MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
Decisión Administrativa 761/2016
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, para el Ejercicio 2016.
Bs. As., 27/07/2016
VISTO el Expediente N° S01:0034451/2016 del Registro del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por el Decreto
N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones, la Ley N°
27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2016, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de
2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 231 de
fecha 22 de diciembre de 2015 y la Decisión Administrativa Nº 10 de
fecha 19 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó
la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por el Decreto N° 438 de fecha 12
de marzo de 1992) y sus modificaciones, creando, entre otros, el
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, a través del artículo 23 nonies, el
que absorbió las funciones de diversas áreas del ex MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, con competencia
en cuestiones inherentes a la política nacional en materia de Energía y
Minería.
Que por el Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015,
(modificatorio del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002), se
incorporó a los Anexos I - Organigrama y II - Objetivos, del Decreto N°
357 de fecha 21 de febrero de 2002, como Apartado XXVIII, la parte
correspondiente al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, transfiriéndose a
su órbita la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA, que pasó a denominarse
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y la SECRETARÍA DE MINERÍA.
Que, asimismo, a través del artículo 10 de la norma citada
precedentemente, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que por el artículo 11 de dicha norma se aprobaron las
Responsabilidades Primarias y Acciones de la UNIDAD DE AUDITORÍA
INTERNA y de las unidades organizativas que conforman la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, ambas del MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA.
Que en esta instancia resulta necesaria la incorporación de diversas
unidades al ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA y
la aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo
de las restantes Subsecretarías y Secretarías del MINISTERIO DE ENERGÍA
Y MINERÍA, como asimismo, incorporar, homologar, reasignar y derogar
diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, en
el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de
la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS
han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
el artículo 16, inciso 29, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
el Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en el artículo 6° de la
Ley Nº 27.198.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la
Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente
a la Jurisdicción 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA para el
Ejercicio 2016, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas
Anexas (IF-2016-00413917-APN-MEM) al presente artículo, las que forman
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º — Incorpóranse a la estructura organizativa de primer nivel
operativo de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, aprobada por el artículo 11 del
Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, la Dirección de
Préstamos con Organismos Internacionales, la Dirección de Despacho y
Mesa de Entradas, la Dirección de Relaciones Institucionales, la
Dirección de Sumarios, la DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE GESTIÓN y la
DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA, de conformidad con el Organigrama y
Responsabilidades Primarias y Acciones que obran en Planilla Anexa
(IF-2016-00413922-APN-MEM) al presente artículo, que forman parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA TARIFARIA, de
la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS, de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA ELÉCTRICA, de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO
ESTRATÉGICO y de la SECRETARÍA DE MINERÍA, todas ellas dependientes del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, de acuerdo con los Organigramas y
Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I,
(IF-2016-00413870-APN-MEM), Ia (IF-2016-00413882-APN-MEM), Ib
(IF-2016-00413887-APN-MEM), Ic (IF-2016-00413895-APN-MEM), Id
(IF-2016-00413902-APN-MEM), y II (IF-2016-00413908-APN-MEM) forman
parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 4º — Facúltase al titular del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA,
previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO
PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a
la aprobada por la presente medida, la que deberá prever un máximo de
DOS (2) Auditorías Adjuntas, CUATRO (4) Responsables de Auditoría, DOS
(2) Subdirecciones Generales, CUARENTA Y CINCO (45) Direcciones y
CINCUENTA Y SEIS (56) Coordinaciones del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3
de diciembre de 2008 y sus modificaciones, las que a través del acto de
aprobación serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según
corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la
Jurisdicción, con Nivel III (Dirección) y IV (Coordinación).
ARTÍCULO 5º — Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, según el detalle obrante en las
Planillas Anexas (IF-2016-00413928-APN-MEM) al presente artículo, que
forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 6º — Facúltase al titular del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA,
previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO
PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la
estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá
adecuarse a los cargos financiados y aprobados de conformidad con la
Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.
ARTÍCULO 7º — Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a
las aprobadas por la presente Decisión Administrativa, conservarán su
vigencia las aprobadas, con sus acciones, dotaciones, niveles, grados
de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 8° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida, será imputado con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 58 -
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Juan J. Aranguren.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º
PRESUPUESTO 2016
JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
PROGRAMA: 01 - ACTIVIDADES CENTRALES
CARGO O CATEGORÍA |
CARGOS |
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2.098/08 |
|
D |
- 33 |
E |
- 1 |
A |
+ 14 |
B |
+ 20 |
Subtotal Escalafón |
0 |
TOTAL PROGRAMA |
0 |
PRESUPUESTO 2016
JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
PROGRAMA: 32 - FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA GEOLÓGICO - MINERA
CARGO O CATEGORÍA |
CARGOS |
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2.098/08 |
|
C |
- 9 |
D |
- 1 |
E |
- 1 |
B |
+ 11 |
Subtotal Escalafón |
0 |
TOTAL PROGRAMA |
0 |
PRESUPUESTO 2016
JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
PROGRAMA: 73 - FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE POLÍTICA DE HIDROCARBUROS
CARGO O CATEGORÍA |
CARGOS |
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2.098/08 |
|
B |
- 2 |
D |
- 2 |
A |
+ 4 |
Subtotal Escalafón |
0 |
TOTAL PROGRAMA |
0 |
PRESUPUESTO 2016
JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
PROGRAMA: 74 - FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE POLÍTICA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
CARGO O CATEGORÍA |
CARGOS |
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2.098/08 |
|
C |
- 3 |
D |
- 1 |
B |
+ 4 |
Subtotal Escalafón |
0 |
TOTAL PROGRAMA |
0 |
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE PRÉSTAMOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Intervenir en la formulación, gestión, supervisión, monitoreo y
evaluación de los programas y proyectos con financiamiento multilateral
que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ACCIONES:
1. Orientar y coordinar con las áreas competentes la gestión de los
programas y proyectos de cooperación técnico financiera del Ministerio,
respecto de los programas y proyectos con financiamiento externo.
2. Controlar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el
Ministerio y las Agencias y Organismos Internacionales, de aplicación
en el ámbito nacional, provincial, municipal y de Organismos
Descentralizados y Autónomos, en el ámbito de su competencia.
3. Vincular los programas y proyectos internacionales con los programas
estables y permanentes de la estructura del Ministerio, en los aspectos
sustantivos, estimulando la comunicación, la interacción y el
intercambio.
4. Evaluar la oportunidad y conveniencia del desarrollo y gestión de
nuevos programas y proyectos internacionales, de competencia del
Ministerio.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Gestionar la recepción y salida de la documentación administrativa del
Ministerio y la proveniente de otras jurisdicciones, recibiendo y
despachando la documentación de particulares.
Efectuar el registro y archivo de la documentación de la Jurisdicción.
ACCIONES:
1. Coordinar la recepción, registro, tramitación y comunicación de
expedientes y proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas
y resoluciones del Ministro y de los Secretarios y disposiciones de los
Subsecretarios, así como toda la documentación destinada al Ministro.
2. Coordinar el giro de la documentación a las distintas unidades
conforme la responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas,
controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.
3. Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar al
Subsecretario de Coordinación Administrativa cuando éste lo requiera.
4. Brindar información a quienes acrediten condición de parte acerca
del estado de tramitación de expedientes y proyectos de leyes,
decretos, decisiones administrativas, resoluciones del Ministro y de
los Secretarios y disposiciones de los Subsecretarios.
