ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución 20/2016
Asunto: Tasa en concepto de Servicios Extraordinarios, denominada sumaria, su adecuación.
Buenos Aires, 23/08/2016
VISTO la Actuación SIGEA N° 12206-5877-2016 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución General N° 3244 (AFIP) estableció que cada documento
de transporte declarado en los Manifiestos de Importación y de
Exportación, en la vía aérea, al momento de su presentación ante el
servicio aduanero, estará alcanzado por una tasa en concepto de
Servicios Extraordinarios, denominada sumaria.
Que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ha concedido aumento
en el Cuadro Tarifario para las prestaciones que en carácter de
Servicios Extraordinarios realice el personal de la Administración
Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General N° 3921
(AFIP)- Vigencia 01/08/2016.
Que, en consecuencia, resulta necesario adecuar el importe de la tasa
aprobada por la Resolución N° 43/2012 (DGA), en función del incremento
indicado, para ser destinados al pago de las retribuciones que le
corresponda al personal que intervenga en las operaciones detalladas en
el anexo de la norma mencionada.
Que han tomado la intervención que les competen las Subdirecciones
Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y de Operaciones
Aduaneras del Interior.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en
el artículo 8° de la Resolución General N° 3244 (AFIP) y Disposición N°
290/2016 (AFIP).
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el valor de cada documento de transporte
declarado en los Manifiestos de Importación y de Exportación, en la vía
aérea, tasa en concepto de Servicios Extraordinarios, denominada
sumaria, de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250.-).
ARTÍCULO 2° — La presente entrará en vigencia a partir del 1 de Septiembre de 2016.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección
General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Lic. JAVIER ZABALJÁUREGUI,
Director General de Aduanas a cargo de la Dirección General de Aduanas.
e. 24/08/2016 N° 60726/16 v. 24/08/2016