SECRETARÍA GENERAL
Decisión Administrativa 777/2016
Acta acuerdo. Apruébase gasto.
Buenos Aires, 01/08/2016
VISTO el Expediente N° CUDAP:EXP-S01:0024249/2016 del registro de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Decisión
Administrativa N° 221 del 1° de septiembre de 2009, el CONTRATO DE
ASOCIACIÓN DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS CON LA ASOCIACIÓN
DEL FÚTBOL ARGENTINO PARA LA TRANSMISIÓN DE ESPECTÁCULOS DE FÚTBOL POR
TELEVISIÓN ABIERTA Y GRATUITA celebrado el 20 de agosto de 2009 y sus
adendas, el Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° 221/09 se creó en la órbita de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el PROGRAMA FÚTBOL PARA TODOS, con
la finalidad de coordinar y articular la transmisión y explotación
comercial de la televisación de los Torneos de Fútbol Argentino para la
REPÚBLICA ARGENTINA y el exterior, organizados por la ASOCIACIÓN DEL
FÚTBOL ARGENTINO, en los términos del Contrato celebrado entre la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO
con fecha 20 de agosto de 2009.
Que por el citado contrato, la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO cedió en
forma exclusiva a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los derechos de
explotación primarios y secundarios, por sí o por terceros, por
cualquier sistema o procedimiento audiovisual en distintos formatos,
creados o a crearse, de las imágenes y/o sonidos obtenidos en ocasión y
desarrollo de cada uno de los encuentros de los torneos de fútbol de
primera categoría organizados por la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO,
para su transmisión en vivo y en directo y/o en diferido, en Capital
Federal, el interior y exterior del país, durante la vigencia del
contrato, a fin de permitir el acceso libre y gratuito por televisión
abierta en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que por el artículo 6° del Decreto N° 151/15 se transfirieron el
Programa “Fútbol para Todos” y sus unidades organizativas dependientes,
desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita de
la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el artículo 7° del aludido Decreto N° 151/15 se estableció que
la referida transferencia comprendía también los créditos
presupuestarios.
Que la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, ha solicitado a la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la posibilidad de otorgar un
anticipo a cuenta del importe que finalmente se acuerde en concepto de
Ingreso Mínimo Anual Garantizado.
Que dicho pedido encuentra sustento en el inminente inicio del Torneo
2016/2017 y en las distintas actividades sociales y deportivas de los
clubes de fútbol que se continúan desarrollando con independencia de la
participación en los torneos oficiales de fútbol, toda vez que las
entidades deportivas se encuentran atravesando una situación económica
crítica que les impide mantener las mismas, resultando dicho monto
indispensable a fin de cumplir con las obligaciones contractuales y los
compromisos asumidos.
Que entre los objetivos principales tenidos en cuenta en el citado
contrato asociativo suscripto por el ESTADO NACIONAL y la ASOCIACIÓN
DEL FÚTBOL ARGENTINO, se encuentra el saneamiento y fortalecimiento de
los clubes de fútbol.
Que en virtud de ello, con fecha 29 de julio de 2016 se ha suscripto un
ACTA ACUERDO entre la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, mediante la cual se dispone la
transferencia de la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000)
en concepto de anticipo del Ingreso Mínimo Anual Garantizado para el
Torneo 2016/2017 de Primera División “A”.
Que la DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, procedió a realizar
la afectación preventiva correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 35 inciso b) del Decreto Nº 1344/07 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el gasto de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($
300.000.000) correspondiente al ACTA ACUERDO suscripta en fecha 29 de
julio de 2016 entre la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, que como Anexo
(IF-2016-00457718-APN-SGP), forma parte integrante de la presente
Decisión Administrativa.
ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto
vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 20-01 -
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.
NOTA: Esta Decisión Administrativa se publica sin Anexos. Los mismos
podrán ser consultados en la Secretaría General de la Presidencia de la
Nación, Av. Julio A. Roca 782, 2° piso - CABA.