RÉGIMEN DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO DEL AUTOPARTISMO ARGENTINO. BENEFICIOS E INCENTIVOS
Decreto 902/2016
Bs. As., 29/07/2016
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley N° 27.263
(IF-2016-00393494-APN-MP), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA
NACIÓN en su sesión del día 13 de julio de 2016.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial,
gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese a los
Ministerios de Producción y de Hacienda y Finanzas Públicas. Cumplido,
archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay. — Francisco
A. Cabrera.