SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 497 - E/2016
Buenos Aires, 28/07/2016
VISTO el Expediente Nº 1.666.732/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 7 del Expediente N° 1.708.271/16 agregado a fojas 40 al
principal, obra el Acuerdo celebrado por la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE
DIRECCIÓN DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS, por el sector sindical y el
CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO DE QUEQUÉN por el sector empleador,
conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones
salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N°
164/75 “E”, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar
el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de
conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la
ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS,
por el sector sindical y el CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO DE QUEQUÉN
por el sector empleador, obrante a fojas 7 del Expediente Nº
1.708.271/16 agregado a fojas 40 al principal, conforme a lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo obrante a fojas 7 del Expediente Nº 1.708.271/16
agregado a fojas 40 al principal.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a
la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa Nº 164/75 “E”.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria,
Subsecretaría de Relaciones Laborales.
Expediente N° 1.666.732/15
Buenos Aires, 02 de Agosto de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 497/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 7 del expediente N°
1.708.271/16 agregado a fojas 40 al expediente de referencia, quedando
registrado bajo el número 765/16.-
Lic. ALEJANDRO INSUA
Registro de Convenios Colectivos
Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En Puerto Quequén a los 17 días del mes de Marzo de 2015, reunidos por
una parte el Consorcio de Gestión del Puerto de Quequén, representado
por su presidente Dr. Martín R. Caraffo y por la otra la Asociación del
Personal de Dirección de Ferrocarriles, A.G.P y Puertos Argentinos
(APDFA) representado por su representación sindical Artemio Zufriategui
y Isaías Migueles quienes acuerdan que a partir del 1ro. de marzo de
2015 regirán los siguientes coeficientes de multiplicación para las
categorías del convenio vigente las que se encuentran en la planilla
anexa.
Cualquiera de las partes tendrá derecho a solicitar la homologación del
presente ante el ministerio de trabajo o las autoridades que
correspondan.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor.
ANEXO NRO. 1
CATEGORIA |
COEFICIENTE |
Jefe de Area |
2,15 |
Jefe de Departamento 1ra. |
1.8 |
Jefe de Departamento 2da. |
1,45 |
Jefe de división 1ra. |
1,35 |
Jefe de división 2da. |
1,25 |
Jefe de división 3ra. |
1,15 |
Presentismo: 24%
Antigüedad: 1% por año
Título Secundario: 5%
Título Terciario: 10%
Título Universitario: 15%
Posgrado Universitario: 20%
Responsabilidad Jerárquica Jefes de Área: 20%