directa al hogar y de televisión digital terrestre.

15. Gestionar los Registros Públicos de Licencias y Autorizaciones, de Señales y Productoras y de Agencias de Publicidad y Productoras Publicitarias.

16. Asistir en la administración general del INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la planificación, dirección y control de los servicios administrativo-financieros, de los recursos humanos y en el mantenimiento y suministro de los recursos físicos y tecnológicos del organismo.

ACCIONES:

1. Administrar los fondos y efectuar el registro contable vinculado con la gestión económica, financiera y patrimonial.

2. Administrar la gestión de cobranzas de las tasas, derechos, multas y aranceles previstos por la legislación vigente.

3. Asistir a las Direcciones Generales y Nacionales y al Directorio en la planificación y confección del Plan Anual de Compras del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

4. Elaborar y elevar el presupuesto de cada ejercicio, sus modificaciones y ajustes.

5. Efectuar la recepción, registro, comunicación y notificación de los actos administrativos de todas las dependencias del organismo e intervenir en la tramitación de la documentación administrativa que ingresa al organismo y la que el mismo genera.

6. Coordinar la guarda y archivo de la documentación del Organismo.

7. Efectuar la gestión de compras y locaciones de bienes y servicios necesarios para el funcionamiento y cumplimiento de los objetivos del Organismo.

8. Planificar y ejecutar el mantenimiento de la infraestructura edilicia y de los bienes del Organismo.

9. Gestionar programas de Seguridad e Higiene, Medicina Laboral y de Medio Ambiente que contribuyan a asegurar la salud ocupacional de los trabajadores.

10. Ejecutar la liquidación de sueldos y beneficios del personal.

11. Entender en la gestión de la administración de los Recursos Humanos del Organismo.

DIRECCIÓN NACIONAL DE FOMENTO Y DESARROLLO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la elaboración, implementación y monitoreo de proyectos y/o programas de Tecnologías de la Información y la Comunicación y servicios audiovisuales, tendientes a fomentar el desarrollo, y acceso universal del servicio.

ACCIONES:

1. Promover planes y programas destinados a la universalización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y servicios audiovisuales al desarrollo de economías regionales, al acceso a las mismas en condiciones sociales y geográficas equitativas y de calidad, a la neutralidad de las redes y al desarrollo sustentable.

2. Entender en los programas a implementar para alcanzar el objetivo del Servicio Universal.

3. Entender en la actualización de los reglamentos de Servicio Universal, FOMECA y cualquier otro plan de políticas públicas que permita universalizar los Servicios Audiovisuales y las Tecnologías de la Información y la Comunicación para facilitar el acceso a la información y el conocimiento, especialmente donde exista desigualdad en el acceso y uso de los recursos.

4. Asistir en la implementación de políticas públicas y programas de cobertura universal, cobertura social y continuidad de la prestación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, especialmente en zonas de baja densidad demográfica y/o alta vulnerabilidad social.

5. Entender en la implementación de los convenios celebrados con otros organismos del Estado y del sector privado y organismos no gubernamentales, que posibiliten la promoción y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación vinculados al Servicio Universal y al despliegue de las redes de telecomunicaciones.

6. Coordinar y supervisar la ejecución de los Programas y Planes, que de alguna forma se relacionen con los servicios de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y Servicios Audiovisuales que sean específicamente colocados bajo la órbita del Ente Nacional de Comunicaciones.

7. Proponer medidas de relevamiento, monitoreo y confección de informes relacionados con los proyectos especiales de comunicación audiovisual y servicios de comunicación audiovisual comunitarios, de frontera y de los pueblos originarios.

8. Controlar las rendiciones de los fondos ejecutados correspondientes a los proyectos bajo su competencia.

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Prestar asesoramiento e intervenir en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, en materia regulatoria, como así también, ejercer la representación del Estado Nacional en todos aquellos procesos judiciales en los que deba intervenir el Organismo.

ACCIONES:

1. Entender y asesorar en todos los aspectos de carácter jurídico de competencia del organismo, elaborando los dictámenes que correspondieren para las distintas dependencias del organismo.

2. Ejercer el patrocinio y asesoramiento jurídico del organismo y su representación, tanto en sede judicial como administrativa.

3. Intervenir y asistir en la elaboración, análisis y diseño de anteproyectos de legislación general, regulaciones e instrumentación normativa de políticas públicas del sector y en el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias.

