MINISTERIO
DE CULTURA
Resolución 347 - E/2016
Buenos Aires, 29/07/2016
VISTO el Decreto 357/2002 y sus modificatorios, la Decisión
Administrativa N° 213/16, y el expediente N° 4173/16 del registro del
MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N° 35/2016, se modificó el organigrama de la
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, aprobado por Decreto N° 357/02,
creándose la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, y la SUBSECRETARÍA DE
ECONOMÍA CREATIVA, en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN.
Que, entre las competencias asignadas a la SECRETARÍA DE CULTURA Y
CREATIVIDAD, se encuentran las de “…entender en la planificación y
ejecución de políticas públicas destinadas al reconocimiento y
fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus formas así como
a favorecer la integración y acceso de todos los sectores a la
producción y consumo de bienes y servicios culturales”, entre otras de
similar tenor.
Que la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA tiene entre sus objetivos,
los de “...Impulsar acciones que faciliten herramientas de gestión
cultural, promoviendo el desarrollo de proyectos culturales
sustentables.
promover el desarrollo de las industrias vinculadas con la cultura y
creatividad con sentido inclusivo y federal...” , entre otros.
Que, a través de la Decisión Administrativa N° 213/16, se creó la
DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS, en el ámbito de la
SUBSECRETARÍA antes mencionada.
Que la citada DIRECCIÓN NACIONAL, tiene entre sus competencias las de
“...diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a la
generación y desarrollo de industrias creativas tendientes a impulsar
la creación de puestos de trabajo en el sector, promoviendo las
tradiciones nacionales, protegiendo su desarrollo, perfeccionamiento y
difusión...” y …”promover el fortalecimiento de las industrias
creativas nacionales, favoreciendo aquellos sectores que propicien el
pleno empleo de sus recursos humanos, con especial énfasis en la
difusión de las artesanías y la conservación de sus técnicas
tradicionales…”.
Que, en ese contexto, es necesario estimular y favorecer las industrias
creativas en todas sus formas, distinguiendo las producciones
artesanales que reúnan las condiciones de excelencia técnica,
autenticidad cultural, innovación en el diseño, sustentabilidad
ecológica, y sostenibilidad en la comercialización y la producción,
bajo la premisa del respeto por el medio ambiente.
Que, el Consejo Mundial de Artesanías —WCC—, es una institución no
gubernamental, sin fines de lucro, afiliada a la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura —UNESCO—,
como organismo asesor, cuyo objetivo es fortalecer la artesanía como
parte vital de la vida económica y cultural, promover la hermandad
entre los artesanos del mundo, ofrecerles estímulo, ayuda, capacitación
y promover su desarrollo económico a través de actividades que generen
ingresos.
Que el WCC se encuentra dividido en cinco regiones África, Asia
Pacífico, Europa, América Latina y América del Norte.
Que, en ese marco y patrocinado por UNESCO, el WCC creó en 2001 el
programa “Reconocimiento de Excelencia para la Artesanía”, dirigido a
estimular a los artesanos a generar productos de calidad utilizando
técnicas y temas tradicionales de manera original, a fin de asegurarles
su permanencia y desarrollo en el mundo contemporáneo.
Que, en ese contexto, el concurso “Reconocimiento de Excelencia para
productos artesanales MERCOSUR”, constituye un mecanismo de
certificación de calidad que reconoce cuando un producto artesanal o
línea de productos cumple con los más altos estándares de calidad, y
posee carácter sustentable.
Que el certamen se instrumenta operativamente a través de una
preselección local en cada uno de los Estados integrantes del WCC, para
la posterior presentación y evaluación de un jurado internacional.
Que el Mercado Nacional de Artesanías Tradicionales Argentinas
—M.A.T.R.A.—, tiene por objetivo intervenir en la organización,
promoción, difusión, defensa, financiamiento, coordinación y ejecución
de los planes, programas y proyectos de desarrollo de la actividad
artesanal.
