SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS

Decisión Administrativa 762/2016

Estructura Organizativa.

Buenos Aires, 27/07/2016

VISTO el Expediente Nº 117494/2016 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y modificatorias, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), 12 de fecha 10 de diciembre de 2015 y 237 de fecha 22 de diciembre de 2015.

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 12 de fecha 10 diciembre de 2015, se creó el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto Nº 237 de fecha 22 de diciembre de 2015 se aprobó la conformación y estructura organizativa de primer nivel operativo del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS.

Que en esta instancia resulta necesaria la incorporación de diversas unidades a la estructura de primer nivel operativo del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS como asimismo incorporar diversas unidades pertenecientes al SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.

Que, por otra parte, cabe destacar que el artículo 6° de la Ley N° 27.198 faculta al Jefe de Gabinete de Ministros a acordar excepciones al incremento de cargos correspondientes a las funciones ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE HACIENDA, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS han tomado la intervención de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 16, inciso 29, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y el artículo 6° de la Ley N° 27.198.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Incorpóranse a la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE MEDIOS PÚBLICOS del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, aprobada por el Artículo 2º del Decreto Nº 237 de fecha 22 de diciembre de 2015, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO DE MEDIOS PÚBLICOS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN E INFORMACIÓN DE GESTIÓN, de conformidad con la Responsabilidad Primaria y Acciones que obran en Planilla Anexa (IF-2016-00413299-APN-COORDAL#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2° — Incorpóranse a la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, aprobada por el Artículo 2º del Decreto Nº 237 de fecha 22 de diciembre de 2015, con dependencia directa de la citada Secretaría, la Dirección de Coordinación de Señales y Plan Estratégico Audiovisual, la Dirección de Cooperación Internacional y Proyectos Especiales, la Dirección de Difusión y Diseño y la Dirección para la integración en la Gestión de Contenidos y, con dependencia de la SUBSECRETARÍA DE CENTROS TEMÁTICOS Y EXPRESIONES FEDERALES, la Dirección de Enlace Institucional, de conformidad con la Responsabilidad Primaria y Acciones que obran en Planilla Anexa (IF-2016-00413304-APN-COORDAL#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º — Facúltase al titular del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por el Decreto Nº 237 de fecha 22 de diciembre de 2015 del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, la que deberá prever un máximo de VEINTIDÓS (22) Direcciones y SIETE (7) Coordinaciones del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto Nro. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificaciones, las que a través del acto de aprobación serán incorporadas en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III (Dirección) y IV (Coordinación).

ARTÍCULO 4º — Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, según el detalle obrante en Planilla Anexa (IF-2016-00413311-APN-COORDAL#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5º — Facúltase al titular del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados y aprobados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento de la aprobación o modificación.

ARTÍCULO 6° — Autorízase, como excepción al artículo 6° de la Ley N° 27.198, el incremento de cargos con funciones ejecutivas del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2016-00413499-APN-COORDAL#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 7º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 8º — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE MEDIOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO DE MEDIOS PÚBLICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Secretario de Medios Públicos en la formulación, evaluación, impulso y ejecución de lineamientos, planes, programas y acciones relativos al desarrollo y explotación de los servicios de radiodifusión sonora y televisiva del Estado Nacional a nivel local e internacional y en la producción y distribución de contenido en todo el espectro de medios que formen parte de las licencias del Estado Nacional.

ACCIONES:

1. Coordinar y asistir en el planeamiento de políticas de desarrollo y gestión de los Medios Públicos en el ámbito de competencia de la Secretaría.

2. Asistir en las actividades de planificación, evaluación, comunicación intra e interministerial en los temas de competencia de la Secretaría.

3. Asesorar en nuevas tendencias, tecnologías y producciones en el ámbito de los medios nacionales e internacionales.

4. Promover la participación de organizaciones profesionales, académicas y especializadas en la elaboración de planes, programas y contenidos.

5. Asistir en la formulación y celebración de convenios nacionales e internacionales en el ámbito de competencia de la Secretaría.

DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN E INFORMACIÓN DE GESTIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Secretario de Medios Públicos en la coordinación de la implementación, el seguimiento y control de planes, programas, tratados y convenios nacionales e internacionales, leyes y reglamentos generales relativos al ámbito de competencia de la Secretaría y en los vínculos administrativos y operacionales con los Medios Públicos y las distintas áreas del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS.

ACCIONES:

1. Coordinar los vínculos administrativos y operativos de la Secretaría con los Medios Públicos bajo su competencia y con otras áreas del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS.

2. Asistir a los medios públicos en el diseño de información de gestión útil para la toma de decisión de la Secretaría.

3. Asesorar en lo relativo al marco regulatorio del sistema nacional de medios públicos.

4. Asistir en la implementación de planes, programas, tratados y convenios nacionales e internacionales, leyes y reglamentos generales relativos al ámbito de competencia de la Secretaría.

5. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los entes bajo competencia de la Secretaría en los planes, programas, tratados, convenios, leyes y reglamentos generales relativos al ámbito de competencia de la Secretaría.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

SUBSECRETARÍA DE CENTROS TEMÁTICOS Y EXPRESIONES FEDERALES

DIRECCIÓN DE ENLACE INSTITUCIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar la relación con los diversos organismos y poderes del Estado, sistematizando la información generada.

ACCIONES:

1. Asistir en el diseño y aplicación de indicadores de monitoreo y evaluación de programas pertenecientes al SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, de acuerdo a los requerimientos que se le efectúen.

