Secretaría de Seguridad Social
SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO
Resolución 6/2016
Índice de actualización de remuneraciones. Aprobación.
Buenos Aires, 18/07/2016
VISTO el Expediente N° 1.727.937/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 24.241, sus
complementarias y modificatorias, y N° 26.417 y el Decreto N° 807 de
fecha 24 de junio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que a fin de actualizar en forma justa y razonable las remuneraciones
que se toman en cuenta para calcular las prestaciones previsionales de
los afiliados al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), en los
términos del artículo 24, inciso a) de la Ley N° 24.241 y sus
modificatorias, y en consonancia con lo dispuesto por la jurisprudencia
del Superior Tribunal de Justicia de la Nación, a través del Decreto N°
807/16 encomendó a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL la elaboración y
aprobación de un índice combinado.
Que el citado índice debe reflejar las variaciones que se produjeron en
el Nivel General de las Remuneraciones (INGR) hasta el 31 de marzo de
1995, luego las variaciones del Índice de la Remuneración Imponible
Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) desde esa fecha y hasta
el 30 de junio de 2008, y luego las variaciones resultantes de las
movilidades establecidas por la Ley N° 26.417.
Que en cumplimiento de la manda mencionada, la Dirección Nacional de
Programación Económica de esta SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL procedió
a elaborar el índice encomendado, de acuerdo a los lineamientos
señalados, por lo que corresponde proceder a su aprobación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 3° del Decreto N° 807 del 24 de junio de 2016 y en
virtud de lo dispuesto en el apartado XVIII del Anexo II al Decreto N°
357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el índice a utilizar para la actualización de
las remuneraciones de los afiliados al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL
ARGENTINO (SIPA), de conformidad con lo dispuesto por el artículo 24,
inciso a) de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, cuyos valores se
consignan en el ANEXO que integra la presente resolución.
ARTÍCULO 2° — El índice que se aprueba por medio de la presente
resolución también será de aplicación en lo pertinente a la
actualización de las remuneraciones de los afiliados al SISTEMA
INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), para establecer el ingreso base
de los retiros por invalidez y de las pensiones por fallecimiento del
afiliado en actividad, en los términos del artículo 97 de la Ley N°
24.241 y su reglamentación.
ARTÍCULO 3° — Facúltese a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL a dictar las normas necesarias para la aplicación de la presente
medida.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Juan C. Paulucci.
ANEXO
ÍNDICE DE ACTUALIZACIÓN DE LAS REMUNERACIONES MENSUALES PERCIBIDAS POR
LOS AFILIADOS AL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO QUE HUBIERAN
PRESTADO TAREAS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA