Resolución 342/2016
Bs. As., 14/07/2016
VISTO el Decreto N° 357/2002, modificado por su similar N° 35/2016, la
Decisión Administrativa N° 213/16, y el expediente N° 3010/16 del
registro del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N° 35/2016, se modificó el organigrama de la
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, aprobado por Decreto N° 357/02,
creándose la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, y la SUBSECRETARÍA DE
ECONOMÍA CREATIVA, en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN.
Que, entre las competencias asignadas a la SECRETARÍA DE CULTURA Y
CREATIVIDAD, se encuentran las de “Entender, diseñar, coordinar y
gestionar políticas y acciones destinadas a la generación y desarrollo
de industrias vinculadas a la cultura y creatividad tendientes a
impulsar la creación de puestos de trabajo en el sector y proteger su
desarrollo, perfeccionamiento y difusión”; y la coordinación de
acciones tendientes a la “difusión, docencia, experimentación e
investigación en materia cultural”, entre otras de similar tenor.
Que, la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA tiene entre sus objetivos,
los de “promover el desarrollo de las industrias vinculadas con la
cultura y creatividad con sentido inclusivo y federal”; “Impulsar
acciones que faciliten herramientas de gestión cultural, promoviendo el
desarrollo de proyectos culturales sustentables” y el “desarrollo de
actividades económicas asociadas con la cultura, la generación de
empleo sectorial y de los servicios vinculados”, entre otros.
Que, a través de la Decisión Administrativa N° 213/16, se creó la
DIRECCIÓN NACIONAL DE EMPRENDEDORISMO CULTURAL, en el ámbito de la
SUBSECRETARÍA antes mencionada.
Que la citada DIRECCIÓN NACIONAL, tiene entre sus competencias las de
“difundir y conducir políticas referidas al estímulo de la práctica
emprendedora cultural en todo el territorio nacional”; “generar una red
nacional que permita vincular a los emprendedores culturales de todo el
territorio nacional” y “realizar actividades de capacitación,
perfeccionamiento e intercambio, propiciando el relevamiento de
experiencias de gestión que favorezcan el desarrollo cultural
emprendedor”, entre otras.
Que el trabajo realizado por todos los emprendedores culturales del
territorio nacional, resulta fundamental para consolidar el avance de
las industrias creativas, así como la importancia de estas últimas en
la generación de empleo, el aporte al Producto Bruto Interno y el
desarrollo económico en general.
Que, en ese marco, es necesario impulsar la profesionalización del
sector, generando herramientas que potencien la capacidad instalada en
los colectivos de emprendedores para concretar sus proyectos, desde los
primeros lineamientos, a la hora de su formulación, hasta la
implementación práctica y formalización técnica, económica y jurídica,
contribuyendo al carácter sustentable de los mismos.
Que, con ese objetivo, la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA propicia la creación del programa FÁBRICA DE EMPRENDEDORES.
Que, para la consecución de su objeto, el programa FÁBRICA DE
EMPRENDEDORES, contará con cuatro herramientas estratégicas que serán:
el PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL (LA MATERA), el PROGRAMA DE
PERFECCIONAMIENTO FEDERAL (COMUNIDAD EMPRENDEDORA), la RED DE MENTORES,
y el IMPULSO COLECTIVO, de conformidad con los objetivos descriptos en
el anexo de la presente Resolución.
Que en la actualidad, IMPULSO COLECTIVO es un programa de trabajo que
funciona en el marco de lo establecido en la Resolución MC N° 4339/15.
Que en virtud de la identidad de objeto, y teniendo en cuenta las
características del programa aludido, se considera oportuno dejar sin
efecto la citada Resolución, incorporando la herramienta al programa
FÁBRICA DE EMPRENDEDORES, en los términos del anexo que integra la
presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con los objetivos
asignados a esta cartera ministerial por la Ley N° 22.520 (t.o. Decreto
438/92), en el marco de lo establecido por el Decreto N° 357/02 y sus
modificatorios, y la Decisión Administrativa N° 213/16, y en virtud de
las facultades delegadas por el Decreto N° 392/86.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Créase el programa “FÁBRICA DE EMPRENDEDORES” en el
ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE EMPRENDEDORISMO CULTURAL,
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA de la SECRETARÍA
DE CULTURA Y CREATIVIDAD de este MINISTERIO, de conformidad con los
objetivos y herramientas previstas en el anexo I que es parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2° — Déjase sin efecto la Resolución MC N° 4339/15.
ARTÍCULO 3° — La SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA será la autoridad
de aplicación e interpretación del programa, y estará facultada para
dictar las pautas de carácter operativo que resulten necesarias, de
conformidad con lo establecido en el anexo de esta medida, y
procurando, cuando corresponda, el asesoramiento de las áreas técnicas
dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este
MINISTERIO.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, DESE A LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL PARA SU PUBLICACIÓN, y, cumplido, archívese. — Lic.
ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro de Cultura.
ANEXO I
PROGRAMA FABRICA DE EMPRENDEDORES
OBJETIVOS
• Contribuir con la profesionalización de los procesos de trabajo que
atañen a todos los emprendedores culturales del territorio nacional,
generando herramientas de capacitación y mentoreo en todo los niveles
implicados en ese proceso.
• Articular y sistematizar, en colaboración directa con todos los
organismos del Estado Nacional, las herramientas de capacitación.
HERRAMIENTAS.
