MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Resolución 1740/2016

Bs. As., 22/07/2016

VISTO el Expediente N° S02:0002213/2016, del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 17.671 y sus modificatorias, el Decreto N° 1501 del 22 de octubre de 2009 y sus modificatorios, y las Resoluciones N° 3020 del 29 de octubre de 2014, N° 3117 del 10 de noviembre de 2014 y N° 2030 del 12 de junio de 2015 y N° 617 del 21 de marzo de 2016, todas de la citada Dirección, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución RNP N° 3020/2014 estableció el canje obligatorio de todos los documentos de confección manual emitidos por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, siendo la fecha límite el día 31 de diciembre de 2014.

Que asimismo, el artículo 2° de la citada Resolución dispuso exceptuar de la obligación establecida en el artículo 1°, a aquellas personas mayores de SETENTA Y CINCO (75) años de edad cumplidos al día 31 de diciembre de 2014 y a los incapaces declarados judicialmente.

Que la Resolución RNP N° 2030/2015 extendió el plazo establecido en el artículo 1° de la Resolución N° 3117/2014, hasta el día 31 de marzo de 2016 y la Resolución N° 617/2016, hasta el 31 de Julio, en las mismas condiciones establecidas por dicha norma.

Que la implementación del canje aludido se enmarca en la política de Estado definida por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, de protección integral y efectiva del derecho a la identidad de todos los ciudadanos, habiendo posibilitado a la vasta mayoría de la población la obtención del Nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI) digital, sea este en formato libreta de tapa celeste o tarjeta plástica.

Que dicha medida contribuyó a conformar y robustecer la Base de Datos poblacional en formato digital, segura, confiable y consistente, dando cuenta de lo efectivo y beneficioso que ha resultado el canje y la modernización documentaria para quienes habitan nuestro pais.

Que esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS se ha planteado como meta simplificar y brindar celeridad en los procesos de obtención del DNI, cumpliendo el desafío de llevar a todas las provincias del país el equipamiento y la asistencia técnica necesaria para posibilitar una mejora en la atención de los ciudadanos a partir de la toma digital y entrega rápida del DNI y pasaporte.

Que a fin de hacer efectivo dicho planteamiento, se ha procedido a instalar Nuevos Centros de Documentación rápida en distintos puntos de la Provincia de Buenos Aires. Se realizan continuamente operativos documentarios en todo el país, como así también, se está gestionando la firma de múltiples convenios que tienen como objeto dar en comodato tanto vehículos y/o valijas con equipamiento fomentando de esta manera relaciones de cooperación y coordinación, tendientes a facilitar el desarrollo de Programas de Documentación, en el marco de las disposiciones previstas en la Ley N° 17.671 y sus modificatorias.

Asimismo se han firmado Contratos de Cesión de uso con entidades privadas, como por ejemplo distintos Centros Comerciales (Shopping), cuyo objeto consiste en establecer múltiples puestos de toma de trámites dentro de los mismos, y por otro lado, con entidades públicas se han firmados Convenios de Cooperación y Colaboración a fin de establecer puestos de toma de trámites dentro de oficinas propias de dichas entidades que funcionan en distintos puntos del país. De este modo el RENAPER se encuentra presente y cerca del ciudadano en todo momento, facilitando el acceso a la realización del trámite tanto sea del DNI como del Pasaporte.

Que al 10 de Diciembre de 2015 faltaban acceder al nuevo DNI 1.200.000 personas y al 22 de julio de 2016, gracias al éxito de las medidas anteriormente mencionadas, solo restan acceder al mismo aproximadamente 600.000 personas, todo ello conforme al censo poblacional 2010.

Que como ejemplo de ello, cabe destacar lo acaecido en el partido de La Matanza en donde al 1° de enero de 2016 solo el sesenta y siete con nueve por ciento (67.9%) de la población poseía DNI digital, logrando a la fecha aumentar ese porcentaje aproximadamente a un ochenta por ciento (80%).

Que, en función de lo descripto precedentemente, con el objeto de evitar confusión o posibles inconvenientes, y de brindar mayores facilidades a todos los ciudadanos, se promoverán campañas de información, para seguir avanzando en el acceso al cambio del DNI manual por el Nuevo DNI digital.

Que de esta forma, se continua con la política de Estado que asegura a todos los sectores de la sociedad el ejercicio del derecho a la identidad y la identificación de las personas, por lo tanto se considera oportuno y necesario establecer una extensión de la fecha límite del recambio por el Nuevo DNI.

Que siguen plenamente vigentes los antecedentes y fundamentos de hecho y de derecho que motivaron el dictado de la Resolución RNP N° 3020/2014.

Que en virtud de lo expuesto resulta pertinente prorrogar hasta el 31 de Marzo de 2017 el plazo establecido en la Resolución RNP N° 617/2016.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 17.671 y sus modificatorias, y las disposiciones del Decreto N° 1501/2009.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Prorrógase el plazo establecido en el artículo 1° de la Resolución N° 617/2016 de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, hasta el 31 de Marzo de 2017, en las mismas condiciones establecidas en un todo por dicha norma.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN CARLOS MORÁN, Director Nacional, Registro Nacional de las Personas.

e. 27/07/2016 N° 52860/16 v. 27/07/2016