ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Disposición 253/2016
Asunto: Designación de agentes notificadores. Disposición N° 349/12 (AFIP). Su sustitución.
Bs. As., 22/07/2016
VISTO el Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y
sus complementarios, la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus
modificaciones, la Disposición N° 571 (AFIP) del 13 de septiembre de
2006 y la Disposición N° 349 (AFIP) del 21 de septiembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el decreto citado en el Visto estableció la organización y fijó las
competencias de la Administración Federal de Ingresos Públicos,
atribuyendo, entre otras, al Administrador Federal la facultad de
delegar en los Directores Generales y Subdirectores Generales la
asunción, conjunta o separadamente, de determinadas funciones y
atribuciones señaladas por la naturaleza de las materias, por el ámbito
territorial en el que deban ejercerse o por otras circunstancias,
inclusive las que se indican en los Artículos 6°, 7°, 8° y 9° del
mismo, en la medida y condiciones que se establezcan en cada caso.
Que en tal sentido, y teniendo en cuenta que la Ley N° 11.683, texto
ordenado en 1998 y sus modificaciones, indica en su Artículo 100,
inciso e), que la designación de los empleados notificadores será
efectuada por el Administrador Federal, mediante la Disposición N°
571/06 (AFIP) se delegó su designación en la Dirección General
Impositiva.
Que posteriormente, por medio de la Disposición N° 349/12 (AFIP), se
delegó en la referida Dirección General la remoción de tales agentes
notificadores con el fin de otorgar una mayor agilidad a la gestión,
estableciéndose además, tanto para la designación como para la remoción
de dichos funcionarios y con anterioridad a la suscripción de los actos
respectivos, la intervención de la Subdirección General de Coordinación
Técnico Institucional.
Que en virtud de la experiencia recogida en este tipo de tramitaciones
desde el dictado de aquella disposición, resulta conveniente y oportuna
su adecuación, con miras a un diligenciarniento ágil de la
documentación en trato y favorecer el funcionamiento operativo del
Organismo.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Planificación y de Coordinación Técnico Institucional.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Delegar en la Dirección General Impositiva la facultad
para la remoción de Agentes Notificadores en el marco de lo dispuesto
por el Articulo 100, inciso e), de la Ley N° 11.683, texto ordenado en
1998 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 2° — Dejar sin efecto la Disposición N° 349 (AFIP) del 21 de septiembre de 2012.
ARTÍCULO 3° — Esta disposición entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese. — Dr. ALBERTO ABAD,
Administrador Federal, Administración Federal de Ingresos Públicos.
e. 25/07/2016 N° 52254/16 v. 25/07/2016