• Programa de Formación Inicial (La Matera)
Es un instrumento de capacitación destinado a proyectos de nivel
inicial, para los emprendedores de todos los sectores que integran las
Industrias Creativas. Se aspira a que los proyectos iniciales puedan
convertirse en generadores de bienes y servicios culturales. A tal
efecto se dictarán talleres en todo el país, presenciales y virtuales,
que incluyan los ejes prioritarios vinculados a la profesionalización y
sustentabilidad de los proyectos:
1) Identidad y Diseño;
2) Gestión de Aspectos Legales, Contables y Tributarios;
3) Estrategias de Financiamiento y
4) Plan de Negocios Comunicación y Marketing.
Las capacitaciones serán implementadas en todo el territorio nacional,
y a tal efecto, se establecerá una sede en cada una de las regiones del
país. Tendrán carácter gratuito, pero estarán sujetas al cupo máximo
que fije la autoridad de aplicación, con el objeto de garantizar el
desarrollo adecuado de la actividad y el cumplimiento de los objetivos.
Los emprendedores que se postulen para participar en los talleres de LA
MATERA, podrán solicitar, cuando lo necesiten, traslados terrestres y/o
alojamiento en la sede de la capacitación.
La autoridad de aplicación, ejerciendo las facultades contempladas en
el artículo 3° de la presente medida, estará facultada para determinar
los plazos y condiciones de inscripción, y determinar la documentación
del proyecto y los antecedentes que deberán presentar los emprendedores
para ser evaluados cuando la demanda supere el cupo establecido,
asignar las vacantes, y seleccionar las solicitudes de apoyo para el
traslado y/o alojamiento, que serán atendidas, con miras a garantizar
una composición plural, federal, y con representación de todos los
sectores que integran las industrias creativas en cada uno de los
talleres.
• Programa de Perfeccionamiento Federal (Comunidad Emprendedora)
Es un instrumento de capacitación destinado a proyectos de nivel
intermedio para los emprendedores de todos los sectores que integran
las Industrias Creativas. Se aspira a integrar una parte sustancial de
los proyectos iniciales provenientes de LA MATERA.
El Programa Federal de Perfeccionamiento no será estructurado sobre la
base de módulos curriculares, sino a través de actividades específicas
que resulten idóneas para la actualización de procesos; mejoras en las
capacidades internas de los colectivos emprendedores, y estímulo a la
creación de redes entre proyectos ya existentes.
Se pretende amplificar y escalar emprendimientos establecidos, así como
fortalecer los canales de circulación de los bienes, servicios e
información del ecosistema emprendedor de la cultura. Se recurrirá,
entre otros, a los siguientes formatos:
Encuentros motivacionales en formato audivisual.
Son encuentros de carácter público, presenciales o implementados a
través de redes. En cada uno de ellos se trabaja con un dispositivo
audiovisual, en el que los emprendedores resumen su recorrido e
identidad a través de sus proyectos, para favorecer la motivación
colectiva, la asociatividad y el intercambio. Se trabajará con casos
seleccionados por la curaduría del evento.
Conferencias.
Son conferencias especiales de trabajo sobre medios de comunicación,
transmedia, paradigma digital y redes de circulación de bienes
tangibles y simbólicos. Se orienta a un público multisectorial al
ofrecer herramientas contemporáneas para la comunicación, conectividad
y generación de contenidos específicos.
Talleres de investigación y desarrollo.
Es una instancia de investigación y desarrollo de proyectos con el
objetivo de producir intervenciones colectivas, tanto en el espacio
público como en el ámbito privado. Se orienta a proyectos que promueven
asociación de conocimientos o alianzas estratégicas.
• Red de Mentores.
Se trata de una red de apoyo destinada a proyectos de nivel avanzado
para los emprendedores que integran los sectores de todas las
industrias creativas.
La Red estará conformada por emprendedores consagrados, periodistas,
empresarios, especialistas en áreas especificas y referentes de la
gestión cultural, a nivel nacional e internacional.
Los mentores realizarán tareas de seguimiento y asesoramiento de
proyectos avanzados, individuales o grupales, brindarán charlas
motivacionales y encabezarán actividades para promover el ecosistema
emprendedor nacional.
La autoridad de aplicación, ejerciendo las facultades contempladas en
el artículo 3° de la presente medida, podrá establecer los requisitos
que deben reunir los potenciales mentores, en términos de su recorrido
profesional, experiencia en el desarrollo y gestión de emprendimientos
culturales, formación técnica y académica y demás exigencias
pertinentes.
Podrá definir también las modalidades de postulación para integrar la
red en carácter de mentor, así como los criterios para la selección de
quienes en definitiva la integren, estableciendo las obligaciones a
cargo de quienes ejerzan este rol.
• Impulso colectivo
Es una herramienta de apoyo transversal destinada a todos los
emprendedores culturales, con independencia del grado de implementación
y avance de sus proyectos mencionados en las tres herramientas
precedentes.
Se persigue el relevamiento permanente y la sistematización de todos
los instrumentos de financiamiento, capacitación, becas, concursos
entre otras herramientas que se encuentran disponibles para los
emprendedores culturales en todas las áreas del Estado Nacional con
competencias específicas en la materia. Se brinda apoyo específico en
todos los aspectos relacionados con la postulación para el acceso a
esas herramientas y la forma de establecer relaciones con las
instituciones públicas.
e. 18/07/2016 N° 50800/16 v. 18/07/2016