5. Otorgar vistas.
6. Elaborar planillas de seguimiento y control de gestión
administrativa de los trámites para información del Ministro y
Secretarios.
7. Autenticar las firmas de funcionarios del Ministerio.
8. Efectuar el seguimiento y control de los trámites administrativos de
la Jurisdicción y determinar la unidad o unidades de la Jurisdicción
con responsabilidad primaria para entender en los mismos.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Subsecretario de Coordinación Administrativa en la
evaluación, seguimiento y verificación de los planes, programas,
proyectos y acciones, proponiendo los instrumentos necesarios que
optimicen la gestión, promoviendo la coherencia y complementariedad de
los mismos.
Asistir al Subsecretario de Coordinación Administrativa en el
desarrollo de las relaciones institucionales del Ministerio con las
diferentes áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL y con los Gobiernos
Provinciales y Municipales.
ACCIONES:
1. Realizar la evaluación, seguimiento y control de los planes, programas, proyectos y acciones del Ministerio.
2. Proponer y coordinar con las distintas dependencias del Ministerio,
la elaboración y ejecución de planes, programas, proyectos y acciones
de su competencia.
3. Asistir al Ministro y al Subsecretario de Coordinación
Administrativa en la articulación de las relaciones que se establezcan
con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, Provincial y Municipal
y entidades sin fines de lucro y sector privado que actúan en el ámbito
de su competencia.
4. Formular propuestas a fin de coordinar las acciones necesarias, para
el desarrollo de las relaciones institucionales con organismos
dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL y de los Gobiernos
Provinciales y Municipales conjuntamente con las diferentes áreas del
Ministerio.
5. Realizar los estudios y análisis necesarios que determinen la
factibilidad y oportunidad de realización de los planes, programas,
proyectos y acciones que le sean requeridos.
6. Proponer y ejecutar planes de comunicación y acciones de difusión
para informar a la sociedad sobre las características y beneficios del
ahorro, uso racional, responsable y eficiente de los recursos
energéticos, coordinando dichas acciones con las distintas dependencias
del Ministerio.
7. Asistir al Subsecretario de Coordinación Administrativa en el
despacho de la información, en el marco del Decreto Nº 1.172 de fecha 3
de diciembre de 2003 “Acceso a la información pública”.
8. Asistir a la Subsecretaría de Coordinación Administrativa en el
mantenimiento y actualización de los contenidos de la página Web del
Ministerio.
9. Proponer la aplicación de planes de comunicación y acciones de difusión en función de mérito, oportunidad y conveniencia.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Substanciar los sumarios administrativos y las informaciones sumarias
ordenadas por autoridad competente de acuerdo con la normativa vigente.
ACCIONES:
1. Instruir los sumarios e informaciones sumarias que dispongan las
autoridades o funcionarios competentes de la Jurisdicción, con el
objeto de determinar la responsabilidad disciplinaria, exista o no
perjuicio fiscal, de los agentes de la Jurisdicción alcanzados por las
prescripciones del Reglamento de Investigaciones Administrativas
vigente y normas concordantes, reglamentarias, complementarias y
modificatorias.
2. Elaborar los instrumentos necesarios para que el funcionario
competente formule las denuncias que correspondieren, en los casos en
que se advierta la existencia de hechos que en principio, revistieren
las características externas de delitos de acción pública.
3. Ejecutar las investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la instrucción de sumarios administrativos.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE GESTIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Controlar en el ámbito del Ministerio el cumplimiento de los
procedimientos administrativos financieros reglamentados, así como
realizar el seguimiento económico financiero de la gestión.
Controlar el cumplimiento de las metas económicas de las ejecuciones de obras y acuerdos de transferencias.
ACCIONES:
1. Intervenir en el análisis de la documentación en trámite conforme
los procedimientos económicos financieros del Ministerio y organismos
bajo la órbita del mismo.
2. Intervenir en el control del efectivo cumplimiento de las obligaciones del Ministerio en materia financiera o impositiva.
3. Controlar y analizar las memorias y balances de las Sociedades donde el Ministerio es tenedor de acciones.
4. Controlar la aplicación de las normas impositivas en relación a las
Leyes Nros. 15.336, 23.681, 24.065, 26.020 y 25.565, esta última por lo
dispuesto en su Artículo 74.
5. Intervenir en los procesos relativos a las rendiciones de cuentas de
fondos transferidos a Provincias, Municipios y/o Entes en todas
instancias en el marco de los programas existentes o que se creen en la
Jurisdicción y controlar su efectivo cumplimiento de acuerdo a la
normativa vigente.
6. Realizar el seguimiento de las rendiciones de cuenta llevadas a cabo
por Provincias, Municipios y/o Entes y controlar la documentación
presentada para realizar su aprobación, rechazo, revisión o solicitud
de información complementaria a las autoridades competentes, tomando
intervención en las transferencias de fondos realizadas en obras en
ejecución.
7. Analizar y verificar Franquicias Hidroeléctricas, realizar el
seguimiento de los reintegros de impuestos por obras eléctricas en
conjunto con otras dependencias del ESTADO NACIONAL.
8. Gestionar la información para la rendición de fondos, respecto de las obras y de organismos receptores de los mismos.
9. Llevar adelante el control de la deuda en concepto del Recargo
establecido por el Artículo 30 de la Ley N° 15.336, FONDO NACIONAL DE
ENERGÍA ELÉCTRICA, determinando la facturación que la Empresa COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA
(CAMMESA) no ha percibido y por lo cual no ingresa el pago del impuesto
de los agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Intervenir en todas las actuaciones relativas a la implementación y al uso de sistemas informáticos en el Ministerio.
Coordinar las acciones de seguridad informática del Ministerio.
ACCIONES:
1. Proponer las políticas de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, incluyendo la informática, las telecomunicaciones, la
telefonía, las redes, los sistemas de información y las tecnologías
asociadas, en la Jurisdicción.
2. Entender en la formulación, implementación y seguimiento de las
políticas de las tecnologías de la información y las comunicaciones con
la participación de los organismos descentralizados de la Jurisdicción,
conforme a las normas vigentes en la Administración Pública Nacional.
3. Dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio.
4. Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción.
5. Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y
estándares establecidos por la Administración Pública Nacional en el
Ministerio en el ámbito de su competencia.
6. Entender en los aspectos relativos a la seguridad de las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción, incluyendo
el establecimiento de planes de contingencia para los sistemas
críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.
7. Conducir las actividades vinculadas al uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción.
8. Entender en los procesos de incorporación, modificación o
eliminación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
de la Jurisdicción.
ANEXO I
ANEXO Ia
ANEXO lb
ANEXO lc
ANEXO Id
ANEXO II
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA TARIFARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICA TARIFARIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en las acciones de monitoreo y seguimiento de precios o tarifas de servicios públicos vinculados al área energética.
ACCIONES:
1. Asistir al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en la
determinación de los valores aplicables a la generación, distribución,
consumo domiciliario, industrial y estatal de la energía eléctrica.
2. Proponer políticas tarifarias de fomento para la mejora y ampliación
de la red de distribución de energía eléctrica en el ámbito nacional.
3. Intervenir en la elaboración de la política tarifaria aplicable a la
producción, transporte y distribución de gas, asistiendo al
Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en las cuestiones
relacionadas al mercado energético.
