MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 493/2016

Buenos Aires, 19/07/2016

VISTO el Expediente N° 1.715.302/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4, 8 y 16 del Expediente de referencia, obran el Acuerdo y Actas Complementarias celebrados entre la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (U.O.M.R.A.) por el sector sindical y la empresa SIEMENS SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 23.546.

Que a través del presente, se establecen las escalas salariales para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75, Rama 8, con vigencia a partir de Abril de 2015.

Que en primer término debe dejarse indicado que toda vez que los Anexos obrantes a fojas 2/4 no reúnen los recaudos formales previstos por el Artículo 3 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), se procederá a la homologación de los instrumentos glosados a fojas 8 y 16, como Actas Complementarias.

Que las partes se encuentran legitimadas para suscribir el Acuerdo traído a estudio, conforme surge de los antecedentes acompañados.

Que asimismo han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que en relación a las categorías previstas en el grupo III MENORES AYUDANTES OBREROS, APRENDICES Y EMPLEADOS, consignadas en las escalas salariales adjuntas, corresponde dejar indicado que resultan aplicables de pleno derecho las previsiones de la Ley N° 26.390 que dispuso la elevación de la edad mínima de admisión en el empleo a DIECISEIS (16) años.

Que el ámbito de aplicación del Acuerdo concertado se circunscribe a la estricta correspondencia que existe entre la representación que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárense homologados el Acuerdo y Actas Complementarias celebrados por la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (U.O.M.R.A.) y la empresa SIEMENS SOCIEDAD ANÓNIMA, que lucen a fojas 2/4, 8 y 16 del Expediente N° 1.715.302/16, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo y Actas Complementarias obrantes a fojas 2/4, 8 y 16 del Expediente N° 1.715.302/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y Actas Complementarias homologadas y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.715.302/16

Buenos Aires, 21 de julio de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 493/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/4, 8 y 16 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 629/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

C.C.T. N° 260/75 – ANEXO “A”

RAMA N° 8 - ELECTRONICA

SALARIOS BASICOS

Vigentes desde: El 1° de Abril de 2015

ACUERDO SALARIAL ENTRE UOMRA Y LA EMPRESA SIEMENS S.A.





Expte. N° 1.715.302/16

En Buenos Aires, siendo las 11:30 horas del 18 de mayo de 2016, comparece en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante la Secretaria de Conciliación del Dto. de Relaciones Laborales N° 3 Lic. Daniela PESSI, en representación de la parte gremial por la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA - UOMRA, en su carácter de Secretario Gremial el Sr. Antonio CATTANEO.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante y concedida que le fue la palabra el SECTOR GREMIAL MANIFIESTA: que, viene a ratificar en todas y cada una de sus partes los contenidos del Acta Acuerdo, obrante a fs. 2/4., firmada en el ámbito privado, solicitando su homologación en los términos de ley.

Se le comunica que los acuerdos celebrados y ratificados anteriormente, del cual solicita su homologación; serán elevados a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250.

Con lo que termino el acto, siendo las 12:00 horas, firmando el compareciente previa lectura y ratificación para constancia, ante mí que certifico.

Expte. N° 1.715.302/16

En Buenos Aires, siendo las 11:30 horas del 18 de mayo de 2016, comparece en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante la Secretaria de Conciliación del Dto. de Relaciones Laborales N° 3 Lic. Daniela PESSI, en representación de la de la empresa SIEMENS SAICFI, comparece en carácter de apoderado el Dr. Pablo José FRAGUEIRO RISSO, T° 51, F° 648, CPACF.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante y concedida que le fue la palabra el SECTOR EMPRESARIO MANIFIESTA: que, viene a ratificar en todas y cada una de sus partes los contenidos del Acta Acuerdo, obrante a fs. 2/4., firmada en el ámbito privado, solicitando su homologación en los términos de ley.

Se le comunica que los acuerdos celebrados y ratificados anteriormente, del cual solicita su homologación; serán elevados a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250.

Con lo que termino el acto, siendo las 12:00 horas, firmando el compareciente previa lectura y ratificación para constancia, ante mí que certifico.