MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 523 - E/2016
Buenos Aires, 01/08/2016
VISTO el Expediente N° 1.643.333/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.643.333/14, obra el acuerdo
celebrado entre F.O.E.T.R.A – FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS
TELEFÓNICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - SINDICATO BUENOS AIRES por el
sector gremial y la empresa TELECOM PERSONAL SOCIEDAD ANÓNIMA por el
sector empleador, ratificado a fojas 29 por medio del Acta que lo
integra, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o.
2004).
Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido el
otorgamiento de una suma de carácter remunerativo a cuenta de
negociaciones paritarias anuales, cuya vigencia opera a partir del día
1° de Julio de 2014, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N°
676/13, conforme las prescripciones y demás consideraciones obrantes en
el texto al cual se remite.
Que cabe destacar que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo, se
corresponde con la representación de la Empresa signataria y la
Asociación Sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º — Declárese homologado el acuerdo obrante a fojas 2/3,
celebrado entre F.O.E.T.R.A – FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS
TELEFÓNICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - SINDICATO BUENOS AIRES y la
empresa TELECOM PERSONAL SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado a fojas 29 por
medio del Acta que lo integra, del Expediente N° 1.643.333/14, en el
marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre
el acuerdo obrante a fojas 2/3 y el Acta de ratificación de fojas 29,
del Expediente N° 1.643.333/14.
ARTÍCULO 3º — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente Legajo.
ARTÍCULO 4º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria,
Subsecretaría de Relaciones Laborales.
Expediente N° 1.643.333/14
Buenos Aires, 09 de Agosto de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 523/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 y el acta de ratificación
de foja 29 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el
número 819/16.
Lic. ALEJANDRO INSUA
Registro de Convenios Colectivos
Departamento Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 10 días del mes de julio
de 2014, se reúnen, por una parte, en representación de FOETRA
Sindicato Buenos Aires, los Sres. Osvaldo IADAROLA, Claudio MARIN y
Alejandro TAGLIACOZZO, y por otra parte, y en representación de TELECOM
PERSONAL S. A., los Sres. Marcelo VILLEGAS, Roberto Traficante, Walter
GERBOLES y Jorge LOCATELLI, todos ellos en su carácter de miembros
paritarios, quienes acuerdan lo siguiente:
PRIMERO: En relación a lo establecido en el acta suscripta entre las
partes el 30/4/14, se acuerda para el Grupo Laboral “Técnico”, otorgar
a partir del 1/7/14, un anticipo a cuenta de futura negociación
paritaria anual, de carácter remunerativo, equivalente al 18,5 % del
salario básico de las categorías que correspondan al mismo.
Al efecto de la determinación de la suma correspondiente, se tomará
como base de cálculo el salario básico de percepción mensual de la
escala vigente a abril de 2014, quedando los importes conforme se
detalla en el cuadro siguiente:
Categoría |
Anticipo a cuenta Paritaria 2014 |
T0 |
$ 1.628 |
T1 |
$ 1.852 |
T2 |
$ 2.044 |
T3 |
$ 2.238 |
T4 |
$ 2.367 |
T5 |
$ 2.581 |
T6 |
$ 2.758 |
El concepto a que se refiere la presente, se liquidará bajo la voz “Anticipo a cuenta Paritaria 2014”.
SEGUNDO: Para el caso de los trabajadores que laboren en jornada
reducida o con contrato a tiempo parcial, las sumas resultantes del
presente acuerdo serán proporcionales a la jornada laboral cumplida.
Las partes acuerdan solicitar al Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social, la pertinente homologación del presente acuerdo.
En prueba de conformidad, las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.
Expediente N° 1643333/15
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a 31 día del mes de agosto del
año dos mil quince, siendo las 10:30 horas, comparecen en el MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Sr. Secretario de
Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 1, Dr. Jaime
COLOMBRES GARMENDIA, por la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS
TELEFONICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA comparece Alejandro TAGLIACOZZO
en su carácter de en su carácter de Secretario de Asuntos
Profesionales, y los Sres. Julieta GOLDIN, Gabriel AMAYA todos ellos en
su carácter de delegados de personal y por TELECOM PERSONAL S.A
comparece Jorge LOCATELLI en su carácter de apoderado.
Declarado abierto el acto por el funcionario y cedida a la
representación empresaria manifiesta que: viene en este acto a nominar
a los siguientes miembros paritarios a fin de que se constituya la
Comisión Negociadora, los Sres. Roberto V. TRAFICANTE DNI 13.780.631 y
el Sr. Jorge Enrique LOCATELLI DNI 16.322.968.
Cedida la palabra a ambas representaciones manifiestan que: vienen en
este acto a ratificar en toda y cada una de sus partes el acuerdo
arribado en forma directa obrante a fs. 2/3 del expediente de
referencia. Por ultimo solicitan a la Autoridad de Aplicación la
homologación del mismo.
Con lo que no siendo para más se cerró el acto, a las 12:00 horas,
labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para
constancia ante el actuante que certifica.