MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 347 - E/2016

Buenos Aires, 29/07/2016

VISTO el Decreto 357/2002 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 213/16, y el expediente N° 4173/16 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 35/2016, se modificó el organigrama de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, aprobado por Decreto N° 357/02, creándose la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, y la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA, en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN.

Que, entre las competencias asignadas a la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, se encuentran las de “…entender en la planificación y ejecución de políticas públicas destinadas al reconocimiento y fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus formas así como a favorecer la integración y acceso de todos los sectores a la producción y consumo de bienes y servicios culturales”, entre otras de similar tenor.

Que la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA tiene entre sus objetivos, los de “...Impulsar acciones que faciliten herramientas de gestión cultural, promoviendo el desarrollo de proyectos culturales sustentables.

promover el desarrollo de las industrias vinculadas con la cultura y creatividad con sentido inclusivo y federal...” , entre otros.

Que, a través de la Decisión Administrativa N° 213/16, se creó la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA antes mencionada.

Que la citada DIRECCIÓN NACIONAL, tiene entre sus competencias las de “...diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a la generación y desarrollo de industrias creativas tendientes a impulsar la creación de puestos de trabajo en el sector, promoviendo las tradiciones nacionales, protegiendo su desarrollo, perfeccionamiento y difusión...” y …”promover el fortalecimiento de las industrias creativas nacionales, favoreciendo aquellos sectores que propicien el pleno empleo de sus recursos humanos, con especial énfasis en la difusión de las artesanías y la conservación de sus técnicas tradicionales…”.

Que, en ese contexto, es necesario estimular y favorecer las industrias creativas en todas sus formas, distinguiendo las producciones artesanales que reúnan las condiciones de excelencia técnica, autenticidad cultural, innovación en el diseño, sustentabilidad ecológica, y sostenibilidad en la comercialización y la producción, bajo la premisa del respeto por el medio ambiente.

Que, el Consejo Mundial de Artesanías —WCC—, es una institución no gubernamental, sin fines de lucro, afiliada a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura —UNESCO—, como organismo asesor, cuyo objetivo es fortalecer la artesanía como parte vital de la vida económica y cultural, promover la hermandad entre los artesanos del mundo, ofrecerles estímulo, ayuda, capacitación y promover su desarrollo económico a través de actividades que generen ingresos.

Que el WCC se encuentra dividido en cinco regiones África, Asia Pacífico, Europa, América Latina y América del Norte.

Que, en ese marco y patrocinado por UNESCO, el WCC creó en 2001 el programa “Reconocimiento de Excelencia para la Artesanía”, dirigido a estimular a los artesanos a generar productos de calidad utilizando técnicas y temas tradicionales de manera original, a fin de asegurarles su permanencia y desarrollo en el mundo contemporáneo.

Que, en ese contexto, el concurso “Reconocimiento de Excelencia para productos artesanales MERCOSUR”, constituye un mecanismo de certificación de calidad que reconoce cuando un producto artesanal o línea de productos cumple con los más altos estándares de calidad, y posee carácter sustentable.

Que el certamen se instrumenta operativamente a través de una preselección local en cada uno de los Estados integrantes del WCC, para la posterior presentación y evaluación de un jurado internacional.

Que el Mercado Nacional de Artesanías Tradicionales Argentinas —M.A.T.R.A.—, tiene por objetivo intervenir en la organización, promoción, difusión, defensa, financiamiento, coordinación y ejecución de los planes, programas y proyectos de desarrollo de la actividad artesanal.

Que en ese marco colabora con el WCC contribuyendo con su actividad en el país, y ha participado en años anteriores de la preselección local del concurso.

Que, se propicia, para la edición 2016 del certamen, formalizar la convocatoria para el tramo local, de conformidad con el Reglamento de Bases y Condiciones que integra, como anexo, la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta con fundamento en las facultades delegadas por el Decreto N° 392/86, en lo establecido mediante Decreto N° 357/02 y sus modificatorios; la Decisión Administrativa 213/16 y en el marco de los objetivos asignados a esta cartera ministerial por la ley N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Aprobar la convocatoria al certamen “Reconocimiento de Excelencia para productos artesanales MERCOSUR”, del Consejo Mundial de Artesanías (WCC-UNESCO), de conformidad con el reglamento en el Anexo I “Bases y Condiciones” (IF-2016-00409711-APN -SECCYC-MC) y Anexo II “Formulario de Solicitud” (IF-2016-00409730-APN -SECCYC-MC) que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — La SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA, de la SECRETARIA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, será la autoridad de aplicación e interpretación de las pautas establecidas en el Anexo I “Bases y Condiciones” (IF-2016-00409711-APN -SECCYC-MC) que integra la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro, Ministerio de Cultura.