4. Intervenir en los procesos destinados al otorgamiento y/o transferencias y/o caducidades de los permisos, licencias y autorizaciones para prestar servicios de comunicación audiovisual y las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

5. Intervenir en los procedimientos destinados a la adjudicación, otorgamiento, modificación, transferencias, inscripción o caducidad de licencias para prestar servicios de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), verificando en cada caso el cumplimiento de las condiciones legales vigentes.

6. Asistir en la elaboración, aprobación y modificación de los planes técnicos fundamentales de numeración y señalización.

7. Administrar la registración de acuerdos entre licenciatarios de acceso e interconexión.

8. Asistir en la redacción, análisis y evaluación de las propuestas presentadas en el marco de los llamados a Concursos y/o Subastas Públicas para la autorización del uso de bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico para la prestación de servicios de telecomunicaciones.

9. Intervenir en el procedimiento de atribución de bandas de frecuencias verificando que se cumpla con la normativa establecida para la gestión del espectro radioeléctrico.

10. Asistir en la elaboración de las normas legales y reglamentarias e instrumentos jurídicos que recepten los nuevos avances tecnológicos para el sector y promover su perfeccionamiento mediante la realización de los estudios vinculados con su especialidad.

11. Analizar y efectuar propuestas relativas a proyectos normativos originados o destinados a otras jurisdicciones y que sirvan a los propósitos de regulación, promoción, desarrollo e incentivo en temas de competencia específica del Organismo.

12. Sustanciar los procedimientos de ejecución fiscal por falta de pago de tasas, intereses, multas y demás adicionales establecidos en los diferentes servicios.

13. Asistir en la instrucción de los sumarios administrativos disciplinarios.

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMPETENCIA EN REDES Y SERVICIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en materia de competencia, prevención y desaliento de prácticas monopólicas, conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso de posición dominante en el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en coordinación con las áreas competentes.

ACCIONES:

1. Recopilar, procesar y analizar información estadística del sector de las Tecnologías de la Información y la Comunicación para la elaboración de indicadores, estudios, proyecciones e investigaciones, a nivel nacional e internacional.

2. Asistir a las áreas competentes en el dictado de normas que promuevan y estimulen la competencia, así como en la prevención y desaliento de las prácticas monopólicas, las conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso de posición dominante.

3. Asistir en la implementación de políticas de inversiones en materia de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como en el cumplimiento de los planes de obras e inversiones.

4. Participar en la determinación de actores con poder significativo de mercado y en la declaración de la existencia o inexistencia de condiciones de competencia efectiva en el sector de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y, en su caso, en la extinción de las obligaciones que, eventualmente, le fueran impuestas a tales actores.

5. Intervenir en el planeamiento económico de la convergencia en materia de costos, tarifas y precios de Interconexión de redes.

6. Intervenir en materia de precios regulados y desregulados y/o tarifas de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

7. Colaborar en la fiscalización y control de la correcta aplicación y facturación de las tarifas y/o precios y/o promociones, así como en sus modificaciones y efectuando comparaciones internacionales.

8. Intervenir en los controles contables y de costos de las licenciatarias de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

9. Entender en el análisis de las Ofertas de Interconexión de Referencia y en la resolución de los conflictos que se susciten por acceso e interconexión o para la modificación del acuerdo, ya sea de oficio o a pedido de parte.

10. Asistir en la elaboración y/o modificación de la normativa inherente a tasas, derechos y aportes al Fondo del Servicio Universal, en materia de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

11. Intervenir en el otorgamiento de las licencias y registros para la prestación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la fiscalización del cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, financieras, legales y de calidad establecidas para la prestación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, conforme los alcances de sus licencias; como así también en el procedimiento sancionatorio por incumplimiento a la normativa vigente en materia de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, que expresamente no estén asignadas a otra dependencia.

ACCIONES:

1. Planificar las tareas de control y fiscalización a los prestadores de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

2. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de información y pago, derivadas de la normativa inherente a tasas, derechos, aportes al Fondo del Servicio Universal y cualquier otra que en el futuro se dicte para las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

3. Asistir en la fiscalización del comportamiento técnico y operativo de los prestadores de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, a efectos de constatar que los servicios se brindan en condiciones de generalidad, uniformidad, regularidad, continuidad y de acuerdo con los niveles de calidad según los estándares fijados por la normativa vigente.

4. Analizar, impulsar e instruir los procesos sancionatorios a los prestadores de las Tecnologías de la Información y la Comunicación por incumplimientos a la normativa vigente.