Que en ese marco colabora con el WCC contribuyendo con su actividad en
el país, y ha participado en años anteriores de la preselección local
del concurso.
Que, se propicia, para la edición 2016 del certamen, formalizar la
convocatoria para el tramo local, de conformidad con el Reglamento de
Bases y Condiciones que integra, como anexo, la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
CULTURA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta con fundamento en las facultades
delegadas por el Decreto N° 392/86, en lo establecido mediante Decreto
N° 357/02 y sus modificatorios; la Decisión Administrativa 213/16 y en
el marco de los objetivos asignados a esta cartera ministerial por la
ley N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Aprobar la convocatoria al certamen “Reconocimiento de
Excelencia para productos artesanales MERCOSUR”, del Consejo Mundial de
Artesanías (WCC-UNESCO), de conformidad con el reglamento en el Anexo I
“Bases y Condiciones” (IF-2016-00409711-APN -SECCYC-MC) y Anexo II
“Formulario de Solicitud” (IF-2016-00409730-APN -SECCYC-MC) que forma
parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2° — La SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA, de la SECRETARIA
DE CULTURA Y CREATIVIDAD, será la autoridad de aplicación e
interpretación de las pautas establecidas en el Anexo I “Bases y
Condiciones” (IF-2016-00409711-APN -SECCYC-MC) que integra la presente
medida.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro,
Ministerio de Cultura.
ANEXO I
REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES
CERTAMEN “RECONOCIMIENTO DE EXCELENCIA PARA PRODUCTOS ARTESANALES
MERCOSUR”
La presente convocatoria tiene como objetivo principal estimular a los
artesanos y artesanas a crear productos de calidad mediante el uso de
destrezas, diseño, y temas tradicionales, de modo innovador, buscando
asegurar la continuidad y sostenibilidad de la diversidad de técnicas y
tradiciones artesanales.
OBJETIVOS
• Proporcionar oportunidades de comercialización para garantizar la
sostenibilidad del sector artesanal: Desde el punto de vista económico,
el sector artesanal desempeña un rol significativo en el desarrollo de
las economías locales, en la generación de empleo y de ingresos para
amplios sectores de población. En la medida que el Reconocimiento de
Excelencia establece estándares de calidad, los artesanos cuyos
productos son reconocidos pueden tener facilidades para acceder a
nuevos canales de comercialización y, de esa manera, lograr medios de
vida sostenibles. Para ello es importante el desarrollo de redes de
productores/as artesanales y compradores/as, incluidos los segmentos
superiores del mercado y a través de exposiciones y ferias comerciales.
• Establecer normas rigurosas de excelencia para la artesanía: El
Reconocimiento mantiene el objetivo de establecer mecanismos de control
de calidad dignos de crédito, para promover normas rigurosas de
excelencia. Está concebido para asegurar a los consumidores/as que al
comprar productos que han obtenido el Reconocimiento, adquieren
auténticos productos culturales de alta calidad, producidos con
responsabilidad social y respeto por el medio ambiente.
• Estimular la Innovación: Al tiempo que fomenta la preservación de las
técnicas tradicionales, el Reconocimiento estimula la innovación de los
productos con el objetivo de garantizar que la artesanía siga estando
vigente, sea valiosa y comercializable según los criterios de la
sociedad contemporánea.
• Evaluación del Programa: En el programa Reconocimiento de Excelencia
se llevan a cabo talleres de evaluación, a los efectos de identificar
los beneficios de su realización, a partir de la experiencia de los
propios artesanos reconocidos.
DESTINATARIOS
La convocatoria está dirigida a productores individuales de artesanías,
o personas jurídicas sin fines de lucro que los reúnan.
Personas Físicas: Los postulantes deberán ser mayores de edad y residir
de forma permanente en el país.
Personas Jurídicas: Las entidades solicitantes deberán estar
constituidas en el país, con sede y desarrollo de su actividad en
territorio nacional.
