Secretaría de Gestión de Transporte

TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS

Resolución 39 - E/2016

Base Tarifaria de Aplicación. Apruébase actualización.

Buenos Aires, 10/08/2016

VISTO el Expediente N° S02:070877/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 6° del Decreto N° 2407 de fecha 26 de noviembre de 2002, se aprobaron las “NORMAS Y CARACTERÍSTICAS GENERALES RELATIVAS A LA RECATEGORIZACIÓN DE LOS VEHÍCULOS Y A LA APLICACIÓN DE BANDAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARÁCTER INTERJURISDICCIONAL QUE SE DESARROLLA EN TODO EL TERRITORIO DE LA NACIÓN” y se dispuso que la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en su carácter de Autoridad de Aplicación conforme lo estatuido en el artículo 14 del Decreto N° 2407/02, pudiera modificar estas normas en el supuesto que fundadas razones de interés público lo requieran.

Que a través de las Resoluciones Nros. 608 de fecha 1° de agosto de 2006, 498 de fecha 21 de agosto de 2007 y 726 de fecha 26 de septiembre de 2008, todas ellas de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE, se estableció la aplicación de valores adicionales a la tarifa de referencia dispuesta por el artículo 7° del Anexo II del Decreto N° 2407/02.

Que mediante la Resolución N° 257 de fecha 24 de noviembre de 2009, modificada por las Resoluciones Nros. 181 de fecha 23 de agosto de 2010, 976 de fecha 20 de diciembre de 2012, 1516 de fecha 26 de noviembre de 2014, 926 de fecha 10 de junio de 2015, 1553 de fecha 19 de agosto de 2015 y 2779 de fecha 30 de noviembre de 2015 todas de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE, en su Artículo 1° se determinó que la Tarifa de Referencia prevista por el artículo 7° del Anexo II del Decreto N° 2407/02 se calculará en función de la Base Tarifaria de Aplicación (BTA) que surja de la tarifa media por kilómetro relevada conforme lo dispuesto en el ANEXO I de dicha norma.

Que asimismo, el artículo 2° de la Resolución N° 257/09 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE y sus modificatorias, aprueba como metodología de cálculo para el relevamiento de las tarifas medias de los servicios de transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional el procedimiento que como ANEXO II forma parte integrante de dicha norma.

Que asimismo, en el artículo 3° de la norma citada, modificada por la Resolución N° 976/2012 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE, se instruye a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE para que, trimestralmente y en concordancia con lo dispuesto en los artículos precedentes, proponga la Base Tarifaria de Aplicación (BTA) y eleve para intervención de esta autoridad el informe pertinente.

Que se han efectuado los relevamientos correspondientes, constatándose que se han verificado los extremos establecidos por la Resolución N° 257/09 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE, a los fines de actualizar los valores tarifarios correspondientes.

Que la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, elevó a consideración de esta SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la propuesta de Base Tarifaria de Aplicación (BTA), la que este órgano comparte.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se emite en virtud de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 958 de fecha 16 de junio de 1992 y sus modificatorios, 2407 de fecha 26 de noviembre de 2002, y 8 de fecha 4 de enero de 2016 y su modificatorio.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GESTIÓN DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la actualización de la Base Tarifaria de Aplicación (BTA), en el marco de lo establecido por la Resolución N° 257 de fecha 24 de noviembre de 2009 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, que como ANEXO forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese la presente resolución a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR y a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRANSPORTE, ambas dependientes de esta SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, y a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4° — Notifíquese a las entidades representativas del Transporte de Pasajeros por Automotor.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Hector G. Krantzer.

ANEXO

CÁLCULO DE LA BASE TARIFARIA SEGÚN RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE TRANSPORTE N° 257/09 (1)

Parámetro de cálculo

Base Tarifaria Media (BTM) 1,1044 $ / Km.
Factor de Estacionalidad Fe (2) 1,05
Base Tarifaria Aplicación (BTA) 1,1596 $ / Km.
Factores de variación
- Tarifa máxima 1,10
- Tarifa mínima 0,95

(1) La Base Tarifaria estimada contiene los descuentos que pudieren corresponder de conformidad con lo dispuesto por la normativa aplicable.

(2) Los factores de estacionalidad estimados para el año 2016 son: enero, febrero, marzo, julio y diciembre 1,10; abril, mayo, junio, agosto, septiembre y octubre 1.05 y noviembre 1.