4. Asistir al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en el
seguimiento de los valores que se deriven de la oferta y demanda tanto
del gas natural, como del Gas Licuado de Petróleo (GLP), envasado o en
redes, aplicables al consumo domiciliario y al industrial.
5. Asistir al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en el
seguimiento de los valores que se deriven de la oferta y demanda del
barril de petróleo como de sus derivados y del carbón mineral destinado
a la generación de energía térmica.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA TARIFARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE FINANCIAMIENTO ENERGÉTICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en las acciones vinculadas con la política tarifaria en
relación a los programas presupuestarios de financiamiento, respecto de
los servicios públicos del área energética para los sectores que sean
determinados por dichos programas.
ACCIONES:
1. Intervenir en la elaboración, propuesta y modificación de programas
presupuestarios de financiamiento respecto de los servicios públicos
vinculados al área energética.
2. Asistir al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en la
identificación de mecanismos de transferencias y subsidios a los
sectores carenciados de la sociedad en relación a los servicios
públicos vinculados al área energética.
3. Realizar recomendaciones respecto de la política energética en
relación a los programas presupuestarios de financiamiento que
involucren a los servicios públicos del área energética.
4. Intervenir junto con otras áreas competentes del Ministerio a los
fines de optimizar los recursos económicos destinados a programas
presupuestarios que se encuentren bajo su competencia.
SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS
DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE HIDROCARBUROS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Efectuar los estudios pertinentes en materia de economía de los
hidrocarburos integrando cada una de las etapas productivas,
supervisando los aspectos económicos de las actividades del sector de
hidrocarburos.
Asistir, en materia de análisis económico, financiero y contable, a las
distintas áreas de la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS.
ACCIONES:
1. Participar, a través de la evaluación económico–financiera previa, respecto a cesiones de áreas y garantías de hidrocarburos.
2. Efectuar la evaluación económico–financiera previa, a efectos de
autorizar la inscripción en los diversos registros sectoriales.
3. Administrar la información del down stream, precios del Gas Licuado
de Petróleo (GLP) y exportaciones de gas y de la titularidad de áreas,
escrituras y pagos de canon petrolero, de las áreas off-shore.
4. Asistir al Secretario de Recursos Hidrocarburíferos en materia de Integración Regional en temas de su competencia.
5. Efectuar los estudios e informes que resulten pertinentes en
relación al desempeño económico de los mercados de combustibles
líquidos y gas natural y atender las cuestiones económicas vinculadas a
la regulación económica de servicios de transporte y distribución.
6. Coordinar las tareas tendientes a determinar las necesidades de importación de Gas Natural Licuado (GNL).
7. Coordinar la supervisión de los controles financieros pertinentes,
en relación a la aplicación de regímenes especiales de precios y fondo
fiduciario para consumos residenciales de combustibles.
8. Realizar las acciones conducentes a lograr el correcto pago del
canon petrolero, teniendo en cuenta la información técnica y
administrativa pertinente.
9. Participar en el análisis de tarifas reguladas de servicios de transporte por ductos y monoboyas.
10. Analizar e informar al Secretario de Recursos Hidrocarburíferos
sobre el impacto en el sector de la política impositiva nacional,
provincial y municipal y de la política arancelaria y paraarancelaria
del sector hidrocarburífero.
11. Analizar e informar al Secretario de Recursos Hidrocarburíferos
sobre el impacto económico de las políticas ambientales en el sector
hidrocarburífero.
12. Asistir en la resolución de los recursos administrativos que se
interpongan contra actos del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, en
aspectos vinculados con el área.
SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS
SUBSECRETARÍA DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Implementar las acciones inherentes al control y fiscalización de las
actividades de exploración y producción de hidrocarburos, en el marco
de una explotación racional y sustentable de los recursos.
ACCIONES:
1. Proponer la normativa aplicable a los procesos licitatorios
previstos para el otorgamiento de permisos de exploración y concesiones
de explotación.
2. Evaluar las propuestas, proyectos y ofertas relativas a permisos de
reconocimiento superficial, permisos de exploración y concesiones de
explotación de hidrocarburos.
3. Administrar los registros, e intervenir en la operación de sistemas
de información y bases de datos generados como consecuencia de las
actividades de exploración y explotación de hidrocarburos.
4. Asistir en las tareas de fiscalización en el cumplimiento de
obligaciones de permisionarios y concesionarios en materia de
productividad e inversiones.
5. Proponer la normativa y/o su actualización en materia de
exploración, explotación racional y protección ambiental y fiscalizar
su cumplimiento.
6. Asistir en la fiscalización del cumplimiento de la normativa vigente
en materia de certificación de reservas y recursos de hidrocarburos con
su pertinente evaluación.
7. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de permisionarios de
exploración y concesionarios de explotación en materia de deslinde y
mensura de áreas y yacimientos, interviniendo en la determinación de
las superficies sujetas al pago de cánones.
8. Asistir en el control y otorgamiento de servidumbres mineras.
9. Proponer sanciones ante incumplimientos a la normativa aplicable en materia de exploración y explotación.
SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS
SUBSECRETARÍA DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE Y MEDICIÓN DE HIDROCARBUROS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Impulsar el libre transporte de hidrocarburos, efectuando el
seguimiento y control de la ejecución de los planes de transporte y las
instalaciones de medición.
ACCIONES:
1. Proponer normativa en función de la regulación del almacenaje y del
transporte de petróleo crudo y subproductos, así como controlar el
cumplimiento del marco regulatorio vigente.
2. Asistir en la fiscalización del régimen de canon, superficiarios y
expedición de servidumbres y las obligaciones de permisionarios y
concesionarios en materia de pago de regalías.
3. Desarrollar y fiscalizar la estandarización y optimización de los
sistemas de medición del petróleo y del gas producidos para la
obtención de los datos de la producción en forma segura y eficiente, y
la implementación de mecanismos para el control de la misma.
4. Asistir en la fiscalización del cumplimiento de las reglamentaciones
en materia de medio ambiente, en el área de su competencia.
SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS
SUBSECRETARÍA DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Implementar las acciones inherentes al control y fiscalización de las
actividades relacionadas con la refinación y comercialización de
combustibles.
ACCIONES:
1. Efectuar el seguimiento de la ejecución de los planes y programas
que se establezcan en materia de combustibles líquidos de acuerdo a la
política nacional trazada en la materia
2. Participar en la implementación de programas y proponer normativa en
el campo de la refinación y comercialización de combustibles.
3. Implementar acciones tendientes a evitar la evasión impositiva en el
mercado de combustibles interactuando con los organismos competentes en
la materia.
4. Administrar y mantener actualizados los registros correspondientes a
empresas elaboradoras, comercializadoras, importadoras, exportadoras y
bocas de expendio de combustibles líquidos.
5. Procurar el cumplimiento de las normas de seguridad en las
instalaciones de elaboración, transformación, almacenamiento, despacho,
expendio y transporte de combustibles líquidos.
6. Administrar y mantener actualizado el Registro de Auditoras de
Seguridad habilitadas por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA,
supervisando el accionar de las mismas.
7. Realizar el control de calidad de los combustibles líquidos que se expendan en el país.
8. Proponer normativa en materia de especificaciones de combustibles líquidos.
SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS
SUBSECRETARÍA DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
DIRECCIÓN DE GAS LICUADO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Implementar las acciones inherentes al control y fiscalización de las
actividades relacionadas con el Gas Licuado de Petróleo (GLP).
ACCIONES:
1. Asistir al abastecimiento del Gas Licuado de Petróleo (GLP) en todas las etapas de la cadena de valor del mismo.
2. Asistir en materia de seguridad y comercialización de GLP a granel y fraccionado.
3. Analizar y aprobar los aspectos de seguridad en proyectos vinculados con la actividad, en el área de GLP.
4. Administrar y mantener los registros de las certificaciones
correspondientes a instalaciones, equipos, envases y elementos
relacionados con el GLP.
5. Realizar inspecciones de control a las distintas instalaciones,
evaluando y procesando las actas de las inspecciones realizadas.
6. Verificar el cumplimiento del pago de las multas aplicadas.
7. Realizar propuestas de normas técnicas y de control de la actividad.
8. Verificar la producción de GLP y las ventas al mercado interno y exportación, controlando el balance de las mismas.
9. Administrar el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de
Petróleo, y el Registro Nacional de Gas Licuado Automotor.
10. Verificar el cumplimiento de la normativa en materia de fabricación y reparación de envases.
11. Controlar y administrar las certificaciones realizadas por organismos certificantes en diversos aspectos del sistema.
SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS
SUBSECRETARÍA DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
DIRECCIÓN DE BIOCOMBUSTIBLES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Implementar las acciones inherentes al control y fiscalización de las actividades relacionadas con los biocombustibles.
ACCIONES:
1. Calcular y publicar precios de bioetanol y biodiesel siguiendo la
metodología establecida a tal fin por la respectiva autoridad de
aplicación.
2. Asignar cupos mensuales de volúmenes de venta y compra de bioetanol y biodiesel.
3. Implementar programas y proponer normativa sobre temática de
biocombustibles, como corte mínimo, precios de adquisición, seguridad
en planta, acuerdos de abastecimiento, especificaciones.
4. Controlar el cumplimiento de la normativa vigente para el sector, proponer y aplicar sanciones cuando corresponda.
5. Efectuar el análisis y seguimiento económico del sector, así como la publicación de estadísticas.
6. Realizar controles de abastecimiento de biocombustibles, logística y calidad.
7. Monitorear la seguridad en las plantas de elaboración e instalaciones de almacenamiento y despacho.
8. Efectuar inspecciones y aplicar sanciones cuando corresponda.
9. Llevar adelante el registro de inscripciones en el Registro de Empresas Petroleras por la elaboración de biocombustibles.
10. Llevar adelante inspecciones de capacidad productiva de elaboradoras de biocombustibles.
11. Analizar proyectos de instalación de nuevas plantas de elaboración de biocombustibles y/o ampliaciones de las existentes.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Definir y monitorear las metas de inserción de energías renovables en el país.
Analizar, evaluar, monitorear y fiscalizar los proyectos de inversión de energías renovables.
ACCIONES:
1. Intervenir en la elaboración y comunicación de políticas, planes y
normativas aplicables en materia de energías renovables, realizando el
seguimiento de su cumplimiento y asistiendo en la resolución de
recursos administrativos aplicables.
2. Revisar la estructura contractual, legal y financiera de los
proyectos existentes a la fecha, en coordinación con otras dependencias
del Ministerio según corresponda.
3. Monitorear y dar seguimiento puntual a todos los aspectos de cada proyecto de energías renovables.
4. Diseñar, implementar y verificar el cumplimiento de la normativa y
de los mecanismos atinentes a dar cumplimiento a las metas legales y/o
acuerdos internacionales aplicables en cuanto a la incorporación de
energías renovables a la matriz energética nacional.
5. Asistir en la puesta en marcha del RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS
ENERGÍAS RENOVABLES, del FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO DE
ENERGÍAS RENOVABLES y del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA
REGIONAL.
6. Elaborar los análisis de diagnóstico y las evaluaciones técnicas,
económicas y financieras de los proyectos y del mercado de energías
renovables.
7. Realizar estudios estadísticos y de mercado de energías renovables.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Promover el uso y la incorporación de diversas fuentes de energías
renovables a la matriz energética nacional mediante programas de
fomento, investigación científico tecnológica y estudios técnicos.
ACCIONES:
1. Impulsar la puesta en marcha de programas de investigación y
aplicación de energías renovables a nivel nacional, procurando la
adecuada diversificación geográfica y tecnológica.
2. Administrar programas de promoción de uso de energías renovables.
3. Asistir en la negociación, conformación y puesta en marcha de nuevos programas de promoción de energías renovables.
4. Asistir en la elaboración de políticas de largo plazo para el
estudio, desarrollo y fomento de investigación aplicada en energías
renovables.
5. Intervenir en la programación y ejecución de actividades vinculadas
con la comunicación e incorporación de energía renovable, el desarrollo
de proyectos demostrativos de nuevas tecnologías y la incorporación de
oferta de energía renovable.
6. Elaborar y poner a disposición pública la información del banco de
proyectos y toda otra información que pueda facilitar la toma de
decisiones sobre las actividades del sector energético, así como
inventarios nacionales de recursos renovables que sirvan de base a la
planificación del sector y a la elaboración de proyectos y políticas
específicas.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA HIDROELÉCTRICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE APROVECHAMIENTOS HIDROELÉCTRICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en todos los aspectos vinculados con el desarrollo de la
generación de energía eléctrica mediante recursos hídricos, con
criterio ambientalmente sustentable, en su etapa de estudios de
factibilidad, elaboración de los proyectos licitatorios, concreción de
todas las obras y acciones necesarias para comenzar las tareas de
operación y mantenimiento de los aprovechamientos hidroeléctricos.
ACCIONES:
1. Intervenir en la elaboración y coordinación de los planes, políticas
y normas para el funcionamiento y desarrollo del sector hidroeléctrico.
2. Intervenir en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones
de los procedimientos de selección relacionados con la realización de
los estudios de generación de energía eléctrica mediante recursos
hídricos.
3. Supervisar los procedimientos de selección que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.
4. Asistir en los procesos de supervisión de la construcción de las
obras del sector, hasta su puesta en servicio, también eventualmente
durante el período de operación hasta el fin de su vida útil y su
posterior desmantelamiento.
5. Intervenir en los procesos de contratación de las obras relacionadas
con la construcción de instalaciones de generación de energía mediante
el aprovechamiento de recursos hídricos.
6. Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de
control de los servicios públicos privatizados o concesionados, cuando
éstos tengan una vinculación funcional con el área.
7. Asistir, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos de
cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en
los que la Nación sea parte y colaborar en la concreción de los mismos,
asistiendo en las negociaciones con los organismos crediticios
internacionales.
8. Asistir en la creación y en el desarrollo de una base actualizada de
información sobre todos los recursos hídricos del país no aprovechados
aun en materia de generación de energía hidroeléctrica y del estado de
avance de los proyectos ya existentes.
9. Asistir en la realización de estudios de factibilidad técnicos,
económicos y ambientales necesarios en los proyectos que estén en su
conocimiento, para establecer confiablemente prioridades en su
ejecución.
10. Intervenir en la aprobación de un orden de prioridad integral de
proyectos, contemplando para ello los aspectos técnicos, económicos y
ambientales.