ANEXO I

REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES

CERTAMEN “RECONOCIMIENTO DE EXCELENCIA PARA PRODUCTOS ARTESANALES MERCOSUR”

La presente convocatoria tiene como objetivo principal estimular a los artesanos y artesanas a crear productos de calidad mediante el uso de destrezas, diseño, y temas tradicionales, de modo innovador, buscando asegurar la continuidad y sostenibilidad de la diversidad de técnicas y tradiciones artesanales.

OBJETIVOS

• Proporcionar oportunidades de comercialización para garantizar la sostenibilidad del sector artesanal: Desde el punto de vista económico, el sector artesanal desempeña un rol significativo en el desarrollo de las economías locales, en la generación de empleo y de ingresos para amplios sectores de población. En la medida que el Reconocimiento de Excelencia establece estándares de calidad, los artesanos cuyos productos son reconocidos pueden tener facilidades para acceder a nuevos canales de comercialización y, de esa manera, lograr medios de vida sostenibles. Para ello es importante el desarrollo de redes de productores/as artesanales y compradores/as, incluidos los segmentos superiores del mercado y a través de exposiciones y ferias comerciales.

• Establecer normas rigurosas de excelencia para la artesanía: El Reconocimiento mantiene el objetivo de establecer mecanismos de control de calidad dignos de crédito, para promover normas rigurosas de excelencia. Está concebido para asegurar a los consumidores/as que al comprar productos que han obtenido el Reconocimiento, adquieren auténticos productos culturales de alta calidad, producidos con responsabilidad social y respeto por el medio ambiente.

• Estimular la Innovación: Al tiempo que fomenta la preservación de las técnicas tradicionales, el Reconocimiento estimula la innovación de los productos con el objetivo de garantizar que la artesanía siga estando vigente, sea valiosa y comercializable según los criterios de la sociedad contemporánea.

• Evaluación del Programa: En el programa Reconocimiento de Excelencia se llevan a cabo talleres de evaluación, a los efectos de identificar los beneficios de su realización, a partir de la experiencia de los propios artesanos reconocidos.

DESTINATARIOS

La convocatoria está dirigida a productores individuales de artesanías, o personas jurídicas sin fines de lucro que los reúnan.

Personas Físicas: Los postulantes deberán ser mayores de edad y residir de forma permanente en el país.

Personas Jurídicas: Las entidades solicitantes deberán estar constituidas en el país, con sede y desarrollo de su actividad en territorio nacional.

En ese marco, deberán acompañar la siguiente documentación:

Personas Físicas.

1. Copia del DNI (bifaz en el caso de DNI tarjeta o tres primeras hojas en el caso de DNI libreta) rubricado por su titular.

2. Constancia de CUIT rubricada por su titular.

3. Constancia de inscripción ante la AFIP rubricada por su titular.

Personas Jurídicas:

1. Resolución o acto de otorgamiento de la personería jurídica, acta de constitución, estatuto actualizado de la entidad, y última designación de autoridades extraída del libro de actas debidamente rubricado. (Copias certificadas)

2. Copia del DNI del o los representante/s legal/es de la entidad de acuerdo a su naturaleza jurídica, (bifaz en el caso de DNI tarjeta o tres primeras hojas en el caso de DNI libreta) rubricado por su titular.

3. Constancia de inscripción ante la AFIP. Rubricada por el representante legal de la entidad.

ESPECIFICACIONES TECNICAS

El Reconocimiento de Excelencia se otorgará exclusivamente a productos artesanales hechos de un material natural o de una combinación de materiales naturales, por lo que solo se admitirán productos o línea de productos que se adecúen a esa condición.

Las artesanías se definen como productos hechos totalmente a mano o con la ayuda de herramientas manuales o medios mecánicos, siempre que la contribución manual directa del artesano o artesana, sea el componente de mayor importancia en el producto terminado. Se hacen con materias primas procedentes de recursos sostenibles. Estos productos pueden ser utilitarios, estéticos, artísticos, creativos, de índole cultural, decorativos, funcionales, tradicionales, simbólicos por razones religiosas y sociales y significativos. (Adaptado de la definición de productos artesanales incluida en el Simposio Internacional sobre “La Artesanías y el Mercado Internacional: Comercio y Codificación de Aduana” UNESCO/CCI, Manila, Filipinas, Octubre de 1997).

En tal sentido, los productos podrán estar hechos con materiales tales como:

• Cerámica (barro, barro cocido, alfarería, cerámica de gres, porcelana)

• Metal (plata, oro, bronce, hierro, peltre)

• Fibras naturales (palma, mimbre, paja, bambú, vetiver, ratán)

• Piedra (preciosas, semipreciosas, jades)

• Textiles (lanas, pelos, algodón, seda, lino)

• Madera (incluye papel y laca)

• Cuero, pieles

La nómina de referencia posee carácter enunciativo. Se podrán presentar piezas confeccionadas en otros materiales, siempre que el criterio de desarrollo responda al descripto en este apartado.

Los productos que se presenten, no podrán pesar más de 10 (diez) kilos, deberán tener una dimensión no mayor a 1,50 m3 o 10 m2 y su precio no puede exceder los once mil pesos ($ 11.000.-).

FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCION.

La inscripción dará comienzo el primer día hábil posterior a la publicación de las presentes bases en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y se prolongará durante 25 (veinticinco) días corridos. De ser necesario, con el objeto de garantizar la adecuada participación en el certamen, así como la pluralidad en la participación del público destinatario, la autoridad de aplicación podrá prorrogar por única vez, el plazo de inscripción al concurso.

La inscripción se hará efectiva mediante el formulario de solicitud que integra el presente reglamento. El formulario aludido deberá estar completo y proporcionar toda la información allí solicitada sobre el producto.

Adicionalmente, los postulantes deberán acompañar tres (3) fotografías; una (1) de la muestra del producto artesanal y dos (2) del proceso de producción. Deberán ser presentadas en papel fotográfico de alta calidad (12 cm x 17 cm), diapositiva o formato digital.

Toda la documentación institucional, personal, material fotográfico, pieza artesanal y en general todo los requerido en este reglamento para su postulación, podrá ser presentado en la sede del MERCADO NACIONAL DE ARTESANIAS TRADICIONALES ARGENTINA —M.A.T.R.A.— sito en la calle Alsina 1169 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 13 a 18 hs.

También podrá enviarse por correo postal. La fecha consignada en el sello otorgado por el correo, será válida a los fines de la inscripción siempre. Deberá indicarse claramente en el paquete “Muestras para ser presentadas al Reconocimiento de Excelencia para productos artesanales MERCOSUR” y utilizarse la alternativa de envío postal más veloz entre las modalidades disponibles, procurando un embalaje de buena calidad, a fin de evitar que las piezas se rompan o dañen durante el transporte. De ocurrir tal circunstancia, las piezas no serán evaluadas ni devueltas. El costo del envío está a cargo de solicitante.

CONFORMACION DEL JURADO. CRITERIOS DE SELECCION.

El Jurado para la preselección local estará compuesto por:

Dra. CECILIA PEREZ MICOU, especialista en artesanías y cestería;

Diseñadora MARIA MAZZA, Jefa del Mercado Artesanal de La Rioja,

Lic. LUJAN CAMBARIERE, especialista en diseño y artesanía, y

Lic. TERESA DE ANCHORENA, Presidente de la Comisión Nacional de Monumentos y Sitios Históricos

EL Jurado evaluará las obras presentadas, de acuerdo con los criterios de ponderación que se detallan a continuación, avalados por UNESCO.

• Excelencia: Excelencia demostrada y calidad elevada en destreza y conocimiento de la técnica utilizada. Este criterio estará avalado por el uso de materiales y técnicas de alta calidad y atención especial a los detalles de realización de los productos.

• Auténtico: Expresión de identidad cultural y de valores estéticos tradicionales. Esto se demuestra por una aplicación bien lograda de la expresión estética y cultural o de la técnica tradicional de artesanía.

• Innovación: Innovación en diseño y producción. Eso se demuestra mediante una mezcla eficaz y fructífera de lo tradicional y lo contemporáneo o de la inventiva y el uso creativo del material, el diseño y el proceso de producción.

• Comercialización: Realizar productos artesanales con posibilidades de ser colocados en el mercado mundial. Se relaciona con la funcionalidad de los productos, el empleo inocuo por parte de los posibles compradores, una relación equilibrada entre precio y calidad o la sostenibilidad de la producción.

• Ecología: Respeto al medio ambiente en cuanto a los materiales y las técnicas de producción: Esto puede ejemplificarse mediante el uso de colorantes y fibras naturales, materiales reciclados y materiales y procesos de producción inocuos al medio ambiente.

• Responsabilidad Social: La artesanía es socialmente responsable cuando tiene efectos positivos sobre el desarrollo local, promueve la cohesión social y minimiza los impactos negativos sobre las personas y el entorno.

La autoridad de aplicación designada en los términos del artículo 2° de esta Resolución, se encuentra facultada para aprobar la selección efectuada por el Jurado mediante el dictado del acto administrativo pertinente. Las piezas seleccionadas participaran del tramo internacional del certamen WCC-UNESCO. La decisión experta del jurado, en relación a los aspectos técnicos y conceptuales de la elección, será desarrollada en el acta labrada a tal efecto, y no será revisada, sin perjuicio de los recursos previstos en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, y su reglamento aprobado por Decreto 1759/02 con relación al procedimiento y acto administrativo de clausura.

Se podrán seleccionar hasta veinte (20) productos o línea de productos (cinco piezas como máximo), que serán postulados a la elección del jurado internacional, que otorgará el Reconocimiento de Excelencia.

Los resultados serán comunicados durante la tercera semana de agosto del corriente año.

ANEXO II

“Reconocimiento de Excelencia Para Productos Artesanales del MERCOSUR”

WORLD CRAFTS COUNCIL 2016

Formulario de Solicitud







e. 04/08/2016 N° 55050/16 v. 04/08/2016