MINISTERIO DE TRANSPORTE

SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE

Resolución 3 - E/2016

Bs. As., 21/07/2016

VISTO el Expediente N° S02:0026099/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Ley N° 22.520 de fecha y sus modificatorias, Decisión Administrativa 212 de fecha 21 de marzo de 2016, se estableció que los despachos de los negocios de la Nación, estarán a cargo de determinados Ministerios y se asignaron funciones y se aprobó la estructura organizativa del Ministerio de Transporte.

Que, el Decreto N° 13 de fecha 5 de enero de 2016, introdujo importantes modificaciones a la Ley de Ministerios, incorporando al MINISTERIO DE TRANSPORTE a quién le compete asistir en todo lo inherente al transporte aéreo, ferroviario, automotor, fluvial, marítimo y, a la actividad vial;

Que mediante el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016 se creó en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE que posee entre sus objetivos el de entender con otras jurisdicciones los aspectos vinculados a la movilidad urbana sustentable.

Que, a través del Expediente mencionado en el VISTO, la SUBSECRETARÍA DE MOVILIDAD URBANA, expresa que a los fines de implementar una correcta política pública en materia de movilidad urbana sustentable resulta necesario establecer mecanismos de coordinación institucional entre la Nación y los Municipios interesados en recibir asistencia técnica para el mejoramiento de la movilidad urbana con una planificación sustentable en función de los siguientes lineamientos: Jerarquización de la red vial con prioridad para el transporte público; fomentar el uso de modos de transporte no motorizados; desalentar la movilidad particular motorizada.

Que la asistencia técnica podrá incluir capacitación de agentes designados por el municipio, elaboración de propuestas de transporte y su implementación, y otras medidas de fortalecimiento institucional y planificación de la movilidad.

Que, en tal sentido y a los fines de fijar un criterio de acción que materialice la mentada asistencia técnica a brindar a los municipios, resulta indispensable establecer el procedimiento al que deberán sujetarse los municipios interesados.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016.

Por ello,

EL SECRETARIO DE PLANIFICACION DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Los Municipios interesados en recibir asistencia técnica para la implementación de políticas públicas referidas a la movilidad urbana con una planificación sustentable, deberán suscribir una Carta de Intención, conforme se desprende del modelo obrante en el Anexo I (IF-2016-00358119-APN-SECPT%23MTR), que a sus efectos, integra la presente resolución. La Carta de Intención deberá ser suscripta por la máxima autoridad local, sin excepción.

ARTÍCULO 2° — Los Municipios deberán, asimismo, integrar y completar el cuestionario elaborado a los efectos de realizar un diagnóstico previo de la situación de las localidades solicitantes, y el formulario de solicitud de asistencia técnica, que como Anexos II (IF-2016-00358006-APN-SECPT%23MTR) y III (IF-2016-00358143-APN-SECPT%23MTR), integran la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — La documentación que se presente deberá ser generada con carácter de declaración jurada y deberá ser remitida a la SUBSECRETARÍA DE MOVILIDAD URBANA dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 4° — Créase la COMISIÓN EVALUADORA DE MOVILIDAD URBANA la cual realizará un análisis a partir de los datos recopilados y decidirá los pasos a seguir para la implementación de un plan de trabajo que responderá a los criterios de planificación sustentable de la movilidad.

ARTÍCULO 5° — Autorícese a la SUBSECRETARÍA DE MOVILIDAD URBANA a elegir los miembros que conformarán la Comisión creada en el artículo precedente, los cuales no podrán ser más de cinco (5) integrantes.

ARTÍCULO 6° — Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE MOVILIDAD URBANA a suscribir los acuerdos interjurisdiccionales que resulten necesarios celebrar entre esta cartera y los municipios interesados en recibir la asistencia técnica que hayan dado cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 1°, 2° y 3° de la presente resolución.

ARTÍCULO 7° — Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE MOVILIDAD URBANA a reglamentar, interpretar y aplicar el procedimiento creado por la presente norma.

ARTÍCULO 8° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 9° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — GERMÁN BUSSI, Representante Titular, Secretaría de Planificación del Transporte.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 01/08/2016 N° 53660/16 v. 01/08/2016

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial).

ANEXO I

Localidad

Fecha

Ministerio de Transporte

Secretaria de Planificación del Transporte

Sr. Ministro / Sr. Secretario

Ref.:Asistencia Técnica

Tengo el agrado de dirigirme a Usted con la finalidad de solicitarle asistencia técnica y/o capacitación según amerite el analisis que vuestra Secretaría / Subsecretaría realice sobre las necesidades de nuestra localidad.

La asistencia se solicita en la búsqueda de implementar, en nuestro Municipio, políticas públicas acordes a un modelo de movilidad urbana sustentable, que mejoren la calidad de vida de los habitantes de nuestra ciudad.

En conocimiento que el espíritu de esta asistencia se basa en el trabajo mancomunado con el municipio y comprometiendo una efectiva colaboración; tenga a bien considerar esta solicitud.

Sin otro particular, saludo a usted atentamente,

ANEXO II







ANEXO III