5. Entender en el dictado de medidas cautelares en el procedimiento sancionatorio.

6. Fiscalizar el cumplimiento de los plazos legales establecidos para el inicio de prestación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

7. Realizar la recepción, detección y propuesta de soluciones a las interrupciones o deficiencias en la prestación de los servicios.

8. Controlar la correcta aplicación y facturación de las tarifas y/o precios y/o promociones de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

9. Entender en la realización de los controles contables y de costos a los prestadores de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

10. Asistir en la resolución de los conflictos en materia de Interconexión.

11. Entender en la clausura o secuestro de instalaciones radioeléctricas no autorizadas o en infracción, incluyendo las de radiodifusión, con el concurso del poder judicial y la fuerza pública.

12. Entender en la comprobación del cumplimiento de las normas relacionadas con el uso del espectro radioeléctrico, y las condiciones técnicas y operativas particulares de cada estación radioeléctrica autorizada.

13. Entender en la realización de inspecciones técnicas a estaciones radioeléctricas para verificar los protocolos de autorización cuando corresponda.

14. Coordinar administrativa y operativamente el Sistema Nacional de Comprobaciones Técnicas de Emisiones.

15. Fiscalizar las tareas de instalación y mantenimiento de los equipos radioeléctricos y sistemas asociados, que conforman el Sistema Nacional de Comprobación Técnica de Emisiones en la Jurisdicción territorial asignada.

16. Entender en la medición de los parámetros técnicos cuyo objeto sea investigar el medio de propagación tendiente a optimizar la planificación del uso del espectro radioeléctrico.

17. Entender en la instrumentación de sistemas de medición de Radiaciones No Ionizantes y fiscalizar el cumplimiento por parte de las licenciatarias de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, de las limitaciones de emisión que se impongan.

18. Planificar, supervisar y ejecutar las tareas de control y fiscalización a los prestadores de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en las distintas provincias a través del personal existente en las delegaciones.

DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y CONVERGENCIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en la administración, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones y la prestación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

ACCIONES:

1. Asistir en la administración del espectro radioeléctrico y resolver sobre el cambio o rescate de bandas de frecuencia, promoviendo la prestación competitiva de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, dando estricto cumplimiento a la normativa aplicable en la materia.

2. Entender en las tareas de mantenimiento del registro de frecuencias y notificación de asignaciones ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones para los servicios terrenales.

3. Colaborar en la elaboración de normas técnicas relacionadas con la homologación, codificación o autorización de equipos.

4. Intervenir en el análisis de los aspectos técnicos y regulatorios relacionados con la Interconexión de las redes, la convergencia y la determinación de los costos de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

5. Asistir en la elaboración de los Planes Fundamentales Nacionales de Telecomunicaciones.

6. Entender en los estudios pertinentes y proponer y asistir a las autoridades en todo lo relacionado con la gestión y actualización del “Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias en la República Argentina” o del “Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias de la República Argentina (CABFRA)”, independientemente de la denominación específica que se determinen cada caso.

7. Cooperar en la evaluación y formulación de criterios técnicos y medidas pertinentes para mantener los estándares de calidad y prestación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

8. Efectuar los estudios pertinentes y proponer y asistir a las autoridades en el planeamiento estratégico en materia regulatoria de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

9. Asistir en la elaboración de proyectos relacionados con la incorporación de nuevas tecnologías y servicios para el sector de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, con el objetivo de disminuir la brecha digital, así como en la reglamentación de la normativa técnica y planes técnicos fundamentales para adaptarlos a los cambios tecnológicos que permitan nuevas tecnologías o servicios.

10. Asistir en forma conjunta con la Dirección General de Relaciones Institucionales en la preparación de planes, programas y especificaciones necesarias para la participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en foros nacionales, regionales e internacionales relacionados con temas regulatorios y los vinculados con los aspectos técnicos de las comunicaciones y las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

11. Asistir en la planificación estratégica y administración de recursos técnicos de los servicios de TDA (Televisión Digital Abierta), tanto terrestre como satelital.

12. Intervenir en la elaboración de normas y protocolos relacionados con la convergencia de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

13. Asistir en la gestión de órbitas de satélites y en la disposición de las medidas relativas a la provisión de enlaces satelitales, en el ámbito de su competencia.

14. Asistir en la planificación y desarrollo de políticas públicas que permitan universalizar las Tecnologías de la Información y la Comunicación para facilitar el acceso a la información y el conocimiento, específicamente donde se detecte desigualdad o inequidad en el acceso y uso de los recursos.

DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS TIC

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la tramitación y en el otorgamiento de las autorizaciones, permisos, registros, certificados y habilitaciones para el uso, instalación y puesta en funcionamiento de estaciones radioeléctricas, constitutivas de servicios y/o sistemas de comunicaciones fijas, móviles, terrestres, marítimas, y aeronáuticas que utilizan el espectro electromagnético excepto los de radiodifusión.

ACCIONES:

1. Intervenir en la asignación de frecuencias, el otorgamiento de los distintivos de llamada y en el establecimiento de los parámetros técnicos correspondientes a los que deberán ajustarse los servicios y sistemas radioeléctricos de acuerdo con las normas vigentes.

2. Gestionar las acciones relacionadas con las autorizaciones, certificados, habilitaciones y/o permisos correspondientes para la instalación y puesta en funcionamiento de estaciones radioeléctricas que hacen al uso del espectro electromagnético.

3. Entender en los procedimientos técnicos y reglamentarios de autorización, registro, coordinación nacional e internacional, y notificación internacional de estaciones terrenas y en las cuestiones vinculadas con el uso del espectro radioeléctrico.

4. Entender en los procesos para el otorgamiento de autorizaciones, permisos, habilitaciones y asignaciones de frecuencias de los servicios y sistemas radioeléctricos, excepto radiodifusión.

5. Entender en los procesos para el otorgamiento de los Certificados de Operadores de Telecomunicaciones y las Licencias del Servicio General de Radioaficionados.

6. Entender en la homologación y certificación de equipos de telecomunicaciones que hacen uso del espectro electromagnético.

7. Entender en los procesos correspondientes a la inscripción de las personas físicas o jurídicas que fabrican y/o comercializan equipos de telecomunicaciones en el RAMATEL.

8. Entender en las tramitaciones correspondientes a la asignación de los recursos de numeración y señalización.

9. Entender en todos los aspectos relacionados con las asignaciones de frecuencias y fijación de las distintas características técnicas, para el funcionamiento de los sistemas y/o servicios de radiocomunicaciones, excepto los de radiodifusión, para un uso eficiente del espectro radioeléctrico.

10. Entender en el procedimiento para la asignación de los recursos involucrados en el Plan Fundamental de Numeración y Señalización.

11. Gestionar el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones.

DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS POSTALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Controlar el cumplimiento de la normativa vigente en materia postal y telegráfica por parte de los prestadores del mercado postal y telegráfico.

ACCIONES:

1. Administrar el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

2. Entender en todos los trámites relacionados con las obligaciones, inscripciones, autorizaciones y habilitaciones exigidos al Correo Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA S.A. y a los Prestadores de Servicios Postales.

3. Entender en la planificación y realización de los controles, operativos, inspecciones y demás funciones de Policía Postal, fiscalizando el cumplimiento efectivo de la normativa vigente en la materia.

4. Analizar, impulsar e instruir los procesos sancionatorios a los prestadores de Servicios Postales y Telegráficos por incumplimientos a la normativa vigente y elevar, cuando corresponda, el proyecto de sanción respectivo, en relación con los procesos asignados a su Dirección.

5. Ejecutar las acciones tendientes a prevenir conductas anticompetitivas en el mercado postal y promover su sanción en caso de que se verifiquen.

6. Auditar los servicios prestados por el Correo Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA S.A.

7. Entender en la recepción, trámite y resolución de los reclamos de los usuarios y clientes de Servicios Postales y Telegráficos, y su eventual proceso sancionatorio.

8. Intervenir y colaborar en la elaboración de normas específicas para el control del Correo Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA S.A., la determinación y alcance del servicio postal básico universal, la calidad de sus servicios y demás obligaciones vinculadas a la prestación.

9. Fiscalizar los procedimientos de apertura de envíos caídos en rezago.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º

MINISTERIO DE COMUNICACIONES

DEROGACIONES

Unidad organizativa Nivel
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Dirección Nacional de Planeamiento y Desarrollo I
Dirección Nacional de Gestión, Administración y Desarrollo de Servicios Audiovisuales I
Subdirección Nacional de Gestión II
Subdirección Nacional de Administración II
Subdirección Nacional de Desarrollo de Servicios Audiovisuales II
Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios I
Subdirección General de Asuntos Jurídicos II
Subdirección General de Asuntos Regulatorios II
Dirección Nacional de Relaciones Institucionales y Comunitarias I
Dirección Nacional de Imagen y Comunicación I
Dirección Nacional de Delegaciones I
Dirección Nacional de Supervisión y Evaluación I
Dirección General de Asuntos Legales y Normativa I
Dirección General de Administración, Finanzas y Recursos Humanos I