MINISTERIO DE CULTURA

SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA

Disposición 5 - E/2016

Buenos Aires, 10/08/2016

VISTO el Expediente N° 3010/16 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, y la Resolución MC N° 342/16 y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución citada en el visto se creó el Programa FÁBRICA DE EMPRENDEDORES, en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE EMPRENDEDORISMO CULTURAL, dependiente de la Subsecretaría de Economía Creativa, de la Secretaría de Cultura y Creatividad de este Ministerio.

Que el citado programa está conformado por cuatro herramientas estratégicas que han sido designadas como PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL (LA MATERA), PROGRAMA DE PERFECCIONAMIENTO FEDERAL (COMUNIDAD EMPRENDEDORA), RED DE MENTORES e IMPULSO COLECTIVO.

Que los lineamientos, metas y objetivos de las cuatro herramientas mencionadas, han sido definidos en el anexo de la Resolución MC N° 342/16.

Que el artículo tercero de la norma en cita establece que la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA será la autoridad de aplicación e interpretación del programa FABRICA DE EMPRENDEDORES.

Que, en particular, se ha previsto que la autoridad de aplicación determine los aspectos de carácter operativo necesarios para efectivizar la participación de los emprendedores en las actividades de capacitación descriptas para los programas de Formación Inicial y Perfeccionamiento Federal, así como los requisitos para integrar la Red de Mentores en tal carácter.

Que dichas pautas poseen carácter general, y serán válidas para las actividades que se desarrollen en el corriente año y en años ulteriores, en el marco del programa FABRICA DE EMPRENDEDORES.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades delegadas en la Resolución MC N° 342/16

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA CREATIVA:

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el reglamento operativo de inscripción y participación en el PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL (LA MATERA), en el marco de los lineamientos establecidos por Resolución MC N° 342/16 y de conformidad con las pautas detalladas en el Anexo I (IF-2016-00647731-APN-SSEC-MC) que integra la presente Disposición.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y cumplido, archívese. — ANDRÉS GRIBNICOW, Subsecretario, Subsecretaría de Economía Creativa.

ANEXO I

INDICE

1- Objetivos

2- Módulos de la Matera

3- Destinatarios

4- Fechas y sedes

5- Forma y plazo de inscripción/asignación de cupos

6- Certificación y Prioridades.

7- Registro Audiovisual y autorización para el uso de la imagen personal.

8- Carta compromiso

1) Objetivos.

La Matera es un instrumento de capacitación destinado a proyectos de nivel inicial, para los emprendedores de todos los sectores que integran las Industrias Creativas. Se aspira a que los proyectos iniciales puedan convertirse en generadores de bienes y servicios culturales. A tal efecto se dictarán talleres en todo el país que incluyan los ejes prioritarios vinculados a la profesionalización y sustentabilidad de los proyectos. (Conf. Resolución MC N° 342/16)

2) Módulos de la Matera.

I) Identidad y Diseño

II) Gestión de Aspectos Legales, Contables y Tributarios

III) Estrategias de Financiamiento

IV) Plan de Negocios Comunicación y Marketing.

La participación en todos los módulos de LA MATERA, será de carácter GRATUITO.

3) Destinatarios.

La convocatoria se orienta exclusivamente a personas físicas. Podrán participar en el dictado de los módulos, emprendedores que provengan de todos los sectores que integran las Industrias Creativas. (Editorial, música, audiovisual, diseño, videojuegos, artesanías, artes escénicas)

Sin perjuicio de lo anterior, se aspira a que la composición de cada uno de los cursos que forman parte del plan curricular, sea representativo de proyectos de nivel inicial realmente existentes. A tal efecto, la inscripción a los módulos de La Matera deberá integrarse con información sobre el proyecto vinculado a los emprendedores inscriptos, y al rol de cada uno de ellos dentro del proyecto cuando este sea colectivo. La referida información será incorporada al formulario de inscripción que integra la presente disposición.

4) Fecha y sedes.

De conformidad con lo establecido en la Resolución MC N° 342/16, los módulos de LA MATERA se implementarán, cada año, en sedes institucionales ubicadas en las diferentes regiones del territorio nacional.

Las fechas previstas para la realización de cada módulo, así como la información sobre la ubicación efectiva de cada sede, serán comunicadas mediante el hipervínculo habilitado a tal efecto en el sitio web institucional del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION.

Específicamente, durante el año en curso, los módulos del Programa de Formación Inicial (LA MATERA) tendrán una duración de dos jornadas, y se implementarán de acuerdo con el siguiente esquema de lugares y fechas.

Región Patagonia: Ciudad de Neuquen.

Sede: Museo Gregorio Alvarez

Módulos I y II: Septiembre

Módulo III: Octubre

Módulo IV: Noviembre

Región Centro: Ciudad de Tandil.

Sede: CICE / Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires (UNICEN)

Módulo I: Agosto

Módulo II: Septiembre

Módulo III: Octubre

Módulo IV: Noviembre

Región NEA: Ciudad Corrientes.

