MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 294/2016

Bs. As., 12/07/2016

VISTO el Expediente N° 141.731/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.549, N° 24.557, la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. Y S.S.), hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.).

Que el artículo 36, apartado 1°, inciso e) de la Ley N° 24.557 establece dentro de las funciones inherentes a la S.R.T., las de dictar su reglamento interno, administrar su patrimonio, y determinar su estructura organizativa.

Que en tal sentido, mediante la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016 se aprobó la actual estructura orgánica funcional del Organismo.

Que la Resolución S.R.T. N° 01/16 asignó a la Subgerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Gerencia de Administración y Finanzas, la acción de “Supervisar la gestión de la información referida a los juicios laborales en curso o finalizados, impulsando el seguimiento de las diferentes etapas.”.

Que la Unidad de Auditoría Interna advirtió la existencia de una superposición de dicha acción con la correspondiente al Departamento de Asuntos Judiciales dependiente de la Subgerencia de Asuntos Jurídicos de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos, el cual según la mencionada resolución, tiene la acción de “Intervenir en los juicios laborales contra el Organismo vinculadas con el personal de la SRT controlando el curso judicial para las previsiones presupuestarias correspondientes y el eventual cumplimiento de las sentencias.”.

Que en función de lo expuesto en los considerandos precedentes, y a fin de definir cabalmente la tarea de las áreas involucradas, se considera pertinente sustituir la acción actualmente asignada a la Subgerencia de Recursos Humanos, y determinar que estará a su cargo “Supervisar la atención y seguimiento de los reclamos laborales individuales o colectivos relativos al personal.”.

Que, con el propósito de ordenar y garantizar el debido proceso en la tramitación de investigaciones administrativas, se considera necesario sustituir la acción de “Participar en la tramitación de actuaciones e investigaciones disciplinarias o sumarios que por denuncia o de oficio sean ordenados por la autoridad competente”, asignada a la Subgerencia de Asuntos Jurídicos en el Anexo II de la Resolución S.R.T. N° 01/16, por la de “Entender en la substanciación de actuaciones e investigaciones disciplinarias o sumarios, que por denuncia o de oficio, sean ordenadas por la autoridad competente.”.

Que en consecuencia de lo expuesto en el considerando anterior, resulta conveniente suprimir la acción de “Intervenir en la tramitación de actuaciones e investigaciones disciplinarias o sumarios que por denuncia o de oficio sean ordenados por la autoridad competente” asignada oportunamente al Departamento de Asuntos Judiciales en el referido Anexo II de la Resolución S.R.T. N° 01/16.

Que la Gerencia General, en cumplimiento de sus funciones, ha propuesto las modificaciones mencionadas en los considerandos precedentes, con el fin de cumplir con los objetivos y políticas específicas, así como también con las funciones derivadas de la normativa vigente.

Que, por otra parte, en orden a cuestiones de celeridad y de dinámica de organización, es pertinente delegar en la Subgerencia de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración y Finanzas, el ejercicio de la facultad de suscribir, renovar y enmendar los contratos a plazo fijo y/o locación de servicios que se celebren.

Que la delegación referida en el considerando precedente encuentra fundamento en lo que dispone el artículo 3° de la Ley N° 19.549.

Que la integridad de las medidas que por este acto se toman permitirán cumplir con lo dispuesto en el artículo 1°, inciso b) de la Ley Nacional N° 19.549 de Procedimientos Administrativos, el cual establece para los trámites que se desarrollan en su ámbito, los principios de celeridad, economía, sencillez y eficacia.

Que la Subgerencia de Planificación, dependiente de la Gerencia Técnica y la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos, han tomado la intervención en orden a sus competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 36, apartado 1°, inciso e) y el artículo 38 de la Ley N° 24.557.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyase la acción de “Supervisar la gestión de la información referida a los juicios laborales en curso o finalizados, impulsando el seguimiento de las diferentes etapas”, asignada a la Subgerencia de Recursos Humanos dependiente de la Gerencia de Administración y Finanzas en el Anexo II de la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 01 de fecha 05 de enero de 2016, por la siguiente: “Supervisar la atención y seguimiento de los reclamos laborales individuales o colectivos relativos al personal”.

ARTÍCULO 2° — Sustitúyase la acción de “Participar en la tramitación de actuaciones e investigaciones disciplinarias o sumarios que por denuncia o de oficio sean ordenados por la autoridad competente”, asignada a la Subgerencia de Asuntos Jurídicos dependiente de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos en el Anexo II de la Resolución S.R.T. N° 01/16, por la siguiente: “Entender en la substanciación de actuaciones e investigaciones disciplinarias o sumarios, que por denuncia o de oficio, sean ordenadas por la autoridad competente”.

ARTÍCULO 3° — Suprímase la acción de “Intervenir en la tramitación de actuaciones e investigaciones disciplinarias o sumarios que por denuncia o de oficio, sean ordenados por la autoridad competente”, asignada al Departamento de Asuntos Judiciales de la Subgerencia de Asuntos Jurídicos de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos en el Anexo II de la Resolución S.R.T. N° 01/16.

ARTÍCULO 4° — Deléguese en la Subgerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Gerencia de Administración y Finanzas, la suscripción, renovación y enmienda de los contratos a plazo fijo y/o locación de servicios que se celebren.

ARTÍCULO 5° — La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cdor. GUSTAVO D. MORÓN, Superintendente de Riesgos del Trabajo.

e. 15/07/2016 N° 49894/16 v. 15/07/2016