MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 342/2016

Bs. As., 14/07/2016

VISTO el Decreto N° 357/2002, modificado por su similar N° 35/2016, la Decisión Administrativa N° 213/16, y el expediente N° 3010/16 del registro del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 35/2016, se modificó el organigrama de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, aprobado por Decreto N° 357/02, creándose la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, y la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA, en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN.

Que, entre las competencias asignadas a la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, se encuentran las de “Entender, diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a la generación y desarrollo de industrias vinculadas a la cultura y creatividad tendientes a impulsar la creación de puestos de trabajo en el sector y proteger su desarrollo, perfeccionamiento y difusión”; y la coordinación de acciones tendientes a la “difusión, docencia, experimentación e investigación en materia cultural”, entre otras de similar tenor.

Que, la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA tiene entre sus objetivos, los de “promover el desarrollo de las industrias vinculadas con la cultura y creatividad con sentido inclusivo y federal”; “Impulsar acciones que faciliten herramientas de gestión cultural, promoviendo el desarrollo de proyectos culturales sustentables” y el “desarrollo de actividades económicas asociadas con la cultura, la generación de empleo sectorial y de los servicios vinculados”, entre otros.

Que, a través de la Decisión Administrativa N° 213/16, se creó la DIRECCIÓN NACIONAL DE EMPRENDEDORISMO CULTURAL, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA antes mencionada.

Que la citada DIRECCIÓN NACIONAL, tiene entre sus competencias las de “difundir y conducir políticas referidas al estímulo de la práctica emprendedora cultural en todo el territorio nacional”; “generar una red nacional que permita vincular a los emprendedores culturales de todo el territorio nacional” y “realizar actividades de capacitación, perfeccionamiento e intercambio, propiciando el relevamiento de experiencias de gestión que favorezcan el desarrollo cultural emprendedor”, entre otras.

Que el trabajo realizado por todos los emprendedores culturales del territorio nacional, resulta fundamental para consolidar el avance de las industrias creativas, así como la importancia de estas últimas en la generación de empleo, el aporte al Producto Bruto Interno y el desarrollo económico en general.

Que, en ese marco, es necesario impulsar la profesionalización del sector, generando herramientas que potencien la capacidad instalada en los colectivos de emprendedores para concretar sus proyectos, desde los primeros lineamientos, a la hora de su formulación, hasta la implementación práctica y formalización técnica, económica y jurídica, contribuyendo al carácter sustentable de los mismos.

Que, con ese objetivo, la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA propicia la creación del programa FÁBRICA DE EMPRENDEDORES.

Que, para la consecución de su objeto, el programa FÁBRICA DE EMPRENDEDORES, contará con cuatro herramientas estratégicas que serán: el PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL (LA MATERA), el PROGRAMA DE PERFECCIONAMIENTO FEDERAL (COMUNIDAD EMPRENDEDORA), la RED DE MENTORES, y el IMPULSO COLECTIVO, de conformidad con los objetivos descriptos en el anexo de la presente Resolución.

Que en la actualidad, IMPULSO COLECTIVO es un programa de trabajo que funciona en el marco de lo establecido en la Resolución MC N° 4339/15.

Que en virtud de la identidad de objeto, y teniendo en cuenta las características del programa aludido, se considera oportuno dejar sin efecto la citada Resolución, incorporando la herramienta al programa FÁBRICA DE EMPRENDEDORES, en los términos del anexo que integra la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con los objetivos asignados a esta cartera ministerial por la Ley N° 22.520 (t.o. Decreto 438/92), en el marco de lo establecido por el Decreto N° 357/02 y sus modificatorios, y la Decisión Administrativa N° 213/16, y en virtud de las facultades delegadas por el Decreto N° 392/86.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase el programa “FÁBRICA DE EMPRENDEDORES” en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE EMPRENDEDORISMO CULTURAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD de este MINISTERIO, de conformidad con los objetivos y herramientas previstas en el anexo I que es parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2° — Déjase sin efecto la Resolución MC N° 4339/15.

ARTÍCULO 3° — La SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA será la autoridad de aplicación e interpretación del programa, y estará facultada para dictar las pautas de carácter operativo que resulten necesarias, de conformidad con lo establecido en el anexo de esta medida, y procurando, cuando corresponda, el asesoramiento de las áreas técnicas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este MINISTERIO.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, DESE A LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL PARA SU PUBLICACIÓN, y, cumplido, archívese. — Lic. ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro de Cultura.

ANEXO I

PROGRAMA FABRICA DE EMPRENDEDORES

OBJETIVOS

• Contribuir con la profesionalización de los procesos de trabajo que atañen a todos los emprendedores culturales del territorio nacional, generando herramientas de capacitación y mentoreo en todo los niveles implicados en ese proceso.

• Articular y sistematizar, en colaboración directa con todos los organismos del Estado Nacional, las herramientas de capacitación.
HERRAMIENTAS.