En ese marco, deberán acompañar la siguiente documentación:
Personas Físicas.
1. Copia del DNI (bifaz en el caso de DNI tarjeta o tres primeras hojas
en el caso de DNI libreta) rubricado por su titular.
2. Constancia de CUIT rubricada por su titular.
3. Constancia de inscripción ante la AFIP rubricada por su titular.
Personas Jurídicas:
1. Resolución o acto de otorgamiento de la personería jurídica, acta de
constitución, estatuto actualizado de la entidad, y última designación
de autoridades extraída del libro de actas debidamente rubricado.
(Copias certificadas)
2. Copia del DNI del o los representante/s legal/es de la entidad de
acuerdo a su naturaleza jurídica, (bifaz en el caso de DNI tarjeta o
tres primeras hojas en el caso de DNI libreta) rubricado por su titular.
3. Constancia de inscripción ante la AFIP. Rubricada por el
representante legal de la entidad.
ESPECIFICACIONES TECNICAS
El Reconocimiento de Excelencia se otorgará exclusivamente a productos
artesanales hechos de un material natural o de una combinación de
materiales naturales, por lo que solo se admitirán productos o línea de
productos que se adecúen a esa condición.
Las artesanías se definen como productos hechos totalmente a mano o con
la ayuda de herramientas manuales o medios mecánicos, siempre que la
contribución manual directa del artesano o artesana, sea el componente
de mayor importancia en el producto terminado. Se hacen con materias
primas procedentes de recursos sostenibles. Estos productos pueden ser
utilitarios, estéticos, artísticos, creativos, de índole cultural,
decorativos, funcionales, tradicionales, simbólicos por razones
religiosas y sociales y significativos. (Adaptado de la definición de
productos artesanales incluida en el Simposio Internacional sobre “La
Artesanías y el Mercado Internacional: Comercio y Codificación de
Aduana” UNESCO/CCI, Manila, Filipinas, Octubre de 1997).
En tal sentido, los productos podrán estar hechos con materiales tales
como:
• Cerámica (barro, barro cocido, alfarería, cerámica de gres, porcelana)
• Metal (plata, oro, bronce, hierro, peltre)
• Fibras naturales (palma, mimbre, paja, bambú, vetiver, ratán)
• Piedra (preciosas, semipreciosas, jades)
• Textiles (lanas, pelos, algodón, seda, lino)
• Madera (incluye papel y laca)
• Cuero, pieles
La nómina de referencia posee carácter enunciativo. Se podrán presentar
piezas confeccionadas en otros materiales, siempre que el criterio de
desarrollo responda al descripto en este apartado.
Los productos que se presenten, no podrán pesar más de 10 (diez) kilos,
deberán tener una dimensión no mayor a 1,50 m3 o 10 m2 y su precio no
puede exceder los once mil pesos ($ 11.000.-).
FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCION.
La inscripción dará comienzo el primer día hábil posterior a la
publicación de las presentes bases en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, y se prolongará durante 25 (veinticinco) días
corridos. De ser necesario, con el objeto de garantizar la adecuada
participación en el certamen, así como la pluralidad en la
participación del público destinatario, la autoridad de aplicación
podrá prorrogar por única vez, el plazo de inscripción al concurso.
La inscripción se hará efectiva mediante el formulario de solicitud que
integra el presente reglamento. El formulario aludido deberá estar
completo y proporcionar toda la información allí solicitada sobre el
producto.
Adicionalmente, los postulantes deberán acompañar tres (3) fotografías;
una (1) de la muestra del producto artesanal y dos (2) del proceso de
producción. Deberán ser presentadas en papel fotográfico de alta
calidad (12 cm x 17 cm), diapositiva o formato digital.
Toda la documentación institucional, personal, material fotográfico,
pieza artesanal y en general todo los requerido en este reglamento para
su postulación, podrá ser presentado en la sede del MERCADO NACIONAL DE
ARTESANIAS TRADICIONALES ARGENTINA —M.A.T.R.A.— sito en la calle Alsina
1169 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 13 a 18 hs.