11. Monitorear las relaciones con los diferentes proveedores de
información de base técnica y ambiental para la realización de los
estudios de factibilidad.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA HIDROELÉCTRICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE SUPERVISIÓN DE APROVECHAMIENTOS HIDROELÉCTRICOS EN OPERACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Intervenir en los aspectos vinculados con el desarrollo de la
generación de energía eléctrica en su modalidad de aprovechamiento de
recursos hídricos, con criterio ambientalmente sustentable, en sus
etapas de operación, mantenimiento y hasta el final de su vida útil y
posterior desmantelamiento.
ACCIONES:
1. Intervenir en la elaboración y coordinación de los planes, políticas
y normas para el monitoreo de las condiciones de operación y
mantenimiento de los aprovechamientos hidroeléctricos en operación,
hasta el final de su vida útil y su posterior desmantelamiento.
2. Asistir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para
llamados a concurso y/o licitaciones, así como también supervisar los
procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con
motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su
finalización.
3. Verificar las acciones relacionadas con la operación, mantenimiento
y seguridad de los aprovechamientos hidroeléctricos hasta la
finalización de su vida útil y de su posterior desmantelamiento.
4. Revisar las acciones relacionadas con aquellos entes u organismos de
control de los servicios públicos privatizados o concesionados, cuando
éstos tengan una vinculación funcional con el área.
5. Asistir en la elaboración de los proyectos aplicables al sector de
la energía hidroeléctrica, que sean necesarios para el cumplimiento de
los planes y políticas energéticas de carácter general, así como en la
seguridad, el adecuado funcionamiento y desarrollo del sistema
eléctrico en su conjunto.
6. Monitorear las relaciones con y entre los diferentes actores y
operadores del sistema eléctrico, brindando adecuada información acerca
de las condiciones de demanda y oferta de energía hidroeléctrica en el
corto, mediano y largo plazo.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR
DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN DE PROYECTOS NUCLEARES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Analizar, evaluar y monitorear los proyectos comprendidos en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR
ACCIONES:
1. Revisar la estructura contractual y financiera de proyectos en
materia de desarrollo de tecnología nuclear, como así también el examen
de los aspectos pertinentes a su viabilidad comercial y financiera, en
coordinación con las áreas competentes.
2. Intervenir en los diagnósticos de los proyectos del área nuclear
necesarios para alcanzar los objetivos fijados por la SUBSECRETARÍA DE
ENERGÍA NUCLEAR.
3. Asistir en la negociación de los contratos y acuerdos necesarios
para el desarrollo, financiamiento, construcción y operación de los
proyectos de los organismos pertenecientes al ámbito de la Jurisdicción.
4. Elaborar y presentar recomendaciones formuladas con el objetivo de
optimizar los proyectos comprendidos bajo la esfera de la SUBSECRETARÍA
DE ENERGÍA NUCLEAR.
5. Monitorear el avance de los proyectos nucleares, mediante
herramientas que permitan establecer objetivos a cumplir, así como
identificar y atender a potenciales puntos de congestión.
6. Asistir al Subsecretario de Energía Nuclear en el desarrollo de
actividades que establezcan criterios de viabilidad de proyectos.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN ESTRATÉGICA DE TECNOLOGÍAS NUCLEARES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Evaluar la planificación estratégica a seguir respecto del desarrollo
eficiente de tecnologías nucleares y analizar la factibilidad de nuevos
proyectos para la producción de energía eléctrica, junto con la
investigación aplicada al campo.
Promover políticas que contribuyan al desarrollo de una matriz energética diversificada y tecnológicamente sustentable.
ACCIONES:
1. Asistir al Subsecretario, en el desarrollo e implementación de las
políticas estratégicas orientadas a optimizar la inversión pública en
materia de aplicaciones de tecnología nuclear y desarrollo de nuevas
tecnologías, proyectos y diseños aplicados al campo de la generación de
energía eléctrica.
2. Intervenir en la evaluación de la factibilidad y sustentabilidad
tecnológica de los proyectos y nuevos diseños futuros, proponiendo a su
vez nuevas líneas de trabajo e investigación, en coordinación con la
DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN DE PROYECTOS NUCLEARES.
3. Coordinar con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, la industria
y las empresas nucleares las líneas de acción a seguir y el estado de
los proyectos en materia tecnológica, como así también comunicar a las
mismas los resultados de las evaluaciones realizadas.
4. Participar en las actividades, foros y presentaciones del área
nuclear que permitan la actualización de los conocimientos sobre
tecnologías nucleares, como así también recomendar la participación en
las iniciativas y foros internacionales del área nuclear que refuercen
la posición argentina respecto del uso seguro y pacífico de las
tecnologías nucleares, en coordinación con la DIRECCIÓN NACIONAL DE
POLÍTICAS NUCLEARES.
5. Proponer las políticas de desarrollo de recursos humanos
convenientes a nivel nacional para suplir las necesidades del plan
nuclear en relación con la producción energética.
6. Conducir los equipos de trabajo conformados en el ámbito de la
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR en temas relacionados a la evaluación
tecnológica de proyectos.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR
DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS NUCLEARES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asesorar al Subsecretario de Energía Nuclear en la coordinación de las
políticas en lo que respecta a la no proliferación y antiterrorismo
nuclear, seguridad física, salvaguardias y seguridad internacionales.
Articular entre los diferentes actores del sector orientados a la
promoción de la tecnología nuclear, organismos nacionales y sub
nacionales, empresas e industrias asociadas, promoviendo políticas
públicas en la materia, en el ámbito de competencia del Ministerio.
ACCIONES:
1. Asistir en lo concerniente a su competencia, en temas de seguridad
internacional y no proliferación nuclear, coordinando el accionar de
los distintos actores nacionales en materia de salvaguardias y
antiterrorismo nuclear, protección y seguridad física de las
instalaciones nucleares.
2. Asistir a las autoridades competentes, en el ámbito de su
incumbencia, en las intervenciones correspondientes en foros
internacionales, reuniones bilaterales, encuentros multilaterales y
cualquier otro ámbito que corresponda, en lo que respecta a la
promoción tecnológica, temas de no proliferación y salvaguardias
nucleares.
3. Asistir, en el ámbito de su competencia, en todo lo referente al
cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de no
proliferación nuclear y seguridad internacional asumidos por la
REPÚBLICA ARGENTINA, así como también asesorar en el diseño de
salvaguardias nucleares que pudieran implementarse en el futuro.
4. Promover acciones de coordinación entre los actores nacionales y sub
nacionales involucrados en las actividades del ciclo de combustible
nuclear, generación y aplicaciones de la tecnología nuclear, y proponer
políticas para la consolidación de una agenda de desarrollo sustentable
del sector nuclear.
5. Proponer políticas públicas tendientes a optimizar la articulación
entre los organismos públicos y los sectores productivos en el
desarrollo tecnológico del sector nuclear, a través de la vinculación
entre el ESTADO NACIONAL y el sector privado para la ejecución de
actividades y programas de trabajo intersectoriales.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en todas las acciones de regulación, monitoreo y seguimiento del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).
ACCIONES:
1. Intervenir en la elaboración y coordinación de los planes, políticas
y normas para el buen funcionamiento y desarrollo del MERCADO ELÉCTRICO
MAYORISTA (MEM) y asesorar al Subsecretario de Energía Térmica,
Transporte y Distribución de Energía Eléctrica en todas aquellas
cuestiones relacionadas con dicho mercado.
