MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL
Resolución 414 - E/2016
Buenos Aires, 29/07/2016
VISTO: El Expediente N° CUDAP: EXP-JGM:0022380/2016 del Registro de la
Ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 13.577, modificada por la Ley N°
20.324, los Decretos N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989 y N° 776 de
fecha 12 de mayo de 1992, y sus modificatorios, la Resolución de la ex
Empresa Obras Sanitarias de la Nación N° 79.190 de fecha 1 de agosto de
1990, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE N° 316 de fecha 23 de
marzo de 2005, y modificatorios, la Resolución de la SECRETARÍA DE
CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL N° 16 de fecha 1 de marzo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10 del Decreto N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989 y
modificatorios indica que, todos los establecimientos industriales y/o
especiales, están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual
conteniendo los datos especificados en las disposiciones instrumentales
del Decreto citado.
Que tanto mediante la Resolución de la ex Empresa Obras Sanitarias de
la Nación N° 79.190 de fecha 1 de agosto de 1990, como por la
Resolución N° 316 de fecha 23 de marzo de 2005 de la ex SECRETARÍA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE entonces dependiente del MINISTERIO
DE SALUD Y AMBIENTE, se estableció que dicha Declaración Jurada Anual
debería ser presentada del 1° al 30 de abril de cada año, conteniendo
la información correspondiente al año anterior.
Que a fin de simplificar y modernizar dicho trámite se ha iniciado un
proceso de informatización del mismo, resultando conveniente revisar
los plazos para la presentación de la Declaración Jurada
correspondiente al año 2015.
Que en el mismo sentido, es pertinente a fin de un mejor ordenamiento
administrativo, dividir las fechas para la presentación de la
Declaración Jurada Anual según el número de Clave Única de
Identificación Tributaria de cada uno de los establecimientos obligados.
Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO
AMBIENTAL N° 16 de fecha 1 de marzo de 2016, se prorrogó
excepcionalmente los plazos de presentación de la Declaración Jurada
anual, por única vez y como excepción a la Resolución SAyDS N° 316/05.
Que a fin de que los administrados puedan acceder al nuevo sistema, se
han dictado cursos y talleres con el objeto de facilitar a los mismos
las herramientas informáticas necesarias que les permitan dar
cumplimiento a la presentación anual de la Declaración Jurada exigida
en el citado Decreto N° 674/89 y modificatorios.
Que no obstante haberse promovido las acciones precedentemente
mencionadas, gran parte de los administrados no han podido acceder al
nuevo sistema informático implementado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en función de las facultades otorgadas
por el artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002,
modificado por el Decreto N° 232 de fecha 22 de diciembre de 2015 y
normas complementarias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Prorróganse excepcionalmente hasta el 31 de agosto de
2016, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual
establecida por el artículo 10 del Decreto N° 674/89 y modificatorios,
correspondiente al año 2015, para los establecimientos cuyo número de
Clave Única de Identificación Tributaria terminen en 0, 1, 2, 3 ó 4.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional de Registro Oficial y archívese. — JAVIER URETA SAENZ PEÑA,
Secretario, Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental.
e. 02/08/2016 N° 54186/16 v. 02/08/2016