• Programa de Formación Inicial (La Matera)

Es un instrumento de capacitación destinado a proyectos de nivel inicial, para los emprendedores de todos los sectores que integran las Industrias Creativas. Se aspira a que los proyectos iniciales puedan convertirse en generadores de bienes y servicios culturales. A tal efecto se dictarán talleres en todo el país, presenciales y virtuales, que incluyan los ejes prioritarios vinculados a la profesionalización y sustentabilidad de los proyectos:

1) Identidad y Diseño;

2) Gestión de Aspectos Legales, Contables y Tributarios;

3) Estrategias de Financiamiento y

4) Plan de Negocios Comunicación y Marketing.

Las capacitaciones serán implementadas en todo el territorio nacional, y a tal efecto, se establecerá una sede en cada una de las regiones del país. Tendrán carácter gratuito, pero estarán sujetas al cupo máximo que fije la autoridad de aplicación, con el objeto de garantizar el desarrollo adecuado de la actividad y el cumplimiento de los objetivos.

Los emprendedores que se postulen para participar en los talleres de LA MATERA, podrán solicitar, cuando lo necesiten, traslados terrestres y/o alojamiento en la sede de la capacitación.

La autoridad de aplicación, ejerciendo las facultades contempladas en el artículo 3° de la presente medida, estará facultada para determinar los plazos y condiciones de inscripción, y determinar la documentación del proyecto y los antecedentes que deberán presentar los emprendedores para ser evaluados cuando la demanda supere el cupo establecido, asignar las vacantes, y seleccionar las solicitudes de apoyo para el traslado y/o alojamiento, que serán atendidas, con miras a garantizar una composición plural, federal, y con representación de todos los sectores que integran las industrias creativas en cada uno de los talleres.

• Programa de Perfeccionamiento Federal (Comunidad Emprendedora)

Es un instrumento de capacitación destinado a proyectos de nivel intermedio para los emprendedores de todos los sectores que integran las Industrias Creativas. Se aspira a integrar una parte sustancial de los proyectos iniciales provenientes de LA MATERA.

El Programa Federal de Perfeccionamiento no será estructurado sobre la base de módulos curriculares, sino a través de actividades específicas que resulten idóneas para la actualización de procesos; mejoras en las capacidades internas de los colectivos emprendedores, y estímulo a la creación de redes entre proyectos ya existentes.

Se pretende amplificar y escalar emprendimientos establecidos, así como fortalecer los canales de circulación de los bienes, servicios e información del ecosistema emprendedor de la cultura. Se recurrirá, entre otros, a los siguientes formatos:

Encuentros motivacionales en formato audivisual.

Son encuentros de carácter público, presenciales o implementados a través de redes. En cada uno de ellos se trabaja con un dispositivo audiovisual, en el que los emprendedores resumen su recorrido e identidad a través de sus proyectos, para favorecer la motivación colectiva, la asociatividad y el intercambio. Se trabajará con casos seleccionados por la curaduría del evento.

Conferencias.

Son conferencias especiales de trabajo sobre medios de comunicación, transmedia, paradigma digital y redes de circulación de bienes tangibles y simbólicos. Se orienta a un público multisectorial al ofrecer herramientas contemporáneas para la comunicación, conectividad y generación de contenidos específicos.

Talleres de investigación y desarrollo.

Es una instancia de investigación y desarrollo de proyectos con el objetivo de producir intervenciones colectivas, tanto en el espacio público como en el ámbito privado. Se orienta a proyectos que promueven asociación de conocimientos o alianzas estratégicas.

• Red de Mentores.

Se trata de una red de apoyo destinada a proyectos de nivel avanzado para los emprendedores que integran los sectores de todas las industrias creativas.

La Red estará conformada por emprendedores consagrados, periodistas, empresarios, especialistas en áreas especificas y referentes de la gestión cultural, a nivel nacional e internacional.

Los mentores realizarán tareas de seguimiento y asesoramiento de proyectos avanzados, individuales o grupales, brindarán charlas motivacionales y encabezarán actividades para promover el ecosistema emprendedor nacional.

La autoridad de aplicación, ejerciendo las facultades contempladas en el artículo 3° de la presente medida, podrá establecer los requisitos que deben reunir los potenciales mentores, en términos de su recorrido profesional, experiencia en el desarrollo y gestión de emprendimientos culturales, formación técnica y académica y demás exigencias pertinentes.

Podrá definir también las modalidades de postulación para integrar la red en carácter de mentor, así como los criterios para la selección de quienes en definitiva la integren, estableciendo las obligaciones a cargo de quienes ejerzan este rol.

• Impulso colectivo

Es una herramienta de apoyo transversal destinada a todos los emprendedores culturales, con independencia del grado de implementación y avance de sus proyectos mencionados en las tres herramientas precedentes.

Se persigue el relevamiento permanente y la sistematización de todos los instrumentos de financiamiento, capacitación, becas, concursos entre otras herramientas que se encuentran disponibles para los emprendedores culturales en todas las áreas del Estado Nacional con competencias específicas en la materia. Se brinda apoyo específico en todos los aspectos relacionados con la postulación para el acceso a esas herramientas y la forma de establecer relaciones con las instituciones públicas.

e. 18/07/2016 N° 50800/16 v. 18/07/2016