También podrá enviarse por correo postal. La fecha consignada en el
sello otorgado por el correo, será válida a los fines de la inscripción
siempre. Deberá indicarse claramente en el paquete “Muestras para ser
presentadas al Reconocimiento de Excelencia para productos artesanales
MERCOSUR” y utilizarse la alternativa de envío postal más veloz entre
las modalidades disponibles, procurando un embalaje de buena calidad, a
fin de evitar que las piezas se rompan o dañen durante el transporte.
De ocurrir tal circunstancia, las piezas no serán evaluadas ni
devueltas. El costo del envío está a cargo de solicitante.
CONFORMACION DEL JURADO. CRITERIOS DE SELECCION.
El Jurado para la preselección local estará compuesto por:
Dra. CECILIA PEREZ MICOU, especialista en artesanías y cestería;
Diseñadora MARIA MAZZA, Jefa del Mercado Artesanal de La Rioja,
Lic. LUJAN CAMBARIERE, especialista en diseño y artesanía, y
Lic. TERESA DE ANCHORENA, Presidente de la Comisión Nacional de
Monumentos y Sitios Históricos
EL Jurado evaluará las obras presentadas, de acuerdo con los criterios
de ponderación que se detallan a continuación, avalados por UNESCO.
• Excelencia: Excelencia demostrada y calidad elevada en destreza y
conocimiento de la técnica utilizada. Este criterio estará avalado por
el uso de materiales y técnicas de alta calidad y atención especial a
los detalles de realización de los productos.
• Auténtico: Expresión de identidad cultural y de valores estéticos
tradicionales. Esto se demuestra por una aplicación bien lograda de la
expresión estética y cultural o de la técnica tradicional de artesanía.
• Innovación: Innovación en diseño y producción. Eso se demuestra
mediante una mezcla eficaz y fructífera de lo tradicional y lo
contemporáneo o de la inventiva y el uso creativo del material, el
diseño y el proceso de producción.
• Comercialización: Realizar productos artesanales con posibilidades de
ser colocados en el mercado mundial. Se relaciona con la funcionalidad
de los productos, el empleo inocuo por parte de los posibles
compradores, una relación equilibrada entre precio y calidad o la
sostenibilidad de la producción.
• Ecología: Respeto al medio ambiente en cuanto a los materiales y las
técnicas de producción: Esto puede ejemplificarse mediante el uso de
colorantes y fibras naturales, materiales reciclados y materiales y
procesos de producción inocuos al medio ambiente.
• Responsabilidad Social: La artesanía es socialmente responsable
cuando tiene efectos positivos sobre el desarrollo local, promueve la
cohesión social y minimiza los impactos negativos sobre las personas y
el entorno.
La autoridad de aplicación designada en los términos del artículo 2° de
esta Resolución, se encuentra facultada para aprobar la selección
efectuada por el Jurado mediante el dictado del acto administrativo
pertinente. Las piezas seleccionadas participaran del tramo
internacional del certamen WCC-UNESCO. La decisión experta del jurado,
en relación a los aspectos técnicos y conceptuales de la elección, será
desarrollada en el acta labrada a tal efecto, y no será revisada, sin
perjuicio de los recursos previstos en la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos N° 19.549, y su reglamento aprobado por
Decreto 1759/02 con relación al procedimiento y acto administrativo de
clausura.
Se podrán seleccionar hasta veinte (20) productos o línea de productos
(cinco piezas como máximo), que serán postulados a la elección del
jurado internacional, que otorgará el Reconocimiento de Excelencia.
Los resultados serán comunicados durante la tercera semana de agosto
del corriente año.
ANEXO II
“Reconocimiento de Excelencia Para Productos Artesanales del MERCOSUR”
WORLD CRAFTS COUNCIL 2016
Formulario de Solicitud
e. 04/08/2016 N° 55050/16 v. 04/08/2016