INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 1413/2016

Bs. As., 26/07/2016

VISTO el Expediente N° 3178/2016/INCAA; la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y el Decreto N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tendrá a su cargo el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República Argentina y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional.

Que en virtud de lo normado por el Artículo 2° de la Ley citada se establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES estará gobernado y administrado por el Presidente y Vicepresidente, la Asamblea Federal y el Consejo Asesor.

Que la Asamblea Federal está integrada por los Secretarios y Subsecretarios de Cultura de los Poderes Ejecutivos Provinciales y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que a partir de lo resuelto por la Asamblea Federal en el año 2004, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ha establecido que el monto del aporte anual en concepto de apoyo al fomento a la cinematografía nacional en las jurisdicciones provinciales y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ascienda a la suma de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000.-).

Que para el ejercicio del año 2014 la Asamblea Federal consideró oportuno un incremento del monto anual, elevándose el mismo a PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-), suma que sigue vigente a la fecha.

Que la experiencia recogida desde el año 2004 refleja que los fondos desembolsados son destinados por las distintas jurisdicciones a la recuperación, apertura y reequipamiento de salas de exhibición, organización de concursos, muestras de cine argentino, funcionamiento de los vehículos denominados “cinemóviles” y de todo otro fin relacionado con la cinematografía y las artes audiovisuales.

Que resulta necesario establecer el procedimiento a seguir para la liquidación del apoyo económico a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el fomento de la cinematografía nacional, y circunscribir las competencias de las distintas dependencias involucradas.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley 17.741 (t.o. 2001) y el Decreto N° 302/16.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébese el régimen de otorgamiento de aporte en concepto de apoyo al fomento a la cinematografía nacional para cada una de las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondiente al Ejercicio 2016, en virtud de lo normado en el Anexo de la presente, que forma a todos los efectos parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 2° — Impútese el gasto a la partida respectiva del Ejercicio Financiero 2016, sujeto a disponibilidad presupuestaria.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y oportunamente archívese. — RALPH HAIEK, Vicepresidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO

RESOLUCIÓN N° 1413

1. El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES liquidará a las Secretarias o Subsecretarias de Cultura de cada una de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-) en tres cuotas pagaderas en los meses de mayo, septiembre y diciembre de cada año, de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) cada una, ad referéndum de lo que disponga la Asamblea Federal.

2. La liberación de las cuotas se realizará por intermedio de la Gerencia de Administración del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, previa intervención de la Coordinación de Espacios INCAA y Programas Especiales de Exhibición a la solicitud de cada Secretaría o Subsecretaría de Cultura para cada cuota, contemplando para dicha conformidad el cumplimiento del requisito de rendición documentada de la aplicación de la totalidad de los fondos otorgados, acumulados hasta la misma cuota del año anterior, inclusive.

3. Los fondos transferidos durante el año 2015 serán rendidos mediante una MEMORIA DESCRIPTIVA de las acciones realizadas con el apoyo económico del INSTITUTO y una RENDICION DETALLADA de los comprobantes que acreditan los gastos realizados para el fomento cinematográfico y audiovisual, suscrita por el titular de la Secretaría o Subsecretaría de Cultura receptora del subsidio.

4. El INSTITUTO podrá disponer la realización de auditorías in situ que permitan verificar la aplicación de los fondos declarada por la entidad receptora.

e. 01/08/2016 N° 53151/16 v. 01/08/2016