MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 523 - E/2016

Buenos Aires, 01/08/2016

VISTO el Expediente N° 1.643.333/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.643.333/14, obra el acuerdo celebrado entre F.O.E.T.R.A – FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFÓNICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - SINDICATO BUENOS AIRES por el sector gremial y la empresa TELECOM PERSONAL SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador, ratificado a fojas 29 por medio del Acta que lo integra, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido el otorgamiento de una suma de carácter remunerativo a cuenta de negociaciones paritarias anuales, cuya vigencia opera a partir del día 1° de Julio de 2014, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 676/13, conforme las prescripciones y demás consideraciones obrantes en el texto al cual se remite.

Que cabe destacar que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo, se corresponde con la representación de la Empresa signataria y la Asociación Sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Declárese homologado el acuerdo obrante a fojas 2/3, celebrado entre F.O.E.T.R.A – FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFÓNICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - SINDICATO BUENOS AIRES y la empresa TELECOM PERSONAL SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado a fojas 29 por medio del Acta que lo integra, del Expediente N° 1.643.333/14, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2/3 y el Acta de ratificación de fojas 29, del Expediente N° 1.643.333/14.

ARTÍCULO 3º — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente Legajo.

ARTÍCULO 4º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales.

Expediente N° 1.643.333/14

Buenos Aires, 09 de Agosto de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 523/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 y el acta de ratificación de foja 29 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 819/16.



Lic. ALEJANDRO INSUA

Registro de Convenios Colectivos

Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 10 días del mes de julio de 2014, se reúnen, por una parte, en representación de FOETRA Sindicato Buenos Aires, los Sres. Osvaldo IADAROLA, Claudio MARIN y Alejandro TAGLIACOZZO, y por otra parte, y en representación de TELECOM PERSONAL S. A., los Sres. Marcelo VILLEGAS, Roberto Traficante, Walter GERBOLES y Jorge LOCATELLI, todos ellos en su carácter de miembros paritarios, quienes acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: En relación a lo establecido en el acta suscripta entre las partes el 30/4/14, se acuerda para el Grupo Laboral “Técnico”, otorgar a partir del 1/7/14, un anticipo a cuenta de futura negociación paritaria anual, de carácter remunerativo, equivalente al 18,5 % del salario básico de las categorías que correspondan al mismo.

Al efecto de la determinación de la suma correspondiente, se tomará como base de cálculo el salario básico de percepción mensual de la escala vigente a abril de 2014, quedando los importes conforme se detalla en el cuadro siguiente:

Categoría Anticipo a cuenta Paritaria 2014
T0 $ 1.628
T1 $ 1.852
T2 $ 2.044
T3 $ 2.238
T4 $ 2.367
T5 $ 2.581
T6 $ 2.758

El concepto a que se refiere la presente, se liquidará bajo la voz “Anticipo a cuenta Paritaria 2014”.

SEGUNDO: Para el caso de los trabajadores que laboren en jornada reducida o con contrato a tiempo parcial, las sumas resultantes del presente acuerdo serán proporcionales a la jornada laboral cumplida.

Las partes acuerdan solicitar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la pertinente homologación del presente acuerdo.

En prueba de conformidad, las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.

Expediente N° 1643333/15

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a 31 día del mes de agosto del año dos mil quince, siendo las 10:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Sr. Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 1, Dr. Jaime COLOMBRES GARMENDIA, por la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFONICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA comparece Alejandro TAGLIACOZZO en su carácter de en su carácter de Secretario de Asuntos Profesionales, y los Sres. Julieta GOLDIN, Gabriel AMAYA todos ellos en su carácter de delegados de personal y por TELECOM PERSONAL S.A comparece Jorge LOCATELLI en su carácter de apoderado.

Declarado abierto el acto por el funcionario y cedida a la representación empresaria manifiesta que: viene en este acto a nominar a los siguientes miembros paritarios a fin de que se constituya la Comisión Negociadora, los Sres. Roberto V. TRAFICANTE DNI 13.780.631 y el Sr. Jorge Enrique LOCATELLI DNI 16.322.968.

Cedida la palabra a ambas representaciones manifiestan que: vienen en este acto a ratificar en toda y cada una de sus partes el acuerdo arribado en forma directa obrante a fs. 2/3 del expediente de referencia. Por ultimo solicitan a la Autoridad de Aplicación la homologación del mismo.

Con lo que no siendo para más se cerró el acto, a las 12:00 horas, labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante el actuante que certifica.