Sede: Centro Cultural Universitario / UNNE (Universidad Nacional del Nordeste)

Módulo I: Septiembre

Módulo II: Octubre

Módulo III: Noviembre

Módulo IV: Diciembre

Región NOA: Ciudad de Salta.

Sede: Casa Bicentenario Centro Cultural Saluzzi

Módulo I: Septiembre/Octubre

Módulo II: Octubre

Módulo III: Noviembre

Módulo IV: Diciembre

Oportunamente, y con la antelación prevista en el punto siguiente de este anexo, serán informadas las las fechas exactas del cronograma mensual estipulado.

5) Forma y Plazo de Inscripción/Asignación de Cupos

La inscripción dará comienzo con una antelación no inferior a quince (15) días con relación a la fecha de inicio oportunamente informada para cada sede. Durante el proceso de inscripción los postulantes deberán utilizar la plataforma habilitada a tal efecto en el sitio web institucional del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION. Deberán completar y enviar en línea el formulario digital que será diseñado respetando los lineamientos del modelo que integra el presente Anexo.

La inscripción será confirmada en línea y de manera inmediata a través de la plataforma habilitada a tal efecto. En forma posterior, tras el cierre de la inscripción y procesamiento de datos, los inscriptos recibirán un correo electrónico donde se les notificará si la vacante ha sido asignada.

El cupo disponible para cursar cada uno de los módulos será de ochenta (80) inscriptos como mínimo y ciento veinte (120) como máximo. El cupo exacto dentro de dicho rango estará determinado por las particularidades de la región donde se dicte y la capacidad operativa de cada sede. LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA CREATIVA, en su carácter de autoridad de aplicación del programa (Conf Resolución. MC N° 342/16), asignará los cupos priorizando el orden de inscripción, pero con facultades para determinar la composición final de cada curso con miras a garantizar una composición representativa de todas las provincias que integran la región, y de todos los sectores que integran las industrias creativas.

Los emprendedores que residan a una distancia superior a ciento cincuenta (150) kilómetros de la sede más cercana a su domicilio real, podrán acceder a la cobertura del traslado terrestre y el alojamiento para participar de los módulos. Solamente cuando la cantidad de emprendedores inscriptos bajo esta condición, supere la disponibilidad efectiva para estos rubros, la autoridad de aplicación asignará las vacantes de traslado y alojamiento ponderando idénticos criterios a los establecidos en el párrafo de precedente.

En virtud de lo expuesto, el correo electrónico que cada postulante recibirá en forma posterior a la inscripción, podrá indicar que la vacante ha sido asignada (con/sin) otorgamiento de traslado y/o alojamiento o que no ha sido asignada.

6) Certificación y prioridades.

Se otorgaran certificados de asistencia por cada uno de los módulos y un certificado final para aquellos emprendedores que hayan realizado los cuatro módulos completos. Adicionalmente, todos los emprendedores que hayan completado los módulos de LA MATERA tendrán prioridad para participar en las actividades del Programa de Perfeccionamiento Federal, definido en los términos de la Resolución MC N° 342/16.

7) Registro de la actividad y autorización para el uso de la imagen personal.

Los módulos del Programa de Formación Inicial (LA MATERA), serán registrados en formato sonoro y/o audiovisual. La participación efectiva en los módulos implica la autorización a favor del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION para el uso de la imagen personal de los cursantes, en cualquier acción de carácter institucional, relacionada con la difusión del programa.

8) Documentación y Carta Compromiso.

Todos los inscriptos que reciban asignación efectiva de cupos para participar de los módulos de LA MATERA, deberán remitir la documentación personal pertinente a los efectos de ser confirmarlos, gestionar la asignación de traslado y alojamiento cuando corresponda, y rubricar la carta compromiso que integra el presente instrumento. Cuando el emprendimiento vinculado a la inscripción tenga carácter colectivo, se podrán designar miembros que lo representen individualmente en cada uno de los módulos. En ningún caso participará más de un miembro del emprendimiento por módulo, y todos los designados deberán suscribir la carta mencionada en este punto.





BUENOS AIRES,

__________________________________ DNI: __________________________, en mi carácter de emprendedor seleccionado para participar del PROGRAMA DE FORMACION INICIAL “LA MATERA” (Resolución MC N° 342/16), declaro que he tenido a la vista y conozco el reglamento operativo del programa aprobado por Disposición SSEC N° ___________, en materia de sedes, fechas, traslado y alojamiento y me comprometo a aportar toda la información y documentación necesaria a los efectos de gestionar mi participación. Me comprometo también al uso efectivo del cupo participando en la totalidad de las jornadas que integran los cuatro módulos de la currícula, condición necesaria para finalizar el programa y obtener el certificado que acredite tal circunstancia. Entiendo que la actividad será registrada en forma sonora y/o audiovisual, y en tal sentido autorizo el uso de mi imagen personal en cualquier acción de carácter institucional, relacionada con la difusión del programa. Por último, me comprometo a efectuar un uso responsable de las instalaciones de la sede, respetando el reglamento y/o pautas de uso que determine la autoridad a cargo de la misma.

e. 12/08/2016 N° 57451/16 v. 12/08/2016