2. Asistir al Subsecretario de Energía Térmica, Transporte y
Distribución de Energía Eléctrica en el ámbito de su competencia, en
las relaciones con y entre los diferentes actores y operadores del
sistema eléctrico, facilitando información acerca de las condiciones de
demanda, oferta, transmisión y distribución de energía eléctrica en el
corto, mediano y largo plazo.
3. Verificar el cumplimiento de los requisitos que condicionan el
ingreso e intervenir en el perfeccionamiento de los accesos como
agentes del Mercado Eléctrico Mayorista de los Generadores,
Transportistas, Distribuidores y Grandes Usuarios, en sus diferentes
modalidades, haciendo observar la normativa específica para cada caso,
incluyendo el control sobre los estudios de impacto ambiental que se
presenten en dicho marco.
4. Participar en la proposición de normas para completar el marco normativo ambiental eléctrico.
5. Asistir en la regulación y en los trámites específicos de la Función Técnica de Transporte de los Grandes Usuarios.
6. Realizar el seguimiento de la demanda de energía eléctrica de
Grandes Usuarios del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y elaboración de
análisis e informes con indicadores provenientes de organismos
oficiales y cámaras empresariales.
7. Realizar estudios de prospectiva energética y futuros
comportamientos del Sistema Argentino de Interconexión, evaluando
potenciales riesgos que justifiquen cambios regulatorios en la
normativa vigente.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE GENERACIÓN TÉRMICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la aplicación de planes, implementación de políticas y
normas para el desarrollo y la ampliación del parque de generación
térmica como así también del monitoreo y control del equipamiento
existente.
ACCIONES:
1. Intervenir en las cuestiones vinculadas con el desarrollo de nueva generación de energía eléctrica en su modalidad térmica.
2. Monitorear el parque de generación térmica existente proponiendo
cursos de acción cuando sea necesario, para la generación térmica en
calidad y cantidad necesaria.
3. Entender en la formulación de planes para la incorporación de las
nuevas tecnologías que propendan a la eficiencia y modernización de los
temas de su competencia.
4. Intervenir en aquellos Programas o Planes específicos donde se traten temas de su incumbencia.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la aplicación de planes, políticas y normas para el
desarrollo y la ampliación del transporte y la distribución de energía
eléctrica como así también del monitoreo y control del equipamiento
existente.
ACCIONES:
1. Asistir en las cuestiones vinculadas con la transmisión, transporte
y distribución de energía eléctrica, incluyendo los programas
específicos en los que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE
Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA tome intervención.
2. Proponer y asistir en la elaboración de normas aplicables al sector
de energía eléctrica de su competencia, que sean necesarias para el
cumplimiento de los planes y políticas energéticas de carácter general,
la seguridad y adecuado funcionamiento del sistema eléctrico.
3. Interactuar con el ORGANISMO ENCARGADO DE DESPACHO (OED) en todos los temas inherentes a su función específica.
4. Entender en la normativa aplicable al Transporte en Alta Tensión y
por Distribución Troncal como así también al Sistema de Transportistas
Independientes.
5. Revisar y tomar intervención en los procedimientos de expansión y al
establecimiento de la remuneración cuando así corresponda.
6. Entender en la formulación de planes para la incorporación de las
nuevas tecnologías que propendan a la eficiencia y modernización de los
temas de su competencia.
7. Asistir al Subsecretario de Energía Térmica, Transporte y
Distribución de Energía Eléctrica en la administración y conservación
de los contratos de concesión de los servicios públicos.
8. Asistir al Subsecretario de Energía Térmica, Transporte y
Distribución de Energía Eléctrica en relación con los Entes u
Organismos de control de los servicios con vinculación funcional con el
área de su competencia, tomando intervención, en la medida que
corresponda, con la resolución de los recursos administrativos que se
interpongan contra actos de los entes reguladores.
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO
SUBSECRETARÍA DE ESCENARIOS Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE ESCENARIOS Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS ENERGÉTICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Elaborar proyecciones, escenarios y modelos de análisis de la oferta y
la demanda energética de la República Argentina y estudios
complementarios que sirvan de insumos para la toma de decisiones
estratégicas sobre el sector.
Asistir en la definición de los lineamientos básicos y las bases de
supuestos a utilizar para la evaluación de proyectos y políticas
energéticas y para la realización de estudios especiales, prestando
asistencia técnica a los demás organismos del gobierno en las áreas de
su competencia.
ACCIONES:
1. Desarrollar escenarios y proyecciones de oferta, demanda y otras,
que hagan posible un planeamiento público y privado adecuado del uso de
los recursos energéticos.
2. Realizar estudios de escenarios y evaluación de proyectos
energéticos especiales en las áreas de incumbencia del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA.
3. Asistir en la vinculación con la entidad encargada del Sistema
Nacional de Inversiones Públicas (SNIP) y coordinar la provisión de
información al Banco de Proyectos de Inversión Pública (BAPIN) por
parte del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
4. Coordinar la cooperación técnica con organismos gubernamentales, no
gubernamentales y otros, a nivel regional e internacional, brindando
asesoramiento en lo que respecta a aspectos vinculados a la política
energética del gobierno.
5. Articular, junto con otros organismos del MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA, del sector energético, del Estado Nacional y los estados
provinciales, la confección de supuestos y escenarios regionales y
sectoriales que involucren al sector energético.
6. Evaluar proyectos de inversión propios del área y todo aquel que sea de interés del Ministerio.
7. Evaluar los impactos de las políticas públicas implementadas o en
estudio por parte del Estado Nacional relacionadas con el sector
energético.
8. Realizar estudios especiales en las áreas de incumbencia del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
9. Formular y gestionar, en lo concerniente al MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA, el suministro de información vinculada al PLAN NACIONAL DE
INVERSIONES PÚBLICAS (PNIP), y realizar la actualización permanente del
inventario de Proyectos de Inversión Pública del Ministerio con
distinto grado de formulación y análisis.
10. Intervenir estudios de soporte técnico y económico de las políticas
de integración energética, relaciones internacionales y de cooperación
técnica de incumbencia del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
11. Asistir en la coordinación con otras áreas de gobierno,
instituciones educativas, órganos provinciales, nacionales e
internacionales, la provisión de información técnica de incumbencia del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA para alcanzar los objetivos de las
políticas energéticas definidos por el Señor Ministro.
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO
SUBSECRETARÍA DE ESCENARIOS Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN ENERGÉTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Desarrollar e instrumentar un sistema integrado de información
energética, constituyéndose en la fuente central e integrada de
información estadística sobre el sector energético de la República
Argentina, brindando datos consistentes y de calidad bajo los
principios de imparcialidad, apertura, transparencia y accesibilidad.
ACCIONES:
1. Confeccionar el balance energético del país, realizar la
caracterización técnica y económica de los usos y recursos energéticos
del país.
2. Crear y llevar adelante el Sistema Unificado de Información Energética de la República Argentina.
3. Coordinar la recopilación de información energética, sistematizarla y hacerla pública de forma transparente y periódica.
4. Establecer e implementar mecanismos de captación, sistematización,
control de consistencia y calidad para la recopilación y validación de
información del Sistema Unificado de Información Energética.
