SECRETARÍA GENERAL

Decisión Administrativa 777/2016

Acta acuerdo. Apruébase gasto.

Buenos Aires, 01/08/2016

VISTO el Expediente N° CUDAP:EXP-S01:0024249/2016 del registro de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Decisión Administrativa N° 221 del 1° de septiembre de 2009, el CONTRATO DE ASOCIACIÓN DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS CON LA ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO PARA LA TRANSMISIÓN DE ESPECTÁCULOS DE FÚTBOL POR TELEVISIÓN ABIERTA Y GRATUITA celebrado el 20 de agosto de 2009 y sus adendas, el Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 221/09 se creó en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el PROGRAMA FÚTBOL PARA TODOS, con la finalidad de coordinar y articular la transmisión y explotación comercial de la televisación de los Torneos de Fútbol Argentino para la REPÚBLICA ARGENTINA y el exterior, organizados por la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, en los términos del Contrato celebrado entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO con fecha 20 de agosto de 2009.

Que por el citado contrato, la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO cedió en forma exclusiva a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los derechos de explotación primarios y secundarios, por sí o por terceros, por cualquier sistema o procedimiento audiovisual en distintos formatos, creados o a crearse, de las imágenes y/o sonidos obtenidos en ocasión y desarrollo de cada uno de los encuentros de los torneos de fútbol de primera categoría organizados por la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, para su transmisión en vivo y en directo y/o en diferido, en Capital Federal, el interior y exterior del país, durante la vigencia del contrato, a fin de permitir el acceso libre y gratuito por televisión abierta en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que por el artículo 6° del Decreto N° 151/15 se transfirieron el Programa “Fútbol para Todos” y sus unidades organizativas dependientes, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el artículo 7° del aludido Decreto N° 151/15 se estableció que la referida transferencia comprendía también los créditos presupuestarios.

Que la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, ha solicitado a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la posibilidad de otorgar un anticipo a cuenta del importe que finalmente se acuerde en concepto de Ingreso Mínimo Anual Garantizado.

Que dicho pedido encuentra sustento en el inminente inicio del Torneo 2016/2017 y en las distintas actividades sociales y deportivas de los clubes de fútbol que se continúan desarrollando con independencia de la participación en los torneos oficiales de fútbol, toda vez que las entidades deportivas se encuentran atravesando una situación económica crítica que les impide mantener las mismas, resultando dicho monto indispensable a fin de cumplir con las obligaciones contractuales y los compromisos asumidos.

Que entre los objetivos principales tenidos en cuenta en el citado contrato asociativo suscripto por el ESTADO NACIONAL y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, se encuentra el saneamiento y fortalecimiento de los clubes de fútbol.

Que en virtud de ello, con fecha 29 de julio de 2016 se ha suscripto un ACTA ACUERDO entre la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, mediante la cual se dispone la transferencia de la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000) en concepto de anticipo del Ingreso Mínimo Anual Garantizado para el Torneo 2016/2017 de Primera División “A”.

Que la DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, procedió a realizar la afectación preventiva correspondiente.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 35 inciso b) del Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el gasto de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000) correspondiente al ACTA ACUERDO suscripta en fecha 29 de julio de 2016 entre la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, que como Anexo (IF-2016-00457718-APN-SGP), forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 20-01 - SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

NOTA: Esta Decisión Administrativa se publica sin Anexos. Los mismos podrán ser consultados en la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, Av. Julio A. Roca 782, 2° piso - CABA.