MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 267 - E/2016
Buenos Aires, 01/08/2016
VISTO el Expediente Nº 1.720.485/16 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5/7 del Expediente de referencia, obran el Acuerdo y Anexo
celebrados entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte gremial y la empresa
FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador,
ratificado a fojas 20/21, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
Que a través del texto convencional alcanzado, se establece un
incremento salarial dentro de los términos y lineamientos estipulados.
Que el presente resultará de aplicación para el personal comprendido en
el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1353/14 “E”, cuyas
partes signatarias coinciden con los actores intervinientes en autos.
Que los agentes negóciales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les
compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto
por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que en relación con la constitución de la Comisión Negociadora prevista
en la Ley N° 23.546, debe tenerse presente lo indicado a foja 22.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que por último, corresponde que una vez homologado el Acuerdo de
referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar
el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
7/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Decláranse homologados el Acuerdo y Anexo celebrados
entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA, que lucen a fojas 5/7 del Expediente N° 1.720.485/16,
ratificados a fojas 20/21, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo y Anexo obrantes a fojas
5/7 junto con las Actas de ratificación de fojas 20/21, del Expediente
N° 1.720.485/16.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a
la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa N° 1353/14 “E”.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y Anexo homologados y de esta Resolución,
las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo
5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaría
de Trabajo.
Expediente N° 1.720.485/16
Buenos Aires, 09 de Agosto de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 267/16 se ha
tomado razón del acuerdo y anexo obrantes a fojas 5/7 conjuntamente con
las actas de ratificación obrantes a foja 20/21 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 827/16.
Lic. ALEJANDRO INSUA
Registro de Convenios Colectivos
Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En Malvinas Argentinas, a los 1 días del mes de Enero de 2.016, entre
el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la
República Argentina (SMATA) representada en este acto por los
representantes de SMATA Central; el Secretario Gremial Morán Gustavo, y
el Subsecretario Gremial De Simone Ricardo; por SMATA San Martín lo
hacen el Señor Fernando Bejarano y como Delegados del personal lo hacen
Jorge Alejandro Cespedes DNI. 21.142.948 y Cristian Fabián Miranda DNI.
28.881.636, y la Empresa FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA S.A. (la Empresa)
con domicilio en San Martín 881, 5° piso, “I”, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, representada en este acto por sus apoderados Eugenio J.
Maurette, To. 31, Fo. 791 del Colegio Público de Abogados de la Capital
Federal.
Primero: Acordar un incremento salarial a partir del 1° de enero de
2.016, para los trabajadores de la Empresa representados por SMATA,
según las escalas salariales que surgen del ANEXO I, siendo dicho anexo
parte integrante del presente acuerdo.
Segundo: Durante el período de vigencia de la presente acta acuerdo (1°
de enero al 31 de marzo de 2.016), el incremento salarial previsto en
la cláusula primera, absorberá y compensará hasta su concurrencia
cualquier aumento, incremento y/o mejora y/o beneficio y/o ajuste que
se otorgue, que se acuerde y/o que se disponga por vía del Poder
Ejecutivo, legal, reglamentario y/o convencional o por cualquier otra
fuente, ya sea con carácter remunerativo o no remunerativo, por suma
fija o por porcentaje, y aun cuando dicho aumento/mejora/beneficio se
disponga sobre remuneraciones normales y/o habituales y/o nominales y/o
permanentes y/o sobre los básicos convencionales o sobre cualquier otro
tipo de remuneración o pago alguno.
Tercero: En virtud del acuerdo alcanzado, el personal de la Empresa y
la Representación Gremial reconocen que el mismo evidencia una justa
composición de intereses vinculada a la retribución del personal. En
razón de lo anterior asumen el compromiso de no plantear cuestiones de
índole económica o monetaria alguna en relación al salario durante la
vigencia del mismo.
Cuarto: El acuerdo será sometido a homologación en el mismo Ministerio de Trabajo de la Nación.
Se firman tres (3) ejemplares de un mismo valor y a un solo efecto.
ANEXO 1
NUEVAS CATEGORIAS 1/01/2016 |
BÁSICO (01/01/2016) |
INCREMENTO 7,5% |
valor hs. aumento 1/1/2016 |
CATEGORÍA 1 |
$ 62,24 |
$ 4,67 |
$ 66,91 |
CATEGORÍA 2 |
$ 66,85 |
$ 5,01 |
$ 71,86 |
CATEGORÍA 3 |
$ 70,59 |
$ 5,29 |
$ 75,88 |
CATEGORÍA 4 |
$ 74,55 |
$ 5,59 |
$ 80,14 |
CATEGORÍA 5 |
$ 78,72 |
$ 5,90 |
$ 84,62 |
CATEGORÍA 6 |
$ 85,02 |
$ 6,38 |
$ 91,40 |
CATEGORÍA 7 |
$ 90,97 |
$ 6,82 |
$ 97,79 |
Expediente N° 1720485/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 días del mes de junio de
2016, siendo las 12:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de
Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2, Lic. Natalia
VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda. Belgrano 665,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Sr. Osvaldo RODRIGUEZ (DNI
22.200.463) miembro del CDN, acompañado por el Sr. Cristian Fabián
MIRANDA (DNI 28.881.636) y el Sr. Jorge Alejandro CÉSPEDES (DNI
21.142.948), delegados de personal en la empresa; y en representación
de FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA S.A., con domicilio constituido en San
Martín 881, 5° piso “I”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Dr.
Ezequiel BRITOS (DNI 30.183.136) en calidad de apoderado, condición que
acredita mediante copia simple de poder que firma ante mí, juramentando
su validez.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica a las
partes que la convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de la
presentación efectuada por SMATA a fojas 1 del expediente de
referencia. Acto seguido, previa vista a las partes de todo lo actuado,
y cedida la palabra a los comparecientes, en forma conjunta y de común
acuerdo, manifiestan que: acompañan y ratifican íntegramente el acuerdo
de partes arribado en forma directa el día 1° de enero de 2016, y
acreditado a fojas 5/7 expediente de referencia, del que reconocen como
propias las firmas allí insertas, y manifiestan su solicitud de
homologación. El acuerdos se realiza en el marco del CCT 1353/14 “E” y
alcanza a aproximadamente 130 trabajadores.
En uso de la palabra, la representación de SMATA declara bajo juramento
que dan cumplimiento a lo previsto en el artículo 1° de la Ley N°
26.574 (cupo femenino).
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA a
la representación sindical que el acuerdo, en el plazo de DIEZ (10)
días, deberá ser ratificado por el Secretario General, Adjunto y/o
Gremial. Cumplido ello, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto
al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250. En este estado y
no siendo para más, a las 12:30 horas, se da por finalizado el acto
firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para
constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente N° 1720485/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de junio
de 2016, siendo las 11:05 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE
MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA,
con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
el Sr. Ricardo DE SIMONE (DNI 11.460.260), Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al compareciente manifiesta que:
toma conocimiento y ratifica íntegramente el acuerdo de partes
celebrado el día 1° de enero de 2016 con la Empresa Faurecia Exteriors
Argentina S.A. en el marco del CCT 1353/14 “E” y acreditado a fojas 5/7
del expediente de referencia, solicitando su homologación. Asimismo,
declara bajo juramento que dan cumplimiento a lo previsto en el
artículo 1° de la Ley N° 26.574 (cupo femenino).
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA
que las actuaciones serán elevadas a la Superioridad, quedando el
acuerdo sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250. En
este estado y no siendo para más, a las 11:10 horas, se da por
finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.