5. Desarrollar el plan de apertura de datos del MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA según lo establecido en el Decreto N° 117/2016 y coordinar su
implementación en el área del Ministerio.
6. Articular con empresas, organismos no gubernamentales, organismos
gubernamentales municipales, provinciales, nacionales e
internacionales, los mecanismos para asegurar la disponibilidad de
datos requeridos por otras áreas del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
y/o del resto de la administración nacional en las áreas de su
competencia.
7. Brindar soporte técnico en escenarios y evaluación de proyectos al
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, sus Secretarías y Subsecretarías para
la elaboración de respuestas a pedidos de informes.
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO
SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Desarrollar las políticas de ahorro y eficiencia energética.
ACCIONES:
1. Asistir a la SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA y a las
demás áreas de Gobierno que así lo requieran, con su intervención en
temas de eficiencia energética así como de ahorro y uso racional de la
energía.
2. Proponer programas que conlleven a un uso eficiente de los recursos
energéticos, tanto en la oferta de fuentes primarias y secundarias,
como en las etapas de transformación y en los distintos sectores de
consumo, como ser el industrial, residencial, comercial, público,
transporte, agro y otros.
3. Definir la información necesaria para construir, validar y
actualizar periódicamente la Línea de Base Energética (LBE) así como
los Indicadores de Desempeño Energético (IDE) que se utilizarán para
medir los resultados de los programas desarrollados.
4. Proponer los objetivos y metas en la mejora del desempeño energético
a nivel global, como ser el país, sector o subsector, y definir los
objetivos y metas individuales de cada programa.
5. Monitorear y verificar la efectividad de los resultados de los
programas ejecutados por la DIRECCIÓN NACIONAL DE EJECUCIÓN DE
PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA.
6. Desarrollar programas de difusión y comunicación de la temática de Ahorro y Eficiencia Energética.
7. Coordinar con las áreas pertinentes del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
DEPORTES, la inclusión de contenidos destinados a transmitir la
importancia del uso eficiente y responsable de los recursos
energéticos, en todos los niveles obligatorios de enseñanza.
8. Promover la inclusión del tema de eficiencia energética y el uso
racional de la energía, en los programas de las carreras universitarias
vinculadas a la materia.
9. Promover convenios y acuerdos con universidades, cámaras
empresarias, organismos tecnológicos, organizaciones de la sociedad
civil y todas aquellas instituciones públicas o privadas, tanto
nacionales como internacionales, cuyo objetivo sea la mejora de la
eficiencia energética de los distintos sectores.
10. Evaluar y proponer alternativas regulatorias a fin de establecer
mecanismos de promoción de la eficiencia energética, tanto en la oferta
como en la demanda, incluyendo los distintos sectores de consumo.
11. Interactuar con organismos nacionales e internacionales que
fomenten y faciliten el acceso al financiamiento para implementar
proyectos de eficiencia energética.
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO
SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Ejecutar los programas definidos por la DIRECCIÓN NACIONAL DE
DESARROLLO DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
para cada uno de los sectores de consumo.
ACCIONES:
1. Ejecutar los programas que conlleven a un uso eficiente de los
recursos energéticos en los sectores, incluida la oferta de fuentes
primarias y secundarias, las etapas de transformación y los distintos
sectores de consumo.
2. Intervenir, junto con las áreas competentes, en la ejecución de los programas de ahorro y eficiencia energética.
3. Interactuar con el sector privado y organizaciones de la sociedad
civil que estén directamente involucrados en la ejecución de los
programas.
4. Suministrar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE POLÍTICAS Y
PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA toda la información
necesaria para llevar adelante la medición, verificación y comunicación
de los programas; el cálculo y seguimiento de Indicadores de Desempeño
Energético y toda la información necesaria para la planificación de
programas futuros.
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO
SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Realizar el control de gestión de los proyectos de infraestructura
energética a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ACCIONES:
1. Desarrollar, proponer, e implementar los procedimientos necesarios
para el control de gestión de los proyectos energéticos a ser
determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
2. Participar en la ejecución de planes y proyectos de infraestructura
en materia de energía, incluyendo el control de presupuestos y plazos
establecidos en los contratos.
3. Organizar la estructura operativa para el control de gestión de los
proyectos de infraestructura energética de gas, generación eléctrica y
transmisión, y distribución eléctrica, a ser determinados por el
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
4. Identificar desvíos en plazos, presupuestos, condiciones de calidad
y seguridad, promoviendo la adopción de medidas correctivas.
5. Diseñar y mantener un sistema de información actualizado de todos
los proyectos de infraestructura energética que correspondan al ámbito
de su gestión.
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO
SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Brindar asistencia a las restantes Secretarías y Subsecretarías del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA en licitaciones, definiciones de
ingeniería, administración de contratos y temas relativos a la calidad
y seguridad de proyectos de infraestructura energética.
ACCIONES:
1. Asistir a las restantes Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA en materia de licitaciones, ingeniería,
administración de contratos y temas relacionados con calidad y
seguridad.
2. Asistir al Subsecretario de Infraestructura Energética en la
coordinación de relaciones institucionales con empresas, cámaras,
gremios y todo otro sector o entidad relacionados con la ejecución de
proyectos de infraestructura energética, a ser determinados por el
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
3. Asistir a otros organismos del ESTADO NACIONAL, Provincias y
Municipios, coordinando las acciones tendientes a la mejor ejecución de
los proyectos de infraestructura energética, a ser determinados por el
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
4. Diseñar y mantener un sistema de información actualizado de todo lo actuado en el ámbito de su gestión.
SECRETARÍA DE MINERÍA
DIRECCIÓN DE REGULACIÓN MINERA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en la formulación, diseño, seguimiento y revisión de los marcos regulatorios con impacto en la actividad minera.
ACCIONES:
1. Intervenir en las propuestas de sanción o modificación de normativa
producto de acuerdos con las provincias en el marco del CONSEJO FEDERAL
DE MINERÍA creado por Ley Nº 24.224.
2. Intervenir en los proyectos de modificación del Acuerdo Federal Minero ratificado por Ley Nº 24.228.
3. Intervenir en el desarrollo de proyectos de normativa minera de alcance nacional.
4. Asistir al Secretario de Minería en la relación con las provincias
en lo vinculado con la normativa que regula la actividad minera.
5. Asistir a las provincias y municipios en el análisis de proyectos de
regulaciones de la actividad minera que estos se propongan implementar,
en coordinación con las áreas competentes.
6. Coordinar acciones con la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, en
cuanto a supervisar el estudio, análisis y redacción de proyectos de
normas jurídicas relativas a las competencias de la Jurisdicción.
7. Identificar inconsistencias, falta de reglamentación o colisión
normativa en la regulación minera vigente, y proponer la generación de
consensos.
8. Promover la difusión, profundización y actualización de la normativa minera.
9. Asistir al Secretario de Minería en la relación con las comisiones
con injerencia en materia de minería del HONORABLE CONGRESO DE LA
NACIÓN.
SECRETARÍA DE MINERÍA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
DIRECCIÓN NACIONAL DE INVERSIONES MINERAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar la aplicación de las normativas mineras de incumbencia
nacional, recopilar y procesar la información necesaria para el
análisis de los resultados de la aplicación de la misma y proponer
alternativas de inversión.
