PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 783/2016

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Buenos Aires, 02/08/2016

VISTO el Expediente Nº S02:0060659/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 y la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 19 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 15 de marzo de 2010 el Estado Nacional representado por el ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR suscribieron el “Acuerdo para promover la Inversión y el Desarrollo de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO”.

Que a través del Artículo 4º del mencionado acuerdo, el ESTADO NACIONAL se comprometió a transferir en forma mensual a la Provincia fondos del TESORO NACIONAL equivalentes al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las regalías hidrocarburíferas correspondientes a los lotes actualmente concesionados por el ESTADO NACIONAL de las Áreas Costa Afuera bajo su jurisdicción ubicados en la plataforma continental adyacente a la ISLA GRANDE DE TIERRA DEL FUEGO (Área Decreto Nº 214 del 10 de febrero de 1994) y de las que se concesionaren en el futuro; sin perjuicio de otros fondos del TESORO NACIONAL que surgieran de partidas o créditos presupuestarios que se asignasen oportunamente para tal fin.

Que asimismo a través del Artículo 3º del citado acuerdo la Provincia a fin de garantizar la afectación de las sumas a transferir por el ESTADO NACIONAL se comprometió a constituir un Fideicomiso denominado “Fideicomiso Austral” y a destinar a dicho fideicomiso el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los ingresos por las regalías hidrocarburíferas que se obtuvieran de las áreas actualmente en curso de licitación y de toda otra que se explotare sucesivamente en su territorio marítimo y/o terrestre, por el tiempo de vigencia del acuerdo, sin perjuicio de otros fondos del presupuesto que surjan de partidas o créditos presupuestarios que se asignasen oportunamente para tal fin.

Que posteriormente con fecha 25 de enero de 2012 la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR suscribieron un Convenio Complementario al mencionado acuerdo.

Que a través de las cláusulas 1º y 9º del convenio, la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA se obligó a transferir los fondos estipulados en el Artículo 4º del acuerdo desde la partida 5.8.1- Transferencias a gobiernos provinciales para financiar gastos de capital Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional del Programa 73 - Formulación y Ejecución de la Política de Hidrocarburos, del ex Servicio Administrativo Financiero 354 - MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que por otro lado, mediante la cláusula 3º del convenio, la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA asumió el compromiso de informar bimestralmente a la Provincia el equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las regalías hidrocarburíferas correspondientes a los lotes actualmente concesionados por el ESTADO NACIONAL de las Áreas Costa Afuera bajo su jurisdicción ubicados en la plataforma continental adyacente a la ISLA GRANDE de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR (Área Decreto Nº 214/94) y de las que se concesionaren en el futuro.

Que a través del Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y se reordenaron las competencias de los distintos ministerios, creándose el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, al que se le transfirieron competencias en materia de obra pública que tenía asignadas el ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que mediante el Decreto Nº 212 del 22 de diciembre de 2015, se estableció que es competencia de la SECRETARÍA DE PROVINCIAS, la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO PROVINCIAL y la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS asistir al Ministro del INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA en lo atinente al Fideicomiso Austral en el marco de lo previsto en el Decreto Nº 2.084 del 28 de diciembre de 2010 y la Resolución Nº 185 del 23 de febrero de 2011, del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que, en consecuencia, corresponde reforzar el Presupuesto de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, Servicio Administrativo Financiero 325.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se encuentra amparada en las disposiciones del artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2016-00108632-APN-SSP#MH) al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio. — Alfonso de Prat Gay.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)