2. Asistir en el desarrollo de marcos lógicos, tableros de gestión y demás herramientas que aporten a la sistematización de la información, según los requerimientos que se le efectúen.

3. Participar en la elaboración de informes especiales, de gestión y estado de situación sobre iniciativas, programas y sectores a requerimiento de la SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS.

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DE SEÑALES Y PLAN ESTRATÉGICO AUDIOVISUAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en la definición de la estrategia de integración y contención de los canales públicos que existen por fuera de la órbita de RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO.

ACCIONES:

1. Dirigir la creación y puesta en funcionamiento de una estructura para la generación, producción y distribución de contenidos en los canales públicos que existen por fuera de la órbita de RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO.

2. Impulsar proyectos que apunten a la centralización ejecutiva y a la descentralización operativa de los canales públicos.

3. Construir capacidades técnicas, administrativas y de gestión en los canales públicos.

4. Impulsar esquemas innovadores para la integración de la producción, generación y difusión de contenidos de manera coordinada entre las señales y canales públicos que integran el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS.

5. Fomentar la participación de organizaciones no gubernamentales a través de la cesión de espacios de programación en señales nuevas y existentes.

6. Impulsar la formación e investigación aplicada para la generación, producción y distribución de contenidos.

7. Planificar y producir contenidos audiovisuales del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS.

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y PROYECTOS ESPECIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Secretaría en materia de cooperación internacional y realizar el control de la instrumentación de las acciones de cooperación internacional propuestas.

ACCIONES:

1. Planificar las acciones de seguimiento y control de gestión de los compromisos asumidos del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS con entidades internacionales.

2. Supervisar el seguimiento de acuerdos internacionales celebrados, así como en la implementación de proyectos que involucren una contraparte internacional.

3. Coordinar el enlace con los organismos del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, en lo atinente a la cooperación internacional.

4. Atender los temas de cooperación en materia de generación, producción y difusión de contenidos en el proceso de integración de los países del MERCOSUR.

5. Ejecutar acciones de vinculación con entidades académicas, Sistemas de Medios de otros países, entidades científico-tecnológica y de gestión de recursos con el exterior, en coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

6. Diseñar los instrumentos de vinculación y gestión de recursos internacionales y su coordinación con los organismos públicos y privados vinculados a las actividades que forman parte del ámbito de actuación del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS.

7. Gestionar la agenda de nuevos proyectos en innovación en el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS.

8. Generar un banco de proyectos prioritarios en materia de innovación, que cuenten con una contraparte internacional.

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE DIFUSIÓN Y DISEÑO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en el diseño y confección de los contenidos de las piezas de comunicación, gráficas, audiovisuales y digitales.

ACCIONES:

1. Participar en la producción de las piezas de difusión gráficas, audiovisuales y digitales.

2. Asistir en la definición de los manuales de marcas e imagen institucional de las piezas producidas por la SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS.

3. Intervenir en la creación y diseño de la imagen institucional de los contenidos del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS.

4. Administrar y suministrar contenidos para las páginas web, redes sociales y demás canales de difusión de la SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS.

5. Delinear estrategias de marca e identidad del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS.

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN PARA LA INTEGRACIÓN EN LA GESTIÓN DE CONTENIDOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en el diseño y coordinación de la planificación transversal e integrada de la gestión de proyectos.

ACCIONES:

1. Impulsar mecanismos de seguimiento y control en el marco de una gestión por objetivos y resultados.

2. Coordinar la vinculación entre los organismos operativos de gestión de la SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS y las dependencias administrativas y de comunicación, fomentando la sinergia entre estructuras internas.

3. Participar en la definición de lineamientos para la generación, producción y distribución de contenidos.

4. Coordinar la implementación de planes, programas y proyectos ejecutados por la Secretaría.

5. Elaborar y proponer los instrumentos que permitan elevar los niveles de coherencia y complementariedad de las tareas y fines de la Secretaría.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4º

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

INCORPORACIONES

Unidad organizativa Nivel
SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE MEDIOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO DE MEDIOS PÚBLICOS I
DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN E INFORMACIÓN DE GESTIÓN I


SUBSECRETARIA DE CENTROS TEMÁTICOS Y EXPRESIONES FEDERALES
DIRECCIÓN DE ENLACE INSTITUCIONAL II


SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DE SEÑALES Y PLAN ESTRATÉGICO AUDIOVISUAL II
DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y PROYECTOS ESPECIALES II
DIRECCION DE DIFUSION Y DISEÑO II
DIRECCION PARA LA INTEGRACION EN LA GESTION DE CONTENIDOS II

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 6º

PRESUPUESTO 2016

RECURSOS HUMANOS

JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

PROGRAMA 49 - ACCIONES DEL SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS

CARGO O CATEGORÍA CANTIDAD DE
CARGOS HORAS DE CATEDRA
PERSONAL PERMANENTE

PERSONAL DEL SINEP - DECRETO N° 2098/08

A +7
B +38
C +2
D +2
SUBTOTAL ESCALAFÓN +49
TOTAL PROGRAMA +49


FE DE ERRATAS

Decisión Administrativa 762/2016

En la citada norma se deslizó el siguiente error.

DONDE DICE: ARTÍCULO 3° — “… la que deberá prever un máximo de VEINTE (22) Direcciones”.

DEBE DECIR: ARTÍCULO 3° — “… la que deberá prever un máximo de VEINTIDÓS (22) Direcciones”.