MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución 40027/2016
Expediente N° SSN: 0020977/2016 - Superintendencia de Seguros de la Nación - Pago de primas por reaseguros al exterior.
Síntesis:
05/09/2016
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Derógase la Resolución SSN N° 38.595 de fecha 12 de
septiembre de 2014 y la Circular SSN N° 9353 de fecha 02 de octubre de
2015.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el procedimiento previsto en el Anexo de la
presente Resolución por el cual las Reaseguradoras locales deberán
informar dentro de los CINCO (5) días de realizado la operación, a
través del aplicativo SINENSUP REASEGUROS, las transferencias al
exterior en concepto de pagos de primas de reaseguros.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín
Oficial. — Lic. EDGARDO ISAAC PODJARNY, Superintendente de Seguros de
la Nación.
ANEXO
PROCEDIMIENTO PARA LA CARGA Y GENERACIÓN DE LOS AVISOS DE PAGO
Primer Paso: el usuario debe ingresar al aplicativo SINENSUP REASEGUROS
y acceder al Menú Transacciones - Remisión de Fondos al Exterior - Pago
de Primas - Cargar Contrato. En esta pantalla, debe cargar los datos
correspondientes a cada uno de los contratos de retrocesión que
originaron el pago. Ingresando al Menú Transacciones - Remisión de
Fondos al Exterior - Pago de Primas - Listado de Contratos, podrá
editar, eliminar o confirmar los datos cargados para cada contrato. Una
vez confirmado el contrato, el sistema genera un comprobante en formato
pdf.
Segundo Paso: una vez efectuado el pago de primas de reaseguros al
exterior, el usuario debe completar el formulario de Aviso de Pago
ingresando al Menú Transacciones - Remisión de Fondos al Exterior -
Pago de Primas - Cargar AP (es condición necesaria que cada contrato
que origina el pago haya sido confirmado antes de ingresar el aviso de
pago).
Ingresando al Menú Transacciones - Remisión de Fondos al Exterior -
Pago de Primas - Listado de AP, podrá editar, eliminar o confirmar el
aviso de pago.
Para finalizar la operación debe confirmar el Aviso de Pago cargado.
ACLARACIÓN:
I. Los pagos realizados entre el dictado de la Comunicación BCRA “A”
5981 y la presente Resolución, en los que esta SUPERINTENDENCIA DE
SEGUROS DE LA NACIÓN no haya intervenido en el proceso de autorización
(Conforme la derogada Resolución SSN N° 38.595), deben ser cargados en
un plazo no mayor a TREINTA (30) días desde el dictado de la presente
mediante un Aviso de Pago, siguiendo el procedimiento explicado más
arriba.
II. Los pagos efectuados a través de Órdenes de Pago en los que esta
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN haya intervenido en el proceso
de autorización (Conforme la derogada Resolución SSN N° 38.595), deben
ser cargados en el sistema desde la opción Menú Transacciones -
Remisión de Fondos al Exterior - Pago de Primas - Listado de OP,
mediante la acción “Informar Pago”.
Se aclara que la información relativa a los pagos efectuados, deberá
ser remitida por la entidad únicamente a través del sistema, no
correspondiendo hacer ninguna presentación ante la Mesa General de
Entradas del Organismo.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser
consultada en www.ssn.gob.ar, o personalmente en Avda. Julio A. Roca
721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 07/09/2016 N° 64723/16 v. 07/09/2016