ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 292/2016
Buenos Aires, 29/08/2016
VISTO el Expediente N° 024-99-81437374-2-790 del Registro de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley N°
19.722 de fecha 06 de julio de 1972, la Ley N° 24.714 de fecha 02 de
octubre de 1996, Decreto N° 1245 de fecha 01 de Noviembre de 1996, la
Resolución SSS N° 14 de fecha 30 de julio de 2002, la Resolución D.E.-N
N° 1289 de fecha 10 de diciembre del 2002, la Resolución D.E.-A N°
321/06, la Resolución D.E.-N N° 292 de fecha 08 de abril del 2008, y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la exclusión del
SISTEMA ÚNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES (SUAF) de la empresa
“INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO, CUIT 30-50005550-9”.
Que la Ley N° 19.722 instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.
Que es facultad de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente
en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de
trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto
determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será
implementado.
Que la Resolución D.E.-N N° 292/08 establece la incorporación al
Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), de aquellas empresas
comprendidas en el Sistema de Fondo Compensador.
Que mediante la Resolución D.E.-N N° 321/06 se incluyó al “INSTITUTO
AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO, CUIT 30-50005550-9”, al Sistema Único
de Asignaciones Familiares.
Que conforme surge de la documentación aportada por la empresa
“INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO” se desprende que la misma
es una persona jurídica de derecho público y por lo tanto no debe
considerarse incluida en el régimen de la Ley 24.714 como tampoco
corresponde que se encuentre incorporada al Sistema Único de
Asignaciones Familiares (SUAF).
Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a
su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o
dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones familiares
correspondientes estará a cargo de los empleadores.
Que en tal sentido, corresponde que el Instituto Autárquico Provincial
del Seguro CUIT N° 30-50005550-9, abone las Asignaciones Familiares de
sus dependientes con recursos presupuestarios propios de conformidad a
lo dispuesto en el Artículo 24 de la Ley N° 24.714.
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la
intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen N°
54.254 de fecha 15/02/13, propiciando excluir al referido Instituto del
Sistema Único de Asignaciones Familiares.
Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por el artículo 36 de la Ley N° 24.241, el artículo 3° del Decreto N°
2741/91 y el Decreto N° 58/15.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Dáse de baja del Sistema Único de Asignaciones Familiares
(SUAF) al empleador “INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO CUIT N°
3050005550-9” desde el dictado de la presente.
ARTÍCULO 2° — La empresa “INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO”
excluida por la presente del Sistema Único de Asignaciones Familiares
deberá continuar abonando las Asignaciones Familiares correspondientes
a sus trabajadores bajo relación de dependencia conforme la normativa
que los regula con sus propios recursos presupuestarios.
ARTÍCULO 3° — Dése cuenta a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. EMILIO BASAVILBASO,
Director Ejecutivo.
e. 06/09/2016 N° 64206/16 v. 06/09/2016