ACCIONES:
1. Asistir al Subsecretario de Desarrollo Minero para efectuar el
enlace entre las distintas áreas del Gobierno Nacional y las empresas,
para facilitar la ejecución de los distintos aspectos que promueve la
Ley N° 24.196 de Inversiones Mineras.
2. Proveer a la DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN MINERA Y
TRANSPARENCIA una base de datos con información detallada de los
recursos mineros de la REPÚBLICA ARGENTINA, y su distribución por las
provincias destacando el grado de conocimiento existente sobre los
mismos.
3. Elaborar informes para el Subsecretario de Desarrollo Minero donde
se analicen las ventajas competitivas de los diferentes proyectos a
nivel regional, con el objeto de atraer inversiones en nuestro país y
las distintas promociones y sinergias existentes en cada una de las
etapas que caracterizan la actividad minera.
4. Elaborar y mantener actualizado un banco de datos de proyectos de
inversiones público- privadas que apunten a sumar al circuito
productivo, el aprovechamiento de reservas minerales mediante Pequeñas
y Medianas Empresas (PyMEs) conformadas al efecto.
5. Realizar el seguimiento en los proyectos mineros, fiscalizando el cumplimiento de la normativa vigente.
SECRETARÍA DE MINERÍA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN MINERA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Promover y facilitar la inversión en minería.
Promocionar la oferta minera y las oportunidades de inversión, y fortalecer el sector de pequeñas y medianas empresas mineras.
ACCIONES:
1. Diseñar e implementar acciones para promover y facilitar la
inversión en minería en materia de prospección, exploración,
industrialización y comercialización de minerales.
2. Realizar estudios de mercado para proyectar las demandas de
minerales en la actualidad, en el mediano y en el largo plazo tanto a
nivel nacional y regional, como internacional.
3. Realizar estudios sobre el impacto económico-estructural que generan
los proyectos mineros en la región de influencia y en orden nacional.
4. Asistir al Subsecretario de Desarrollo Minero y al Secretario de
Minería en la participación de reuniones nacionales e internacionales
que promocionen la actividad minera argentina y las oportunidades de
inversión.
5. Coordinar el diálogo sobre los temas de interés del sector con las
distintas organizaciones que interactúan en la actividad minera.
6. Promocionar ante organismos internacionales y multilaterales la
potencialidad minera argentina, las ventajas regionales y la decisión
del Estado de impulsar el Desarrollo Minero Argentino.
SECRETARÍA DE MINERÍA
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PRODUCCIÓN MINERA, AMBIENTE Y DESARROLLO COMUNITARIO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Optimizar los impactos positivos de la actividad minera en las
comunidades directa e indirectamente afectadas por su ocurrencia, y
minimizar los impactos negativos o riesgos, trabajando en la
coordinación con todos los actores involucrados.
ACCIONES:
1. Intervenir en la generación de las mejores prácticas gubernamentales
respecto de los impactos socio-económicos y ambientales de la actividad
minera en las comunidades afectadas.
2. Elaborar programas y/o acciones a ser aplicados por el Gobierno
Nacional, a través de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA, en lo
referido al impacto comunitario de la minería, en coordinación con las
provincias y demás actores involucrados.
3. Asistir a las provincias o municipios, cuando estos lo requieran, en
lo atinente a conflictos socio-ambientales, la participación
comunitaria y los procesos de diálogo, en torno a la actividad minera.
4. Asistir al Subsecretario de Política Minera, en la coordinación, con
las demás áreas relevantes del Gobierno Nacional y de las provincias,
para impulsar el desarrollo de la ciencia e innovación aplicadas a
mejorar las prácticas industriales, ambientales y sociales en la
actividad minera.
SECRETARÍA DE MINERÍA
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
DIRECCIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y CADENA DE VALOR
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Optimizar el impacto de la minería a nivel regional, procurando
identificar posibles sinergias en materia de infraestructura y
logística, fomentar la creación, crecimiento y diversificación de las
empresas proveedoras de bienes y servicios, y potenciar la integración
entre la actividad minera y otras actividades económicas.
ACCIONES:
1. Asistir al Subsecretario de Política Minera y al Secretario de
Minería en coordinación con otras áreas del Gobierno Nacional y con los
gobiernos provinciales, para proponer o impulsar obras de
infraestructura y logística que puedan impulsar el desarrollo minero de
las regiones.
2. Asistir al Subsecretario de Política Minera y al Secretario de
Minería en coordinación con otras áreas del Gobierno Nacional y con los
gobiernos provinciales, para proponer e impulsar esquemas de
financiamiento, construcción y/o uso de las obras de infraestructura y
logística de los proyectos mineros, que optimicen su beneficio en favor
de otras necesidades productivas y/o sociales.
3. Proponer herramientas y realizar acciones que, en coordinación con
otras áreas de gobierno y con las provincias, puedan incentivar y
potenciar la creación, fortalecimiento, crecimiento y diversificación
de los proveedores de bienes y servicios a la actividad minera,
respetando la competitividad.
4. Identificar posibilidades de agregar mayor valor a los minerales que
se explotan en la REPÚBLICA ARGENTINA y coordinar con otras áreas del
Gobierno Nacional y/o las provincias para incentivar la concreción de
dichas posibilidades.
5. Intervenir en coordinación con otras áreas del Gobierno Nacional y
con las provincias, detectando puntos de contacto actuales o
potenciales de la actividad minera con otras actividades económicas,
proponiendo herramientas o acciones para potenciar la integración de la
minería con el resto de los sectores de la economía argentina.
SECRETARÍA DE MINERÍA
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN MINERA Y TRANSPARENCIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Elaborar, administrar y difundir información orientada al conocimiento
de los recursos mineros nacionales a través de un sistema nacional
único de información minera.
ACCIONES:
1. Elaborar, estructurar, administrar, mantener actualizado y operar el
sistema nacional único de información minera que actuará como base de
sustentación de toda la información necesaria para el cumplimiento de
los objetivos propuestos.
2. Realizar un relevamiento continuo que le permita obtener información
referida al sector minero argentino, incluyendo información geológica,
catastral, tributaria, económica, ambiental, social, de prospectos y
proyectos, de inversiones y empresas, de todas las personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, nacionales o provinciales, que posean o
procesen información confiable relativa al recurso minero en la
REPÚBLICA ARGENTINA, para que sea la fuente de información del sistema
nacional único de información minera y de sus estadísticas oficiales,
la cual será facilitada a todos los usuarios en forma integrada,
confiable y oportuna.
3. Formular y proponer los criterios, sistemas y normas necesarios para
recopilar, organizar, administrar y difundir la información del sector
minero.
4. Coordinar con el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, el CONSEJO
FEDERAL DE MINERÍA, y los organismos vinculados al sector como agencias
e instituciones provinciales que corresponda y las demás áreas del
Gobierno Nacional, a fin de incrementar la calidad de la información
que se reúna, aplicando criterios uniformes y un sistema compartido,
obteniendo inclusive información del sector privado cuando corresponda.
5. Proponer e implementar, en coordinación con los demás actores del
sector de la minería, la metodología de actualización periódica de la
información.
6. Elaborar las proyecciones y estadísticas que requiera la Jurisdicción en base a la información recopilada y administrada.
7. Elaborar los informes, anuarios, reportes, las publicaciones y poner
la información disponible y accesible a través del sistema que
corresponda, con base a las definiciones o requerimiento del
Subsecretario de Política Minera.